El Presidente Sr. Araud (Francia) (habla en francés): De conformidad con el artículo 39 del reglamento provisional del Consejo, invito al Fiscal de la Corte Penal Internacional, Sr. Luis Moreno-Ocampo, a participar en esta sesión.
Tiene la palabra el Sr. Moreno-Ocampo.
Sr. Moreno-Ocampo (habla en inglés): Tengo el honor de informar al Consejo sobre las actividades llevadas a cabo por la Fiscalía en cumplimiento de la resolución 1970 (2011). El 26 de febrero, el Consejo aprobó por unanimidad la resolución 1970 (2011), por la que se remite la situación en Libia a la Corte Penal Internacional y se subraya la necesidad de que se enjuicie a los responsables de los ataques cometidos contra civiles, incluidas las fuerzas bajo su control.
En mi informe, presentado a la consideración del Consejo antes de celebrarse esta sesión, se describe exhaustivamente el análisis fáctico y jurídico realizado por la Fiscalía para aplicar esa resolución. A partir de ese análisis, el 3 de marzo decidimos iniciar una investigación. A fin de cumplir el mandato que le confirió el Consejo en virtud de la resolución 1970 (2011), la Fiscalía debe aplicar las normas establecidas en el Estatuto de Roma. Debe esclarecer la verdad sobre los supuestos crímenes que se han cometido en Libia mediante una investigación independiente e imparcial. Eso es lo que estamos haciendo.
Para investigar los crímenes cometidos en Libia, la Fiscalía ha realizado más de 15 misiones a 10 Estados diferentes. Al 26 de abril, ya se habían iniciado o completado 45 entrevistas de personas que tenían conocimiento directo acerca de los crímenes cometidos. Ya se habían recopilado y examinado más de 569 documentos, incluidos vídeos y fotografías. A fin de cumplir su obligación de proteger a los testigos, la Fiscalía no ha tomado declaraciones en el interior de Libia.
La cooperación prestada por los Estados y las organizaciones regionales y otras organizaciones internacionales, de conformidad con el párrafo 5 de la resolución 1970 (2011), fue decisiva para que la investigación libia progresara rápidamente.
Desde su creación, la Comisión de Investigación creada por el Consejo de Derechos Humanos también ha cooperado con la Fiscalía y ha indicado su disposición a seguir haciéndolo. La Comisión de Investigación está preparando un informe que debe presentar al Consejo de Derechos Humanos, el cual debe estar listo para finales de mayo. Esperamos con interés su informe, así como tener acceso a los datos recopilados por la Comisión, que serán muy valiosos para la Fiscalía de cara a la adopción de futuras medidas. Hemos examinado con la Presidencia de la Comisión las dificultades que implica revelar la verdad mientras siga dándose el conflicto, y la importancia que revisten las actividades que la Comisión lleva a cabo sobre el terreno.
Las pruebas recopiladas han confirmado los temores y las preocupaciones expresados en la resolución 1970 (2011). Hace dos meses, el Consejo de Seguridad expresó su grave preocupación por la situación en la Jamahiriya Árabe Libia, y condenó los actos de violencia y el uso de la fuerza contra civiles, y lamentó las graves y sistemáticas violaciones de los derechos humanos, incluida la represión de manifestantes pacíficos y la muerte de civiles. En la resolución 1970 (2011) se rechaza de manera inequívoca la incitación a las hostilidades y a la violencia contra la población civil, hecha por las más altas instancias del Gobierno de Libia, y se considera que los ataques generalizados y sistemáticos que actualmente tienen lugar en la Jamahiriya Árabe Libia contra la población civil podrían constituir crímenes de lesa humanidad.
Las pruebas recopiladas por la Fiscalía confirman esa valoración. Establecen motivos razonables para pensar que en Libia se han cometido y se siguen cometiendo ataques generalizados y sistemáticos contra la población civil, incluidos el asesinato y la persecución como crímenes de lesa humanidad. Además, desde finales de febrero tiene lugar un conflicto armado de Libia. En ese contexto, también se dispone de información pertinente sobre presuntos actos de crímenes de guerra. La labor de la Comisión de Investigación será crucial para comprender plenamente los crímenes cometidos durante el conflicto armado.
Permítaseme comenzar describiendo los incidentes de crímenes de lesa humanidad que la Fiscalía ha investigado. Las pruebas muestran que las fuerzas de seguridad han disparado sistemáticamente contra manifestantes pacíficos, siguiendo el mismo modus operandi en múltiples localidades. Las pruebas demuestran que los acontecimientos ocurridos en los vecinos Egipto y Túnez alertaron a las fuerzas de seguridad libias a comenzar a prepararse para la eventualidad de manifestaciones en Libia. Ya en enero, se contrató a mercenarios y se los trajo a Libia.
