Con idéntica marca, que la del juez del 5° juzgado constitucional de Lima, Hugo Velásquez Zavaleta, y con igual autor mediato escondido y agazapado, el Tribunal Constitucional integrado por solo 3 colegiados apristones, aunque Carlos Mesía es realmente aprista, de un total de 6, acaba de nombrar a un conocido y zarandeado fiscal supremo, Mateo Castañeda Segovia, sin que haya pedido en su demanda de amparo que lo nombren, ni que anulen el nombramiento de otras dos, Zoraida Avalos y Nora Miraval, correctamente nombradas por el Consejo Nacional de la Magistratura, hacen apenas cinco meses, para quienes el mismísimo TC pide, implora, ordena, para reparar el agravio, que le creen 2 fiscalías con sus respectivos presupuestos.
Semejante exabrupto lo ha cometido, y en la misma resolución, de fines de abril último, esta índole de TC, bajo el pretexto sesgado y enceguecido que la ejecución de sentencia en un proceso de amparo lo puede todo, hasta violar el principio legítimo de la congruencia, que prohíbe resolver y conceder lo que no ha pedido el demandante en su demanda, ni fue objeto de la sentencia en ejecución y hasta extralimitarse e invadir los fueros de un órgano constitucional, como el CNM, autónomo e independiente, para nombrar y destituir fiscales y jueces, porque así lo establece la Constitución Política, Artículo 154°.
Con tal criterio de notorio desbarre, con turbia política orientadora, podría el TC así integrado, al final de un amparo iniciado por el candidato perdedor, llámese Alan García Pérez, nombrarlo presidente de la Republica, a 2 vicepresidentes de la misma lista, y de remate anular la elección del escogido por el pueblo que haya sido reconocido por el Jurado Nacional de Elecciones. ¡Si el TC puede nombrar a un fiscal supremo, también podría a cualquier otro funcionario!
A este TC le ponemos la misma marca registrada que el juez de García, Velásquez Zavaleta, pues fue éste quien ordenó suspender el Concurso Público de Méritos 2012, convocado por el CNM, donde a su término fueron nombradas en la fiscalía suprema las doctoras Avalos y Miraval, en cuyo concurso no postulaba Mateo Castañeda (postuló en Concurso 2010), el del caso BTR, cuyos fiscales de menor jerarquía excluyeron del embarre a García y al tío George.
Comoquiera que el CNM, no suspendió tal Concurso 2012, el TC de marras, como presunto juez ejecutor, dicta una sentencia ampliada, al amparo desorbitado del Artículo 59° del Código Procesal Constitucional, el mismo numeral que desoyó y violó Velásquez Zavaleta, al no ejercitar los diversos apremios allí previstos e ir de frente a anular todos los informes finales de la Megacomisión, a los cuales nunca vio, ni palpó, ni evaluó, pero anuló.
¡He aquí el peligro, de la llamada justicia “constitucional” servida por una sarta de alanistas, ¿gratuitos? sirvientes, ora, en el juzgado ejecutor, ora, en las canteras del TC, que igual funge de juez de ejecución, después de una apelación por saltos!
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