En primer gran error, y tal parece que deliberado, en la discusión del proyecto de ley de comunicación es confundir los conceptos comunicación con periodismo. El debate se ha centrado en lo que piensan los proponentes de los proyectos y los periodistas que, en su mayoría, han aparecido en representación de los intereses de sus respectivos medios.

Comunicación no solo es periodismo, no son términos sinónimos. Si bien el segundo está contenido en el primero, es claro que al hablar de comunicación nos referimos a un principio más general, que en la Constitución ha sido reconocido acertadamente como un derecho humano. Las empresas mediáticas, y la actividad periodística de sus trabajadores, no son de ninguna manera la materialización completa y única de ese derecho. Lo que ha ocurrido en los diversos foros que se han desarrollado alrededor del tema y en los que han participado periodistas como Carlos Jijón, subdirector de noticias de Teleamazonas, Juan Carlos Calderón, de diario Expreso, Arturo Torres de diario El Comercio, Emilio Palacio de diario El Universo, etc., es que asumen a la vigencia de sus medios y de sus prácticas como la única garantía del respeto a la libertad de expresión de todos los ciudadanos, y, sobre todo, como la concreción del derecho a la comunicación de los ecuatorianos. Cosa absurda si se miran los hechos, si se analizan las relaciones de propiedad de esos medios con el poder.

Si bien el periodismo es la expresión más evidente de la actividad comunicativa a nivel masivo, en el sentido de la construcción de escenarios políticos, económicos y sociales, noticiables o interpretados, comentados u opinados, lo que se emite a través de los medios no solo es este tipo de contenidos (periodismo), están también productos de la industria cultural del sistema capitalista, que mostrados como entretenimiento se orientan a reproducir sus fundamentos ideológicos. Por tanto, al hablar de un escenario de cambios “revolucionarios” en el tema comunicación masiva, se debería abordar en su integralidad el fenómeno.

Lo que está en el fondo de la polémica en torno a la ley de comunicación es la disputa por el control de los medios y de lo que se dice a través de ellos, tanto del lado de estos grupos de poder tradicionales, como del lado del gobierno, que considera estratégico para su proceso de “revolución ciudadana” el control de una maquinaria ideológica mayor aún de la que actualmente tiene, y que le permita afirmar y perennizar su proyecto. Por supuesto, en ninguno de los dos propósitos existe protagonismo de los pueblos; en ninguno de los dos casos se está cumpliendo con la idea de democratizar la comunicación, de hacer que los ecuatorianos la ejerzamos como derecho.

El error de pensar al periodismo, y al periodista, como los ejes del derecho a la comunicación, no solo está en los proyectos de la derecha, representada por César Montufar, o del gobierno, representado por Rolando Panchana, sino también en los proponentes del proyecto de ley alternativo, del denominado Foro de la Comunicación. Eso quedó claro durante un debate que sobre esta ley realizó la Facultad de Comunicación Social (quien lidera el denominado foro de la Comunicación), con la presencia del asambleísta Panchana. Al iniciar el evento, el decano de la FACSO dijo: “Vemos con preocupación que algunos asambleístas, incluso de la bancada del gobierno (he escuchado a asambleístas como Mauro Andino o María Paula Romo), que se oponen a que este principio (el de la profesionalización) sea respetado; a pesar de que el proyecto del asambleísta Panchana lo reconoce como algo importante”.

Y más tarde, María Eugenia Garcés, quien también fue parte de la elaboración del proyecto, sostuvo: “El ejercicio profesional va a garantizar el ejercicio del derecho a la comunicación. Su accionar en espacios de cobertura mediática contribuirá al buen vivir, que es lo que establece la Constitución”.

Si bien de entre los tres proyectos presentados el del Foro es el más democrático, no deja de preocupar que se piense a la comunicación únicamente desde la perspectiva de los que tienen títulos profesionales en esta área, o de académicos que teorizan sobre ella. Las organizaciones populares, que son instancias naturales de conjunción de identidades e intereses en la sociedad, nunca tuvieron la oportunidad de participar con su voz, con su opinión y sus definiciones en este debate. ¿No comunican y no tienen derecho a comunicarse los trabajadores organizados en centrales sindicales, los comerciantes minoristas, las amas de casa, los campesinos, los pueblos y nacionalidades indígenas, los maestros, los estudiantes…?, ¿por qué este tema debe estar restringido a la academia, a la Asamblea y a los medios?

Los mitos del periodismo en debate


La legislación sobre los principios que establece el artículo 18 de la Constitución ha generado un debate en torno al papel que debe cumplir el periodismo, y los controles que el Estado debe o no instaurar sobre éste.

En el mencionado artículo se habla del derecho a “buscar, recibir, intercambiar, producir y difundir información veraz, verificada, oportuna, contextualizada, plural, sin censura previa acerca de los hechos, acontecimientos y procesos de interés general, y con responsabilidad ulterior”.

Para valorar si una información cumple con todos esos requerimientos se necesitará de una alta carga subjetiva, y en eso tienen razón las críticas que estos medios y algunos de sus periodistas han hecho a los proyectos de ley, pero todo se resolvería si se partiera por entender al periodismo como una actividad no neutral, si se considerara que los medios y los periodistas no son y no pueden ser independientes. La supuesta imparcialidad de los medios y de los periodistas no ha sido sino un escudo de impunidad para que estos actores políticos de primer orden impongan agendas noticiosas, enfoques y supuestas realidades, como las únicas y definitivas.

Se requiere entonces transparentar públicamente las posturas ideológicas que estos medios defienden, sus posiciones políticas frente a determinados grandes temas, y, sobre todo, los intereses de clase que defienden, para que su actividad pueda ser consumida con criticidad por parte de la población. No se puede seguir ejerciendo una dictadura sobre la información y la opinión, a nombre de una supuesta imparcialidad e independencia que no existen.

Por último, en la ley no puede exigirse las mismas condiciones a los tres tipos de medios que la Constitución define (privados, públicos y comunitarios). Primero, que a nivel de comunicación popular, alternativa o comunitaria no se puede exigir profesionalización académica de quienes la hacen, precisamente por las razones que ya habíamos expuesto; luego, que la práctica que éstos tengan no puede ser equiparada a las de las empresas de comunicación, no puede mirarse a la comunicación alternativa desde el cristal del periodismo tradicional, burgués capitalista. No puede exigirse, por ejemplo, a un medio comunitario que su información sea verificada o plural, en el sentido de contrastar fuentes, o permitir el derecho a la réplica, puesto que no se mueven en el ámbito del periodismo de gran empresa, que tiene acceso y se mueve con los intereses de determinadas fuentes oficiales y de “la alta política”. Exigirle esto sería coartar la posibilidad de analizar, interpretar y opinar sobre los acontecimientos de la vida del país, a nivel macro e incluso mezo, en sus propias formas de narrar y con sus propios parámetros simbólicos y estéticos.

Tampoco se puede restringir a este tipo de comunicación a niveles marginales del ejercicio comunicativo. Es decir, ubicarlos como difusores de problemas inmediatos y no generales. El medio comunitario debe estar en condiciones de representar los intereses de los pueblos, de mostrar la perspectiva de los pueblos -organizados y no- en el ámbito local, regional, nacional y mundial. Esto sería realmente democratizar la comunicación masiva, esto sería caminar hacia una apropiación del derecho humano a comunicarse.