Los incidentes comenzaron los días 15 y 16 febrero. Las fuerzas de seguridad arrestaron a dos abogados que pedían justicia para las 1.400 víctimas de las masacres cometidas en la prisión de Abu Salim en 1996. El 17 febrero, miles de manifestantes pacíficos que protestaban contra esas detenciones se congregaron en la plaza en torno al Tribunal Supremo de Benghazi. Las fuerzas de seguridad entraron en la plaza y, al parecer, dispararon con municiones contra la multitud, matando a numerosos manifestantes. Ese fue el comienzo de una serie de incidentes similares que se produjeron en diferentes ciudades de toda Libia.
Los esfuerzos desplegados por encubrir los crímenes no han permitido determinar el número exacto de víctimas, pero, según sugieren informaciones dignas de crédito, a consecuencia de esos disparos solamente, en febrero murieron de 500 a 700 personas. Es difícil estimar la cifra total ya que los cadáveres se retiraron de las calles y los hospitales. No se permitió a los doctores documentar el número de muertos y heridos admitidos en los hospitales tras el comienzo de los enfrentamientos violentos. Al parecer, las fuerzas de seguridad estaban estacionadas en los hospitales y detenían a las personas heridas que deseaban recibir tratamiento médico. Estar herido se convirtió en prueba de oposición al régimen, y, de conformidad con la ley libia, desafiar la autoridad del régimen constituye un crimen. Para evitar el castigo y el riesgo de muerte, numerosos manifestantes buscaron atención médica en viviendas privadas y no llevaron a los heridos o a los cadáveres a los hospitales.
Además de esos incidentes, la información recopilada por la Fiscalía muestra que los civiles de Trípoli y otras zonas que se hallan bajo el control del régimen están aparentemente sujetos a diversos modos de persecución. En Trípoli, Zawiyah, Zintan y la zona de los Montes Nafusa se ha informado sobre casos de detenciones, tortura, asesinatos y desapariciones forzadas sistemáticas. Las víctimas son civiles que participaron en las manifestaciones, que se considera son desleales al régimen o han hablado con medios de comunicación, activistas o periodistas internacionales. Además, se ha detenido a ciudadanos de Egipto y de Túnez y se los ha expulsado de manera masiva debido a la percepción de sus vínculos con la revuelta popular. Se han destruido las mezquitas en las que oraban.
Existe igualmente información pertinente en relación con supuestos casos de violaciones. Al parecer, las víctimas de violaciones han sido detenidas y han sido objeto de acoso. En un caso muy sonado, una mujer informó a los medios de comunicación internacionales de cómo había sido violada por las fuerzas de seguridad debido a su presunta asociación con los rebeldes. La Fiscalía está investigando esas acusaciones.
Diversas fuentes también han informado acerca de la detención ilícita, los malos tratos y el asesinato de civiles africanos subsaharianos a quienes se confundió con mercenarios. Al parecer, multitudes furiosas de manifestantes atacaron a africanos subsaharianos de Benghazi y otras ciudades, matando a docenas de ellos. Las nuevas autoridades de Benghazi supuestamente detuvieron a una serie de africanos subsaharianos, y no está claro si eran trabajadores inmigrantes inocentes o combatientes, y se les ha hecho prisioneros de guerra.
Además, las acusaciones concretas sobre crímenes de guerra cometidos incluyen el uso de armas indeterminadas, como municiones en racimo, lanzacohetes y morteros múltiples y otras clases de armas pesadas, en zonas urbanas densamente pobladas, sobre todo en Misrata. Asimismo, existen informes de que las fuerzas bloquean la entrega de asistencia humanitaria. Algunas fuentes también han informado de que se ha utilizado a civiles como escudos humanos y se ha torturado a prisioneros de guerra o a civiles en el contexto del conflicto armado.
El número total de personas que han muerto desde el comienzo del conflicto se cuenta por millares. Según las Naciones Unidas, la cifra de desplazados incluye aproximadamente a 535.000 trabajadores migratorios, refugiados y solicitantes de asilo, y a 327.342 desplazados internos libios.
La Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, Sra. Navi Pillay; la Representante Especial del Secretario General para la cuestión de los niños y los conflictos armados, Sra. Radhika Coomaraswamy, y la Representante Especial del Secretario General sobre la violencia sexual en los conflictos, Sra. Margot Wallström, hablaron claramente sobre los presuntos crímenes.
Para concluir, permítaseme referirme a las próximas medidas. De conformidad con el Estatuto de la Corte, tengo el deber de concentrar las investigaciones y los enjuiciamientos en los principales responsables de los delitos más graves, sobre la base de las pruebas que surgen durante la investigación. Ello incluye a los que ordenaron, instigaron, financiaron o planificaron de cualquier otra forma la comisión de los presuntos crímenes.
