Resumen, elaborado por la presidencia, sobre la reunión del Consejo de Seguridad organizada según la fórmula Arria y realizada el 24 de febrero de 2021
México organizó una reunión del Consejo de Seguridad según la fórmula Arria para examinar, con toda transparencia, las cuestiones vinculadas al uso de la fuerza y la legítima defensa. En particular, los participantes analizaron el alcance y la interpretación del Artículo 51 de la Carta de las Naciones Unidas en lo tocante a los actores no estatales, principalmente en el contexto de la lucha contra el terrorismo, y considerando los precedentes que esas acciones podrían crear para otros casos que puedan presentarse en el futuro. La reunión se desarrolló de manera virtual.
Presidida por el Representante Permanente de México ante la Organización de las Naciones Unidas, Juan Ramón de la Fuente, la reunión estaba abierta a la participación de todos los Estados Miembros, de los observadores permanentes y de las organizaciones no gubernamentales. También se transmitió en vivo a través del sitio de televisión online de las Naciones Unidas y del canal de YouTube de la Misión Permanente de México. Las transmisiones en vivo permitieron alcanzar un público más amplio para dar más transparencia a los debates. Se pusieron en internet grabaciones de los trabajos.
La reunión comenzó con una exposición de la Directora de Investigación del Programa sobre Derecho Internacional y Conflictos Armados de la Facultad de Derecho de la Universidad de Harvard, la profesora Naz K. Modirzadeh, quien subrayó la importancia de abordar con urgencia estos temas, tanto en la Asamblea General como en el Consejo de Seguridad, ya que el derecho que rige la legítima defensa se elabora y se aplica en un contexto de lucha contra el terrorismo sin participación activa ni regular de la gran mayoría de los Estados. La oradora subrayó que, para garantizar efectivamente el mantenimiento de la paz y de la seguridad internacionales, todos los Estados deberían estudiar primero el alcance y la interpretación del Artículo 51.
La señora Modirzadeh mencionó también el debate en cuanto a saber si el silencio de los Estados o del Consejo de Seguridad pudiera de alguna forma servir, legítimamente o no, de apoyo tácito a ciertas afirmaciones vinculadas al derecho de legítima defensa. Resaltó la importancia particular de realizar ese debate en caso de acción militar realizada por un Estado contra un actor no estatal en territorio extranjero sin consentimiento del Estado territorial/receptor o sin autorización del Consejo de Seguridad. La oradora invitó todos los Estados a reflexionar sobre esa cuestión y a examinar si aceptan la idea de que una piedra angular del edificio instituido por la Carta pueda ser alterada sin que se tomen en cuenta sus puntos de vista y sin que tengan acceso a información confiable y oportuna.
El señor de la Fuente reiteró después la preocupación de México sobre el hecho que, en los últimos años, el derecho de legítima defensa ha sido invocado para justificar el uso de la fuerza en el territorio de un tercer Estado, sin consentimiento del Estado territorial, supuestamente como respuesta a agresiones armadas cometidas por actores no estatales, en el marco de lo que podría considerarse una violación del Artículo 51. Subrayó que México rechaza los argumentos que permiten el uso de la fuerza bajo la doctrina que justifica la intervención en un Estado cuyas autoridades no tienen «la voluntad ni los medios de actuar» o que no ejercen un control efectivo.
El señor de la Fuente indicó que esa práctica tiene repercusiones diferentes en materia de fondo o procedimiento y reafirmó la necesidad de incrementar la transparencia y de velar por que las comunicaciones enviadas al Consejo de Seguridad invocando el Artículo 51 no se conviertan en una «carta blanca» concedida al uso de la fuerza. Finalmente, llamó todos los Estados Miembros a respetar la Carta y a examinar de manera conjunta la mejor manera de enfrentar las amenazas que se ciernen actualmente sobre la paz y la seguridad internacionales, en el pleno respeto del estado de derecho.
