21-1-2010

“SEGUNDO: No reconocer como Inversión en Mejoras efectuadas por Lima Airport Partners SRL. en al AIJCH, el monto total de US$ 2,383,241.64. sin IGV;”

Resolución de Gerencia de Supervisión
No. 015-2008-GS-OSITRAN

Lima, 11 de julio de 2008

Procedimiento de Reconocimiento de Inversiones

Procedencia:
Supervisor TYPSA-OIST (en adelante TYO)

Entidad prestadora:
Lima Airport Partners SRL. (en adelante LAP)

Materia:
Reconocimiento de Inversiones en Mejoras relativo a la solicitud de LAP: LAP-LOG-2008-
00155

VISTOS:

La solicitud de Reconocimiento de Inversiones en Mejoras presentadas por el Concesionario
LAP, mediante la carta No. LAP—LOG-2008-00155;

El Informe Especial del Consorcio Supervisor TYO IE- No. 053 de fecha 11-06-2008;

La Nota No. 660-08-GS-OSITRAN emitida por el Supervisor de Infraestructura de la
Gerencia de Supervisión de fecha 11-06-2008;

CONSIDERANDO:

Que, OSITRAN tiene entre sus objetivos, el velar por el cabal cumplimiento de las
obligaciones derivadas de los Contratos de Concesión vinculadas a la Infraestructura de uso
público, conforme el literal a) del artículo 5º de la Ley No. 26917;

Que, con fecha 24-3-2004, el Consejo Directivo de OSITRAN aprobó la Directiva para el
procedimiento aplicable al Reconocimiento de Inversiones en Mejoras efectuadas por LAP, en ejecución del Contrato de Concesión del Aeropuerto Internacional “Jorge Chávez” (AIJCH);

Que, el Concesionario Lima Airport Partners (LAP) presenta la Solicitud de REconocimiento de Inversiones, correspondiente a Mejoras dentro de varios Sub-proyectos, por el monto total de US$ 3,216,599.28 sin IGV;
Que, el Consorcio Supervisor TYO, recomienda a OSITRAN reconocer las Inversiones en Mejoras en al AIJCH por el monto total de US$ 834,632.95 sin IGV, mediante su Informe Especial No. 053 del 11-6-2008, adjunto a la carta AIJCH-SUP-465-2008-TYO-OSI y no reconocer de lo solicitado la suma de US$ 2,374,091.33 por razones de no contar con el sustento necesario;

Que, mediante Nota No 660-08-GS-OSITRAN el Supervisor de Infraestructura de la Gerencia de Supervisión, manifiesta que como consecuencia de la revisión y análisis del IE No 053 del CS TYO, recomienda reconocer las Inversiones en Mejoras efectuadas por LAP en la ejecución del Contrato de Concesión, por el monto de US$ 833,357.64 sin IGV y no reconocer de lo solicitado la suma de US$ 2,232,241.64 sin IGV.

Que, de conformidad con el Numeral 13 de las Funciones Generales de la Gerencia de Supervisión, del Manual de Organización y Funciones de OSITRAN y lo establecido por la Directiva para el Procedimiento Aplicable al Reconocimiento de Inversiones en Mejoras efectuadas por LAP en la ejecución del Contrato de Concesión del AIJCH, corresponde a la Gerencia de Supervisión pronunciarse en primera instancia en los casos de reconocimientos de inversiones a cargo de las Entidades Prestadoras bajo la competencia de OSITRAN;

Que, habiéndose realizado todas las actuaciones necesarias, el expediente referido a la solicitud de LAP sobre Reconocimiento de Inversiones en Mejoras en el AIJCH, se encuentra expedito para su resolución;

Que, luego de la revisión de la Nota No. 660-08-GS-OSITRAN de VISTOS, esta Gerencia la hace suya y en consecuencia, la incorpora íntegramente a la parte considerativa de la presente Resolución;

De acuerdo a lo establecido en los artículos 32º y 33º del Reglamento General de OSITRAN, aprobado por Decreto Supremo No. 044-2006-PCM;

Por lo expuesto, se RESUELVE:

PRIMERO: Reconocer como Inversión en Mejoras efectuadas por Lima Airport Partners SRL en el AIJCH, el monto total de US$ 833,357.64 sin IGV, sustentado con los siguientes ERM:

Infraestructura 0508-MI2-06A 216,983.34
Pistas 0508-MI5-04A 910.00
Instalaciones 0508-MI6-02A 11,943.95
Seguridad 0508-MI7-02A 13,375.00
Sistemas 0508-MI8-03A 590,145.35

Total a reconocer US$ 833,357.64

SEGUNDO: No reconocer como Inversión en Mejoras efectuadas por Lima Airport Partners SRL. en el AIJCH, el monto total de US$ 2,383,241.64 sin IGV;

TERCERO: OSITRAN se reserva el derecho de efectuar futuras auditorías y/o verificaciones, sobre la información presentada por Lima Airport Partners SRL, como sustento de las inversiones realizadas.

CUARTO: Notificar a Lima Airport Partners SRL, la presente Resolución.

Regístrese, Comuníquese y Archívese.

Fernando Llanos Correa

Gerente de Supervisión.

*En la denuncia formulada por Juan Guerrero Orbegozo contra la concesionaria del Aeropuerto Jorge Chávez en la Fiscalía Anti-Corrupción, él encontró este documento que reclama esclarecimiento urgente.

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