Sobre esa base, en las semanas venideras, para aplicar el mandato establecido en virtud de la resolución 1970 (2011), en mi calidad de Fiscal, presentaré una causa ante la Sala de Cuestiones Preliminares de la Corte Penal Internacional. Solicitaré a los magistrados que emitan órdenes de detención contra tres personas que, al parecer, son los principales responsables por los crímenes de lesa humanidad que se han cometido en el territorio de Libia desde el 15 de febrero.
En todos los incidentes que se presentarán a los magistrados, las víctimas abatidas a tiros por las fuerzas de seguridad eran civiles sin armas, y no hay ninguna prueba de ataque alguno contra las fuerzas de seguridad. Para demostrarlo, mi Oficina ha compilado distintos tipos de pruebas. Hay por lo menos dos testigos oculares de cada incidente, documentos y, en muchos casos, corroboración de detalles mediante fotografías o vídeos. Se abrirán nuevas causas según sea necesario, teniendo en cuenta todo el ámbito de la delincuencia, incluidos los crímenes de guerra presuntamente cometidos por distintas personas en el contexto de la situación de Libia. Antes de continuar, informaré al Consejo por anticipado.
Tras mi solicitud, la Sala de Cuestiones Preliminares podrá decidir aceptar la solicitud, rechazarla o pedir a mi Oficina más información. En caso de que los magistrados decidan emitir órdenes de detención, la responsabilidad principal de ejecutarlas recaerá en las autoridades territoriales.
Mi Oficina sigue esperando respuesta sobre la cuestión relativa a las detenciones de representantes del régimen en Trípoli.
El Consejo Nacional Provisional se ha comprometido a ejecutar toda orden de detención, y ha solicitado la cooperación de la comunidad internacional.
Detener a los que ordenaron que se perpetraran crímenes contribuirá a la protección de los civiles en Libia. Si no se pone coto o se detiene a quienes ordenaron los crímenes, éstos continuarán. La actividad judicial disuadirá los crímenes al detener a los que ordenaron los crímenes y enviar un claro mensaje a otros posibles autores en Libia y en otros lugares, a saber, que la comunidad internacional no condonará tales delitos.
Las detenciones no podrán realizarse con éxito sin una planificación y una preparación serias, tareas que requieren tiempo. Ahora la comunidad internacional debe adoptar medidas que contribuyan a esta planificación práctica.
Como señaló el Secretario General, Sr. Ban
Ki-moon, en Kampala:
“Ahora tenemos la Corte Penal Internacional, permanente, cada vez más poderosa y con una mayor proyección. No habrá retroceso. En esta nueva era de rendición de cuentas, quienes cometen los peores crímenes de lesa humanidad deberán rendir cuentas de sus acciones.”
El Presidente (habla en francés): Doy las gracias al Fiscal Moreno-Ocampo por su exposición informativa.
Doy ahora la palabra a los miembros del Consejo.
Sir Mark Lyall Grant (Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte) (habla en inglés): Deseo dar las gracias al Fiscal por su informe y su exposición informativa de esta mañana. También quisiera aprovechar esta oportunidad para felicitar al Fiscal y a su personal por los infatigables esfuerzos que han desplegado para hacer justicia a las víctimas de crímenes internacionales. Los graves riesgos que corren en aras de la justicia internacional se pusieron de manifiesto recientemente con la muerte de Alain Lubamba Kongolo, miembro de la Fiscalía, que murió en un accidente aéreo mientras realizaba investigaciones en la República Democrática del Congo. Expresamos nuestras condolencias a su familia y a sus colegas.
Escuchamos esta mañana lo que se ha dicho sobre Libia y las acciones del régimen de Al-Qadhafi en los ataques contra los civiles. Cuando el Consejo de Seguridad aprobó la resolución 1970 (2011) (véase S/PV.6491), recalcó la necesidad de que los responsables de ataques contra civiles rindan cuentas. Damos las gracias al Fiscal por su rápida acción para aplicar la resolución 1970 (2011). En el informe que ha presentado se describe una situación que exige una acción decisiva. Según se señala en su informe, “los disparos contra… los manifestantes eran sistemáticos”; “los crímenes de guerra … se cometieron como parte de una política”; muchos centenares, o miles, de manifestantes han muerto; y “según se informa, se han cometido crímenes en masa por instrucción de unas pocas personas que controlan las organizaciones que ejecutan las órdenes”.
A pesar de que el régimen hizo reiteradas promesas de una cesación del fuego, seguimos viendo ataques atroces y un uso excesivo de la fuerza. La semana pasada, cuando el Viceprimer Ministro de Relaciones Exteriores de Libia anunció la retirada de Misrata, vimos una intensificación de los ataques con cohetes, ya que en los tres días siguientes se lanzaron centenares de cohetes que aterrizaron en zonas civiles. Además de la interrupción del suministro de agua y electricidad, estos actos ponen de manifiesto que hay una campaña para atacar a los civiles en Misrata. Ha habido ataques similares en otras ciudades.