Además de México, 33 Estados Miembros expresaron sus posiciones, entre ellos 13 miembros del Consejo de Seguridad. Los Estados Miembros expresaron sus consideraciones sobre los diversos aspectos de la cuestión.
De manera general, todos los Estados subrayaron la importancia de realizar un diálogo sobre la interpretación del Artículo 51 de la Carta y sobre sus incidencias directas sobre los sistemas de seguridad individual o colectiva y agradecieron a México haber organizado esta importante reunión. Además, los participantes subrayaron, tratándose de interpretar el Artículo 51, que el alcance preciso de la disposición todavía no es claro. Sin embargo, esta cuestión es pertinente, en parte, porque está estrechamente vinculada a otros principios del derecho internacional, incluyendo la no intervención y la solución pacífica de diferendos.
El papel del Consejo de Seguridad también fue ampliamente mencionado. Los participantes llamaron la atención sobre la importancia de la transparencia en las comunicaciones sobre la legítima defensa que se presentan invocando el Artículo 51. Se resaltó que, aunque esas comunicaciones se hacen públicas, en último análisis, la manera como se manejan y se distribuyen no permite identificarlas ni buscarlas fácilmente, como tampoco permiten acceder a ellas rápidamente. Todos los participantes se mostraron abiertos al estudio de opciones tendientes a garantizar la transparencia y la accesibilidad de esas comunicaciones.
La mayor parte de los Estados Miembros que participaron en la reunión estimaron que el silencio de la comunidad internacional no debe interpretarse como una aceptación ante invocaciones del derecho a la legítima defensa. Reiteraron la importancia del diálogo para evitar la incertitud que hasta ahora ha caracterizado varios aspectos relativos a las comunicaciones vinculadas al Artículo 51. Se tomó nota de que, aunque el Artículo 51 obliga a todos los Estados a comunicar las medidas que toman en el ejercicio de la legítima defensa, no precisa qué contenido deben aportar esas comunicaciones al ser llevadas al Consejo de Seguridad. Por otra parte, varios participantes recordaron la obligación de respetar los principios de necesidad y de proporcionalidad en todas las medidas que se tomen invocando el derecho de legítima defensa.
También hubo un amplio consenso en cuanto a que es necesario examinar la cuestión –evidentemente controvertida– de saber si el derecho de legítima defensa pudiera justificar el inicio de una acción militar contra actores no estatales, como grupos terroristas, en circunstancias excepcionales. Si bien algunos invocaron la doctrina que justifica la intervención en un Estado cuyas autoridades no tienen «la voluntad ni los medios de actuar», otros rechazaron que esa doctrina sea válida, principalmente en nombre del principio de no intervención y reafirmando que toda acción militar en territorio de un tercer Estado necesitaría el consentimiento del Estado territorial o la autorización del Consejo de Seguridad. Es evidente que aún no existe consenso sobre esa cuestión y que subsisten divergencias fundamentales.
Ciertas cuestiones específicas fueron subrayadas por algunas delegaciones, principalmente el hecho que las violaciones de la soberanía de un Estado pueden constituir crímenes de agresión que merecen sanciones en derecho internacional. Otros Estados Miembros estimaron que el Artículo 51 se ha interpretado erradamente como un pretexto para invadir terceros Estados y para inmiscuirse en sus asuntos internos. Ciertos diferendos bilaterales fueron mencionados de forma expresa.
En sus observaciones finales, la señora Modirzadeh exhortó los Estados Miembros a proseguir esta importantísima conversación, proponiendo en particular que examinen la manera como el Consejo de Seguridad recibe, maneja y comparte las comunicaciones relativas al derecho de legítima defensa, que son de la más alta importancia para la comunidad internacional.
Luego de haber expresado su agradecimientos a todos los Estados Miembros participantes así como a la señora Modirzadeh, el señor de la Fuente procedió a levantar la sesión.
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