En la entrega anterior: Pasaportes electrónicos: el contrabando de la medida 26 en Cancillería, afirmamos que en el Ministerio de Relaciones Exteriores ¡recién! el 18 de diciembre del 2015 iniciaron el proceso que pasó por cosas extrañas, solicitudes los viernes después de horas laborales, sábados insólitos y prisas apuradas. El Area Usuaria, comandada por el embajador Carlos Polo Castañeda tenía premuras urgentes.
Pero los Términos de Referencia, los tenía el Area Usuaria desde el 4 de noviembre del 2015 ¡por lo tanto, NO SE JUSTIFICABA la declaratoria de exoneración por desabastecimiento inminente cuando la tardanza fue absolutamente inexplicable, salvo que se quería provocar una situación de necesidad premiosa pero ficticia.
También hemos recordado que la medida de seguridad 26 fue adicionada y que entonces se producía la diferencia con lo estipulado en los Términos de Referencia de Migraciones que debía ser idéntico en Cancillería.
Múltiples veces, el embajador Carlos Polo Castañeda-Area Usuaria, dijo ante los medios de comunicación que el proceso en Cancillería había tenido apego a las normas legales y con estricto seguimiento a los términos de referencia. A tenor de las circunstancias o desviaciones, como las llama la Contraloría General de la República, lo afirmado por Polo resultó ¡tremendamente inexacto!
A la carta
Cancillería firmó el Contrato (adjunto a este artículo), 0029-2016-RE/AS y con la siguiente definición: Contratación del Servicio de Evaluación, Supervisión y Acompañamiento en la Implementación del Servicio de Emisión de pasaportes biométricos, comunes, diplomáticos y especiales, con Carina Estrada Villegas, por la suma de S/ 56,000 (que incluían los impuestos de ley).
Sin embargo….
A pesar que los funcionarios y servidores del MRE contaban con los TDR de Migraciones, en el cual se incluían las 25 medidas de seguridad del pasaporte electrónico de Migraciones, éstas no fueron incorporadas en los TDR del MRE, conforme a lo señalado en el informe de la ingeniero Carina Estrada Villegas, donde señala que:
“(…) han sido reemplazados por las características públicas definidas y comunicadas oficialmente al Ministerio de Relaciones Exteriores por parte de la Superintendencia Nacional de Migraciones (…)”. Asimismo, se menciona que “(…) Las características de seguridad secretas no han podido incluirse a fin de no vulnerar la seguridad del pasaporte electrónico peruano conforme a lo establecido en el Documento 9303 de la OACI (…)”.
Confesión de parte
En tal sentido, los TDR del MRE no cuentan con las mismas medidas de seguridad a las establecidas en los TDR de Migraciones; por tanto, el pasaporte electrónico del MRE es distinto al de Migraciones.
Este hecho se contradice con lo señalado por la propia Area Usuaria del MRE (Carlos Polo Castañeda), que comunicó a la Embajadora del Perú en el Reino de Bélgica, Cristina María del Rosario Ronquillo de Blodom, mediante mensaje LBRUSELAS20150871, 9-9-2015, que:
“(…) la Cancillería puede asegurar que las características y/o medidas de seguridad de las libretas de los pasaportes establecidas en los Términos de Referencia (TDR) para la contratación de los pasaportes biométricos para la Cancillería guardarán estricta correspondencia con los TDR de Migraciones”.
Sin sustento
El postor, Imprimerie Nationale-Gemalto, adjudicado con la contratación de los pasaportes electrónicos del MRE no sustentó suficientemente el cumplimiento de las características de los libros del pasaporte electrónico, ya que de acuerdo a la información técnica presentada respecto a las medidas de seguridad Hologramas (3D, cinemáticos) y Micro elementos con etiquetas en OVI, no se cumplió con el nivel de la medida de seguridad requerido en las Bases Administrativas de la Exoneración N° 001-2015-RE.
¿A qué árbol se están arrimando?
Los empleados y funcionarios que dieron la conformidad a lo presentado por la ingeniero Carina Estrada Villegas y mencionados por la Contraloría, son los siguientes:
Carlos Rafael Polo Castañeda; Julio Cárdenas Velarde, Alberto Gonzales Mejía; José Eduardo González Mantilla; José Luis Burga Núñez de la Torre; Agustín Palacios Morales Bermúdez; Paul Luis Manyari; Luis Carlos Gonzales Salazar. Y, ha trascendido que estarían respondiendo de manera uniforme y con términos similares a los cuestionamientos de que son objeto.
Debieran saber que Indecopi ha abierto un proceso a la ingeniero Carina Estrada Villegas y sobre el que advierten que: “siendo que de ser el caso se advirtiesen irregularidades de índole penal, se cumplirá con poner en conocimiento del Ministerio Público para que proceda conforme a sus atribuciones”. (Documentos adjuntos, también).
Bendición ministerial
El 30 de diciembre del 2015, con Resolución Ministerial No. 1228/RE suscrita por la señora Ana María Sánchez de Ríos, ministro de RREE, se aprobó el expediente de contratación de emisión descentralizada de pasaportes biométricos, comunes, diplomáticos y especiales hasta por la suma de S/ 86’967,341.12.
¿No es hora que la ex ministro Ana María Sánchez, revele, de dónde vinieron o de quiénes fueron las presiones para otorgar a Imprimerie Nationale-Gemalto, el proceso de pasaportes electrónicos?
¿Estará la suerte echada? Vamos a ver qué ocurre.
titre documents joints
Carta Indecopi sobre Carina Estrada
(PDF - 222.2 kio)
Contrato de Carina Estrada
(PDF - 1.9 Mio)
Denuncia sobre presunto Tráfico de Influencias
(PDF - 2.3 Mio)
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