Otros, incluida la Alta Comisionada para los Derechos Humanos, pusieron de relieve los ataques deliberados contra instalaciones médicas y civiles, la utilización de niños como combatientes, la denegación del acceso a la asistencia humanitaria y la utilización de la violencia sexual como arma.
Habida cuenta de estos actos delictivos deleznables, nosotros, como comunidad internacional debemos seguir respaldando al Fiscal en la investigación exhaustiva de estas acusaciones y exigiendo la rendición de cuentas a quienes han cometido estos actos.
El Reino Unido seguirá prestando asistencia en las investigaciones del Fiscal cuando sea posible. Todos los Estados Miembros de las Naciones Unidas, ya sean o no partes en el Estatuto de Roma, deben hacer lo mismo.
Los que detentan el poder en Libia tienen que cumplir sus obligaciones con arreglo a la resolución 1970 (2011) de cooperar con la Corte Penal Internacional y entregar de inmediato a cualquier persona que haya sido acusada.
Celebramos la cooperación que el Consejo Nacional Provisional de Transición ha prestado a la investigación hasta ahora, y lo alentamos a que continúe haciéndolo.
Como Estado parte en la Corte Penal Internacional y, por tanto, sujeto a su jurisdicción, el Reino Unido apoya con firmeza el mandato de la Corte de luchar contra la impunidad, en Libia y en otros lugares.
El deterioro de la situación en Siria suscita cada vez más preocupación en ese sentido. Debe ponerse fin de inmediato a la violenta represión que tiene lugar en el país. El Gobierno de Siria tiene la responsabilidad de proteger a los civiles y de no atacarlos. Los responsables de estos actos de violencia deben rendir cuentas. No puede haber impunidad. Apoyamos firmemente el llamamiento del Secretario General en favor de una investigación independiente, transparente y efectiva sobre los asesinatos. Debemos estar dispuestos a examinar todas las vías apropiadas, incluso la Corte Penal Internacional, para hacer justicia a las víctimas de estos crímenes. No obstante, no es demasiado tarde para que el Gobierno de Siria decida no continuar con la opresión violenta e introduzca las reformas radicales que se necesitan para lograr la paz y la estabilidad.
Sr. Wittig (Alemania) (habla en francés): Sr. Presidente: En primer lugar, deseo dar las gracias al Embajador Osorio por su destacada labor como Presidente del Consejo en el mes de abril y felicitarlo a usted por haber asumido la Presidencia del mes de mayo. Voy a hablar en francés, para rendirles homenaje a usted y a la francofonía.
Quisiera dar las gracias al Fiscal de la Corte Penal Internacional, Sr. Moreno-Ocampo, por su exposición y por la información que nos ha proporcionado sobre los avances de su investigación en Libia. Somos conscientes de la gran responsabilidad que incumbe al Fiscal, como órgano independiente de la Corte Penal Internacional, con respecto a la realización de la investigación en Libia.
Alemania apoya firmemente la labor de la Corte en Libia. Quisiera aprovechar esta oportunidad para agradecer al Fiscal y a su equipo que hayan emprendido una investigación rápidamente. Los autores de delitos contra el derecho internacional en Libia deben responder de sus actos lo antes posible, y se debe hacer justicia a las víctimas.
Al aprobar por unanimidad la resolución 1970 (2011) y al decidir remitir la situación de Libia a la Corte Penal Internacional, el Consejo de Seguridad demostró clarividencia. La resolución se centra en la protección de los civiles; cada Estado es responsable de proteger a su población de los delitos más graves. Este es el segundo mensaje implícito en la resolución 1970 (2011). Su importancia no se limita a Libia, sino que va más allá de ese país.
La violencia debe terminar lo antes posible en Libia y debe declararse una cesación del fuego sólida a fin de poder redoblar los esfuerzos en pro de una solución política. Las reuniones de Doha y de El Cairo contribuyeron en gran medida a concretar los objetivos que la comunidad internacional persigue más allá de la acción militar.
Consideramos que es importante hacer partícipes a todas las partes interesadas en un proceso político, en particular a los protagonistas de la región. El régimen de Al-Qhadafi jugó con su legitimidad y la perdió. Debe ceder el paso a un Gobierno nacido de la voluntad del pueblo, que se esforzará por implantar la democracia y la apertura de Libia. Esto también requerirá un proceso de reconciliación interior, así como una clarificación sistemática de los actos de injusticia que se hayan cometido. Por lo tanto, Alemania acoge con satisfacción el hecho de que la investigación de la situación en Libia se esté llevando a cabo no sólo con determinación sino también con la circunspección necesaria, en particular en materia de protección de los testigos. El rápido progreso inicial que se ha logrado en la investigación, del que el Fiscal nos ha informado, es alentador. Consideramos muy importante que se haga justicia lo antes posible a las víctimas del conflicto en Libia y que aquellos que tienen una responsabilidad específica y grave en los delitos de lesa humanidad y otros delitos graves según el Estatuto de Roma estén obligados a responder de sus actos. Quienes siguen cometiendo delitos graves en Libia deben saber una cosa: el Consejo de Seguridad y la Corte Penal Internacional, juntos si es necesario o por separado, dentro de sus respectivos ámbitos de competencia, velan por que los delitos contra el derecho internacional no queden impunes.
