1. El 30 de junio de 2012, los Secretarios Generales de la Organización de las Naciones Unidas y de la Liga de Estados Árabes, los ministros de Relaciones Exteriores de China, Francia, Rusia, Reino Unido, Estados Unidos, Turquía, Irak (presidente de la Cumbre de la Liga de Estados Árabes), Kuwait (presidente del Consejo de ministros de Relaciones Exteriores de la Liga de Estados Árabes) y de Qatar (presidente del Comité Árabe de Seguimiento de la Situación en Siria de la Liga de Estados Árabes) y la Alta Representante de la Unión Europea para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad se reunieron en la Oficina de las Naciones Unidas en Ginebra como Grupo de Acción para Siria, bajo la presidencia del Enviado Especial Conjunto de la Organización de las Naciones Unidas y de la Liga de Estados Árabes para Siria.
2. Los miembros del Grupo de Acción han realizado esta reunión debido a su gran inquietud ante la situación en Siria. Condenan firmemente la continuación y la multiplicación de las ejecuciones, las destrucciones y las violaciones de los Derechos Humanos. Están profundamente preocupados por la ausencia de protección de los civiles, la intensificación de la violencia, el riesgo de una nueva agravación del conflicto en el país y las dimensiones regionales del problema. Dado su carácter inaceptable y su envergadura, la crisis exige una posición común y una acción internacional conjunta.
3. Los miembros del Grupo de Acción están apegados a la soberanía, a la independencia, a la unidad nacional y a la integridad territorial de Siria. Están resueltos a esforzarse urgentemente y sin descanso por poner fin a la violencia y las exacciones y a emprender un proceso político dirigido por los sirios, que conduzca a una transición que responda a las aspiraciones legítimas del pueblo sirio y que le permita determinar por sí mismo su futuro con toda independencia y de forma democrática.
4. Para alcanzar esos objetivos comunes, los miembros del Grupo de Acción: i) han definido disposiciones y medidas que las partes deben tomar para garantizar la aplicación íntegra del plan de seis puntos y de las resoluciones 2042 y 2043 del Consejo de Seguridad, principalmente un cese inmediato de toda forma de violencia; ii) han acordado líneas directivas y principios para una transición política que responda a las aspiraciones legítimas del pueblo sirio; y iii) han acordado acciones que emprenderían para hacer efectivo lo anterior como medio de apoyar los esfuerzos emprendidos por el Enviado Especial Conjunto con vistas a facilitar un proceso político dirigido por los sirios. Están convencidos de que ello podrá favorecer y servir de apoyo a los progresos en el terreno y contribuirá a facilitar y apoyar una transición dirigida por los sirios.
Disposiciones y medidas definidas para su cumplimiento por las partes en aras de garantizar la aplicación íntegra del plan de seis puntos y de las resoluciones 2042 y 2043 del Consejo de Seguridad, incluyendo el cese inmediato de todas las formas de violencia
5. Las partes deben aplicar integralmente el plan de seis puntos y las resoluciones 2042 y 2043 del Consejo de Seguridad. En ese sentido:
– Todas las partes deben comprometerse nuevamente a hacer cesar durablemente la violencia armada en todas formas y a aplicar el plan de seis puntos, inmediatamente y sin esperar que la otra parte emprenda acciones. El gobierno y los grupos armados de oposición deben cooperar con la MISNUS con vistas a garantizar la aplicación de lo anterior conforme al mandato de esta.
– El cese de la violencia debe ser duradero y estar acompañado de medidas inmediatas, creíbles y visibles del gobierno sirio tendientes a la aplicación de los otros elementos del plan de seis puntos, o sea:
– Acelerar y multiplicar las medidas de liberación de personas detenidas arbitrariamente, principalmente aquellas que pertenecen a categorías particularmente vulnerables o que hayan tomado parte en actividades políticas pacíficas, comunicar sin tardanza por las vías apropiadas una lista de todos los lugares donde esas personas se encuentran detenidas, adoptar inmediatamente disposiciones con vistas a garantizar el acceso a esos lugares y responder rápidamente, por las vías apropiadas, a todos los pedidos escritos de información, de acceso y de liberación que impliquen a las personas mencionadas;
– Garantizar la libre circulación de los periodistas en todo el país y aplicar hacia estos una política de visas no discriminatoria;
– Respetar la libertad de asociación y el derecho a manifestarse pacíficamente conforme a las condiciones previstas por la ley;
– Todas las partes deben, en todas las circunstancias, mostrar un respeto absoluto por la seguridad y la protección de la MISNUS, cooperar plenamente con la Misión y facilitar su tarea en todos los sentidos;
En todo momento, el gobierno debe dar acceso pleno e inmediato con fines humanitarios a las organizaciones humanitarias en todas las zonas afectadas por los combates. El gobierno y todas las partes deben permitir la evacuación de los heridos y autorizar la salida de todos los civiles que la deseen. Todas las partes deben someterse sin excepciones a las obligaciones que les conciernen en virtud del derecho internacional, principalmente en lo tocante a la protección de los civiles.
