Estimado Sr. Presidente:

En conformidad con la Ley de facultades económicas en casos de emergencia internacional (50 U.S.C. 1701 y siguientes) (IEEPA, por sus siglas en inglés), por medio de la presente informo que he emitido una Orden Ejecutiva (la "orden") declarando una emergencia nacional con respecto a la amenaza inusual y extraordinaria para la seguridad nacional y la política exterior de Estados Unidos representada por la situación en Venezuela. Esta orden no está dirigida contra el pueblo de Venezuela, sino a las personas involucradas responsables por la erosión de las garantías de los Derechos Humanos, la persecución de opositores políticos, la restricción de libertades de prensa, el uso de violencia y las violaciones y abusos de derechos humanos en respuesta a manifestaciones antigubernamentales, el arresto y las detenciones arbitrarias de manifestantes antigubernamentales, así como la presencia agravante de corrupción pública significativa en ese país. Además de tomar medidas bajo la IEEPA, la orden implementa en la Ley de Defensa de los Derechos Humanos y la sociedad civil en Venezuela de 2014 (Ley pública 113-278) (la "Ley"), la cual firmé el 18 de diciembre de 2015, y delegación ciertas de sus autorizaciones.

La orden es bloquear las propiedades y los intereses de las personas mencionadas en el anexo a la misma, y bloquearía la propiedad y los intereses de cualquier persona considerada por el Secretario del Tesoro, en consulta con el Secretario de Estado, como:

Ser responsable por/o en complicidad, de dar la orden, controlar o de otra manera dirigir, o haber participado en, directa o indirectamente, cualquiera de los siguientes casos en relación a Venezuela:

Las acciones o políticas que socavan los procesos o las instituciones;

 Actos significativos de violencia o conducta que constituye un abuso o violación seria de derechos humanos, incluyendo contra personas involucradas en protestas antigubernamentales en Venezuela desde febrero de 2014;
 Acciones que prohíben, limitan o penalizan el ejercicio de la libertad de expresión o de asamblea pacifica; o
 Corrupción pública por funcionarios de alto rango del Gobierno de Venezuela;

Ser un dirigente actual o antiguo de algún ente que haya estado o haya sido miembro involucrado en cualquier actividad descrita en el orden o de una entidad cuya propiedad o intereses en propiedad son bloqueadas en conformidad con esta orden;

Ser un funcionario actual o antiguo del Gobierno de Venezuela;

Haber asistido materialmente, patrocinado u otorgado apoyo financiero, material o tecnológico por, o bienes o servicios para o en apoyo de:

 Una persona cuya propiedad o intereses de propiedad sean bloqueados en conformidad con esta orden; o
 Una actividad descrita en la orden; o

Ser propietario o controlar por medio de, o haber actuado en nombre de, directa o indirectamente, de una persona propietaria o que tenga intereses en propiedad, están bloqueado en conformidad con esta orden.

Además, la orden suspende la entrada a Estados Unidos de cualquier extranjero mencionado en el anexo o considerados de haber satisfecho uno o más de los criterios arriba mencionados.

He delegado en la autoridad al Secretario del Tesoro, en consulta con el Secretario de Estado, de tomar medidas, incluyendo la promulgación de normas y regulaciones, y de emplear todos los poderes otorgados al Presidente por la IEEPA y las provisiones pertinentes de la Ley que sean necesarios para cumplir con los propósitos de la orden, salvo la provisión de suspender la entrada a Estados Unidos de ciertos extranjeros, y de realizar las provisiones pertinentes de la Ley. He delegado en la autoridad al Secretario de Estado de tomar medidas, incluyendo la promulgación de normas y regulaciones, y de emplear todos los poderes otorgados al Presidente por la IEEPA y las provisiones pertinentes de la Ley que sean necesarios para cumplir con la provisión de la orden y la Ley de suspender la entrada a Estados Unidos de ciertos extranjeros y la autoridad de emitir exenciones bajo la Ley. Todos los entes ejecutivos están dirigidos a tomar todas las medidas apropiadas dentro de su potestad para realizar las provisiones del orden.

Anexo una copia de la Orden Ejecutiva que he emitido.

Atentamente,