La cooperación por parte de la comunidad internacional con la Corte Penal Internacional es esencial a fin de arrojar tanta luz como sea posible sobre los graves delitos que presuntamente se han cometido en Libia. Alemania acoge con satisfacción la excelente cooperación que muchos Estados y organizaciones mantienen ya con el Fiscal. Sin embargo, la principal responsabilidad a este respecto corresponde a las autoridades libias. Las instamos a respetar los compromisos que les incumben en virtud de la resolución 1970 (2011) y a cooperar de manera rápida y plena con la Corte Penal Internacional y el Fiscal. Las autoridades libias deben permitir que el Fiscal inicie una investigación en el territorio de Libia tan pronto como sea posible.
Estamos muy preocupados ante el sufrimiento que se sigue infligiendo a la población civil de Libia. Las violaciones graves de los derechos humanos y del derecho internacional humanitario siguen estando a la orden del día. Estamos profundamente preocupados por los casos de violación y tortura, así como por el uso de armas en racimo y de armas pesadas contra la población civil, que el Fiscal describe en su informe. Condenamos con la máxima firmeza la continuación de la violencia e instamos a todas las partes en conflicto a poner fin a esos delitos y a respetar los derechos humanos y el derecho internacional humanitario.
Los esfuerzos desplegados por las Naciones Unidas, en particular por la Oficina de Coordinación de Asuntos Humanitarios, para aliviar el sufrimiento humano y coordinar la asistencia humanitaria son ejemplares y cabe aplaudirlos. Sin embargo, la situación en Misrata en particular sigue siendo inquietante. Alemania ha proporcionado recientemente fondos considerables para el transporte de asistencia humanitaria a Misrata. Mi país ya ha suministrado una considerable asistencia humanitaria a la población civil afectada por la crisis de Libia, y estamos dispuestos a seguir prestando más asistencia.
El Presidente (habla en francés): Doy las gracias al representante de Alemania por su declaración tan clara.
Sr. Cabral (Portugal) (habla en francés): También yo quisiera aprovechar la ocasión para felicitarlo por haber asumido la Presidencia del Consejo durante el mes de mayo y para expresar mi gratitud a la delegación de Colombia y al Embajador Osorio por su destacada labor durante el mes de abril. Lamentablemente, mi declaración fue preparada en inglés, así que voy a continuar en inglés.
(continúa en inglés)
Deseo dar las gracias al Fiscal de la Corte Penal Internacional, Sr. Moreno-Ocampo, por su informe y por su exhaustiva y esclarecedora exposición informativa de hoy. También quisiera felicitarlo a él y a todo su personal por el importante trabajo de investigación que fue capaz de llevar a cabo en un período tan corto de tiempo y en circunstancias difíciles.
Estamos muy preocupados por la situación humanitaria en Libia, debido a la persistencia de la violencia contra los civiles y las violaciones graves del derecho internacional humanitario. Deseamos expresar nuestra profunda preocupación por la información relativa a los delitos perpetrados contra agentes humanitarios, los constantes actos de violencia y los continuos crímenes de guerra, como se describe en el informe del Fiscal y como ha destacado hoy aquí el Sr. Moreno-Ocampo.
También nos inquietan las recientes declaraciones de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, del Representante Especial del Secretario General para la cuestión de los niños y los conflictos armados y del Representante Especial del Secretario General sobre la violencia sexual en los conflictos relativas a violaciones graves de los derechos humanos y del derecho internacional humanitario, de las que se hace gran eco la prensa internacional.
Dadas las circunstancias, la solución política se está volviendo cada vez más apremiante. En ese sentido, es indispensable alcanzar una cesación del fuego que sea verificable y sostenible. Por ende, felicitamos y apoyamos plenamente la función y los esfuerzos del Enviado Especial Al-Khatib para llegar a un acuerdo sobre una cesación del fuego y poner en marcha un proceso político inclusivo.
Sin embargo, no podemos olvidar la importancia de la justicia como valor fundamental de la sociedad humana y como parte inherente del proceso para lograr una paz sostenible y fomentar la confianza de las comunidades afectadas víctimas de una violencia que persiste.
La Corte Penal Internacional tiene un papel importante que desempeñar en este sentido no sólo para investigar los delitos más graves y para juzgar y castigar a los máximos responsables, sino también para prevenir la escalada de la violencia como herramienta de disuasión para los posibles autores y, a veces, como única fuente de esperanza para los civiles y las comunidades en peligro en zonas de conflicto. Por lo tanto, somos plenamente partidarios de que continúen los esfuerzos de investigación y elogiamos el apoyo que brindan al Fiscal los Estados y las organizaciones en estos esfuerzos. La cooperación con el Fiscal y la Corte es esencial para el éxito de las investigaciones penales y los procedimientos judiciales.