Líneas directrices y principios acordados para una transición dirigida por los sirios
6. Los miembros del Grupo de Acción han acordado una serie de «Principios y líneas directrices para una transición dirigida por los sirios» enunciada seguidamente:
Todo arreglo político debe garantizar al pueblo sirio una transición que:
– Ofrezca una perspectiva de futuro que pueda ser compartida por todos en Siria;
– Fije etapas claramente definidas según un calendario riguroso con vistas a la realización de esa perspectiva;
– Pueda ponerse en práctica en un clima de seguridad para todos, de estabilidad y de calma;
– Se concrete rápidamente sin derramamiento de sangre ni violencias suplementarios y resulte creíble.
I. Perspectiva para el futuro
Las aspiraciones del pueblo sirio han sido claramente expresadas por el amplio espectro de sirios consultados. En su inmensa mayoría desean un Estado que presente las siguientes características:
– Que sea verdaderamente democrático y pluralista al dejar espacio a los actores políticos establecidos así como a los nuevos para que puedan competir en elecciones de manera equitativa y en condiciones de igualdad. Ello significa también que el establecimiento de una democracia multipartidista debe ser duradero y mantenerse más allá de una primera vuelta electoral;
– Que corresponda con las normas internacionales relativas a los derechos humanos, a la independencia del aparato judicial, al principio de la responsabilidad de los miembros del gobierno y a la prevalencia del derecho. No basta con enunciar ese compromiso. Deben ponerse a la disposición de la población mecanismos que permitan que quienes ejercen el poder respeten dicho compromiso;
– Que ofrezca posibilidades y oportunidades iguales a todos. Es conveniente evitar todo sectarismo y toda discriminación basada en el origen étnico, la religión, el idioma o en cualquier otro motivo que sea. Las comunidades menos numerosas deben recibir garantías de que sus derechos serán respetados.
II. Medidas claras durante la transición
El conflicto en Siria no se terminará hasta que todas las partes tengan la garantía de que existe una vía pacífica hacia un futuro común para todos en Siria. Es por lo tanto esencial que todo arreglo incluya medidas claras e irreversibles durante la transición en función de un calendario preciso. Las principales medidas en todo proceso de transición son:
– El establecimiento de un órgano de gobierno transitorio capaz de instaurar un clima de neutralidad en el que pueda desarrollarse la transición. Eso significa que el órgano de gobierno transitorio tendría plenos poderes ejecutivos. Podrá incluir miembros del actual gobierno y de la oposición así como de otros grupos y será conformado sobre la base del consentimiento mutuo;
– Es al pueblo sirio a quien corresponde determinar el futuro del país. Todos los grupos y sectores de la sociedad siria deben ser habilitados para participar en un proceso de diálogo nacional. Ese proceso no sólo debe ser de carácter abierto sino que debe ser también consecuente –en otras palabras, sus principales resultados deben tener consecuencias;
– Sobre esa base, el orden constitucional y el sistema jurídico pueden ser objeto de examen. El resultado del proceso de redacción de la Constitución sería sometido a la aprobación del pueblo;
– Cuando se haya establecido el nuevo orden constitucional habrá que preparar la organización de elecciones multipartidistas libres y equitativas con vistas al establecimiento de las nuevas instituciones y de las nuevas oficinas que hayan sido creadas y habrá que realizar esas elecciones;
– Las mujeres deberán estar plenamente representadas en todos los aspectos del proceso de transición.