También deseamos subrayar la importancia de la protección de las víctimas y de los testigos, y elogiar a la Fiscalía por ejercer la máxima cautela en esta etapa, a fin de no poner en riesgo a las personas y al personal humanitario que han ofrecido sus testimonios.
Consideramos que la Comisión Internacional de Investigación de las Naciones Unidas, establecida por el Consejo de Derechos Humanos, que comenzó su investigación en Libia recientemente, debe desempeñar un papel importante en este contexto. Asimismo, acogemos con satisfacción la intención del Fiscal de mantenerse en estrecho contacto con ella. No obstante, somos conscientes de la repercusión de la labor de la Comisión en la situación sobre el terreno. Esperamos que la Comisión pueda concluir pronto su labor.
Por último, deseamos aprovechar esta oportunidad para expresar el apoyo de Portugal a la Corte Penal Internacional y a su papel fundamental en la lucha contra la impunidad y la promoción de la paz y la seguridad.
Sr. Hardeep Singh Puri (India) (habla en inglés): Deseo dar las gracias al Fiscal de la Corte Penal Internacional, Sr. Luis Moreno-Ocampo, por su exposición informativa de hoy. También he tomado nota de su informe al Consejo de Seguridad, presentado en virtud del párrafo 7 de la resolución 1970 (2011).
Como saben los miembros del Consejo, la India no es signataria del Estatuto de Roma ni miembro de la Corte Penal Internacional, por razones que son bien conocidas. En nuestra explicación de voto con respecto a la resolución 1970 (2011), de 26 de febrero (véase S/PV.6491), señalé que de los 192 Estados Miembros de las Naciones Unidas, sólo 114 son miembros de la Corte Penal Internacional. Cinco de los 15 miembros del Consejo de Seguridad, incluidos tres miembros permanentes, no son partes en el Estatuto de Roma. Sin embargo, votamos a favor de la resolución 1970 (2011) porque varios miembros del Consejo, incluidos nuestros colegas de África y del Oriente Medio, opinaban que, si se remitía la situación en Libia a la Corte Penal Internacional, se lograría una cesación inmediata de la violencia y la restauración de la calma y de la estabilidad.
Lamentablemente, la situación en Libia ha seguido deteriorándose y prosigue la violencia generalizada. Seguimos profundamente preocupados por los acontecimientos que ocurren en Libia y condenamos el uso de la fuerza contra civiles. Reiteramos nuestro llamamiento a todas las partes para que pongan fin inmediatamente a sus ataques contra civiles y entablen un diálogo político, a fin de resolver la crisis. Cuanto más dure el conflicto, mayor será el daño causado a la población libia, su economía y su sociedad.
Hemos observado que, tras su investigación preliminar, el Fiscal, basándose en la información disponible, ha determinado que hay motivos razonables para creer que se han cometido y se siguen cometiendo crímenes de lesa humanidad y crímenes de guerra en Libia. También hemos observado que la Fiscalía presentará su primera solicitud de una orden de detención a la Sala de Cuestiones Preliminares en las próximas semanas.
El Fiscal debe llevar a cabo una investigación exhaustiva e imparcial y no dejarse influenciar por ninguna consideración no judicial. Todos aquellos responsables de haber cometido crímenes contemplados en el Estatuto de Roma deben rendir cuentas, sin que importe a qué bando del conflicto pertenezcan e incluso si cambiaron de bando. Las consideraciones políticas no deben exonerar a nadie de ser enjuiciado por los crímenes cometidos. Cualquier medida que adopte la Corte Penal Internacional debe enmarcarse estrictamente en el ámbito de la resolución 1970 (2011), especialmente el párrafo 6, relativo a los Estados que no son partes en el Estatuto de Roma.
Sr. Messone (Gabón) (habla en francés): Deseamos dar las gracias al Fiscal, Sr. Moreno-Ocampo, por su primer informe presentado en virtud del párrafo 7 de la resolución 1970 (2011). Mi delegación ha leído con gran interés el informe y aprecia su concisión, la calidad de su análisis y las conclusiones claras a las que llega sobre los tres criterios principales que permiten determinar que la Corte es competente para investigar y enjuiciar a los autores de los crímenes perpetrados en Libia desde el 15 de febrero.
Observamos las dificultades que se presentan para llevar a cabo cualquier tipo de investigación en una situación de conflicto. Reafirmamos el compromiso del Gabón con la lucha contra la impunidad en todas sus formas. Esa es una posición de principios a la cual nos atenemos firmemente y es el fundamento de nuestra adhesión al Estatuto de Roma. De igual forma, nos atenemos firmemente a los principios fundamentales de la protección de los civiles, el derecho internacional humanitario y las normas internacionales de derechos humanos.
Recordamos nuestra profunda preocupación con respecto a la situación que sigue prevaleciendo en Libia. Respaldamos plenamente todas las decisiones del Consejo de Seguridad para poner fin a la violencia en el país. Por ello, instamos a todas las partes en el conflicto a acordar una cesación del fuego de inmediato. Reafirmamos aquí nuestro llamamiento para que se desplieguen todos los medios a fin de encontrar una solución política para este conflicto.
Dicho esto, el Gabón estima que el espíritu y la letra de todas las resoluciones aprobadas por el Consejo de Seguridad deben ser respetados. Su aplicación debe abarcar plenamente los crímenes cometidos por cualquiera de las partes en esta crisis. Los esfuerzos políticos actualmente desplegados no deben influir sobre la exigencia de que se haga justicia con respecto a los crímenes de lesa humanidad cometidos. Por ello, pedimos al Gobierno de Libia que coopere y no obstaculice las investigaciones en curso.
Afirmamos que es capital que el Consejo de Seguridad apoye todos los esfuerzos destinados a esclarecer todos los crímenes cometidos en todo el territorio libio, incluso contra trabajadores extranjeros, entre ellos los procedentes del África subsahariana. Lamentamos los ataques dirigidos específicamente contra la población civil que se manifiesta pacíficamente para expresar su aspiración a una Libia libre y democrática.
También insistimos en la necesidad de que el Fiscal disponga de todos los elementos necesarios para llevar a cabo una investigación imparcial. Por consiguiente, mi delegación celebra la estrecha cooperación entre el Fiscal y la Comisión Internacional de Investigación creada por el Consejo de Derechos Humanos durante su período extraordinario de sesiones, el 25 de febrero.
El Gabón asegura al Fiscal su plena disponibilidad a cooperar en sus esfuerzos destinados a lograr plenamente el objetivo fijado. Alentamos y pedimos a todas las partes en conflicto en Libia que cooperen incondicionalmente con la Corte Penal Internacional en el proceso entablado para esclarecer la índole de los crímenes a fin de poder enjuiciar a sus autores.
Para concluir, deseamos subrayar que, en nuestra opinión, la forma en la que se aborde este asunto y las conclusiones a las que se llegue contribuirán a reforzar los esfuerzos destinados a poner fin a la impunidad y permitirán reafirmar la autoridad y la imparcialidad de la Corte en esta crisis.
Sra. Viotti (Brasil) (habla en inglés): Doy las gracias al Fiscal, Sr. Moreno-Ocampo, por su exposición informativa y por el primer informe de la Corte Penal Internacional presentado en virtud de la resolución 1970 (2011). Nos preocupa que prosigan las hostilidades en Libia. Resulta ahora más urgente que nunca lograr una cesación inmediata del fuego y el establecimiento de un proceso político incluyente que aborde las aspiraciones de la población libia y permita alcanzar una paz duradera en Libia.
Brasil siente honda preocupación ante la violencia en curso y el uso de la fuerza contra civiles. Nos preocupan los informes de asesinatos de civiles, detenciones ilegales, tortura, desapariciones forzadas y violaciones. La remisión del caso de Libia a la Corte Penal Internacional, conforme al mandato de la resolución 1970 (2011), pone de relieve la preocupación de la comunidad internacional ante la agresión contra la población civil en Libia. Aquellos que controlan los recursos militares y sus subordinados deben poner fin a la violencia contra la población civil.
Mientras siguen desarrollándose los acontecimientos en Libia, esperamos que las investigaciones de la Corte puedan tener repercusión en los objetivos deseados: el fin de la violencia y el restablecimiento de la calma. En la etapa posterior al conflicto, el papel de la Corte seguirá siendo esencial para contribuir a garantizar la justicia y la rendición de cuentas, elementos tan importantes para el logro de una paz duradera.
Para que la Corte pueda contribuir a lograr estos objetivos vitales, las investigaciones en curso que puedan desembocar en procesamientos deben ser exhaustivas, transparentes e imparciales. Instamos a todas las partes en el conflicto a cooperar plenamente con la Corte.
Sr. Churkin (Federación de Rusia) (habla en ruso): Agradecemos al Sr. Moreno-Ocampo la presentación de sus consideraciones iniciales sobre las perspectivas de una investigación sobre la situación en Libia y su exposición informativa sobre la labor que lleva a cabo su Oficina de conformidad con la resolución 1970 (2011). El Consejo adoptó esa resolución por unanimidad y debido a su profunda preocupación ante el uso generalizado de la violencia contra los participantes en manifestaciones pacíficas en Libia, lo que provocó víctimas entre la población civil.