III. Seguridad, estabilidad y calma
Toda transición política implica un cambio. Es sin embargo esencial velar por el hecho que la transición se desarrolle de manera tal que garantice la seguridad de todos en un ambiente de calma y estabilidad. Esto requiere:
– La instauración de un entorno perfectamente tranquilo y estable. Todas las partes deben cooperar con el órgano de gobierno transitorio con vistas a un cese definitivo de la violencia. Esto incluye la conclusión de las retiradas y la solución de la cuestión del desarme, la desmovilización y la reintegración de los grupos armados;
– Medidas concretas para lograr que los grupos vulnerables sean protegidos y que se emprenda una acción inmediata con vistas a enfrentar los problemas humanitarios en las zonas donde sea necesario. También es necesario garantizar la rápida liberación de los detenidos;
– Mantener en funciones las instituciones públicas y el personal calificado. Los servicios públicos deberán ser preservados o restablecidos. Esto incluye las fuerzas armadas y los servicios de seguridad. Todas las instituciones públicas, incluyendo los servicios de inteligencia, tendrán sin embargo que actuar de conformidad con los derechos humanos y con las normas profesionales y operar bajo un mando que inspire confianza al público, bajo control del órgano de gobierno transitorio;
– Un compromiso a favor del principio de responsabilidad y de reconciliación nacional. Habrá que abordar la cuestión del respeto de la obligación de rendir cuentas por los actos cometidos durante el actual conflicto. También habrá que elaborar un tren de medidas completas de justicia de transición, sobre todo de medidas de indemnización y de readaptación para las víctimas del presente conflicto, y medidas para garantizar la reconciliación nacional y favorecer el perdón.
IV. Medidas para lograr rápidamente un acuerdo político creíble
Es al pueblo sirio a quien corresponde llegar a un acuerdo político, pero el tiempo apremia. Es evidente que:
– La soberanía, la independencia, la unidad y la integridad territorial de Siria deben ser respetadas;
– El conflicto debe ser resuelto únicamente a través de un diálogo pacífico y de la negociación. Deben crearse condiciones favorables a un arreglo político;
– Deben cesar los derramamientos de sangre. Todas las partes deben comprometerse nuevamente, de manera creíble, a respetar el plan de seis puntos. Esto requiere el cese de la violencia armada en todas sus formas y esfuerzos inmediatos, creíbles y visibles para aplicar los puntos 2 y 6 del plan de seis puntos;
– Todas las partes deben colaborar realmente con el Enviado Especial Conjunto. Las partes deben estar dispuestas a presentar interlocutores válidos para poder actuar con prontitud con vistas a un arreglo dirigido por los sirios que responda a las aspiraciones legítimas de la población. El proceso deberá ser enteramente abierto para que todos los sectores de la sociedad siria puedan expresar su opinión durante la elaboración del arreglo político para la transición.
La comunidad internacional organizada, principalmente los miembros del Grupo de Acción, está dispuesta a apoyar vigorosamente la aplicación del acuerdo pactado por las partes. Esto debe incluir una presencia internacional con fines de asistencia sobre la base de un mandato de la Organización de las Naciones Unidas, si se produce un pedido en ese sentido. Importantes fondos estarán disponibles para apoyar la reconstrucción y la readaptación.
Acciones concertadas que emprenderán los miembros del Grupo, en aplicación de lo anterior, como apoyo a los esfuerzos del Enviado Especial Conjunto para facilitar un proceso político dirigido por los sirios
7. Los miembros del Grupo de Acción actuarán según sea necesario y ejercerán conjuntamente una presión sostenida sobre las partes en Siria para que estas tomen las medidas definidas en el párrafo 5.
8. Los miembros del Grupo de Acción se oponen a todo aumento de la militarización del conflicto.
9. Los miembros del Grupo de Acción llaman la atención del Gobierno Sirio sobre la importancia de la designación de un interlocutor válido dotado de los poderes necesarios cuando el Enviado Especial así lo solicite, con vistas a una acción sobre la base del plan de seis puntos y del presente comunicado.
10. Los miembros del Grupo de Acción piden encarecidamente a la oposición que fortalezca su cohesión y que esté en posición de dotarse de interlocutores válidos y representativos con vistas a una acción sobre la base del plan de seis puntos y del presente comunicado.
11. Los miembros del Grupo de Acción aportarán su pleno apoyo al Enviado Especial Conjunto y a su equipo en los contactos inmediatos que tendrán con el gobierno y con la oposición y procederán a amplias consultas con la sociedad siria así como con otros actores internacionales con el fin de continuar preparando el terreno para avanzar.
12. Los miembros del Grupo de Acción verían favorablemente la convocación por el Enviado Especial Conjunto de una reunión del Grupo de Acción, si así lo estima necesario, con vistas a examinar los progresos concretos realizados sobre todos los puntos acordados en el presente comunicado y a definir las demás medidas y acciones necesarias por parte del Grupo de Acción para enfrentar la crisis. El Enviado Especial Conjunto mantendrá por demás informadas a la Organización de las Naciones Unidas y a la Liga de Estados Árabes./.
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