Lo que ha dicho hoy el Fiscal es alentador. Con profundo pesar, hemos escuchado la información relativa a la escalada de violencia en Libia. No hay duda de que la violencia sólo puede detenerse aplicando las medidas estipuladas en la resolución 1973 (2011), a saber, una inmediata cesación del fuego y los esfuerzos necesarios para encontrar una solución política.
Estamos profundamente alarmados por el creciente número de víctimas civiles y la destrucción de instalaciones civiles como consecuencia de las acciones de las partes libias en conflicto, en particular debido al uso de armas con efectos indiscriminados.
Por desgracia, hay que señalar que las acciones de las fuerzas de la coalición dirigida por la OTAN también están causando víctimas civiles, como se ha podido ver, en particular durante los recientes bombardeos en Trípoli. Hacemos hincapié una vez más en que cualquier uso de la fuerza por la coalición en Libia debe realizarse en estricto cumplimiento de la resolución 1973 (2011). Cualquier acto, sea cual fuere, que vaya más allá del mandato establecido en dicha resolución, así como el uso desproporcionado de la fuerza, son inaceptables.
Apoyamos los esfuerzos de la Corte Penal Internacional para llevar a cabo una investigación justa e imparcial de las acciones de todas las partes en el conflicto de Libia y procesar a los responsables de posibles crímenes de lesa humanidad y violaciones graves del derecho internacional humanitario en Libia.
Sr. Osorio (Colombia): Permítaseme, en primer lugar, agradecer al Fiscal Luis Moreno-Ocampo su asistencia a esta sesión y la valiosa, precisa y cuidadosa información que ha suministrado al Consejo de Seguridad con respecto a las acciones adelantadas por su Oficina en cumplimiento de lo dispuesto en la sección pertinente de la resolución 1970 (2011).
Los redactores del Estatuto de la Corte, entre los cuales Colombia se honra encontrarse, fueron conscientes de que el nuevo organismo judicial que se creaba no podría operar en el vacío y de que, en ciertas circunstancias, la figura del mantenimiento de la paz y la seguridad internacionales se podría superponer con la puesta en práctica del principio de la responsabilidad penal internacional y con la necesidad de llevar a los responsables de crímenes graves de trascendencia internacional ante la justicia. Es por esta razón que el propio Estatuto faculta al Consejo de Seguridad para remitir a la Corte situaciones en las que parezcan haberse cometido uno o más crímenes de competencia de la Corte.
El Consejo ha reafirmado importantes conceptos contenidos en la resolución 1970 (2011) que son pertinentes para el debate del día de hoy, entre ellos una determinación de que los ataques masivos y sistemáticos en contra de la población civil registrados en Libia pueden constituir crímenes de lesa humanidad. La sistemática represión armada resultante en cientos de muertes, arrestos ilegales, tortura y violencia sexual forman parte de la evidencia recogida en la investigación. Asimismo, el Consejo ha subrayado que todos aquellos responsables de ataques, o cómplices en ellos, incluidos los ataques aéreos y navales, dirigidos contra la población civil deben responder por las consecuencias de sus actos.
Mi Gobierno considera que uno de los grandes valores agregados que tiene el Consejo de Seguridad como principal responsable del mantenimiento de la paz y la seguridad internacionales es su credibilidad, la cual pasa necesariamente por el cumplimiento efectivo de sus decisiones. En este contexto, consideramos que el trabajo que está adelantando la Corte Penal Internacional en relación con la situación en Libia es de suma importancia para lograr un total y efectivo cumplimiento de la resolución 1970 (2011) y merece todo nuestro respaldo. Estamos aquí ante una decisión adoptada por el Consejo a la luz del Artículo 40 de la Carta, la cual claramente tiene carácter obligatorio para todos los Estados Miembros de la Organización.
Quiero resaltar que del informe remitido al Consejo la semana pasada y de la información complementaria presentada en el día de hoy por el Fiscal Moreno-Ocampo se desprende que la Corte y su Fiscalía han sido particularmente diligentes al momento de llevar a la práctica la parte pertinente de la resolución 1970 (2011).
El respeto del derecho internacional, del derecho internacional humanitario y de los derechos humanos es el camino fundamental para consolidar sociedades democráticas donde reine el Estado de derecho, sociedades que interactúen dentro de un sistema guiado por los principios y propósitos de la Carta de las Naciones Unidas y por las normas del derecho internacional.
Sr. Li Baodong (China) (habla en chino): Yo también quisiera agradecer al Sr. Moreno-Ocampo su exposición informativa.
La posición de China sobre la Corte Penal Internacional no ha cambiado. Concedemos una gran importancia a la lucha contra la impunidad y la consecución de la justicia. China siempre ha sostenido que la búsqueda de la justicia debe basarse en los valores fundamentales de la salvaguarda de la paz y la seguridad y el mantenimiento de la paz y la armonía internacionales.
En la actualidad, la crisis de Libia no parece remitir, y los esfuerzos por ponerle término han llegado a un punto muerto. Al mismo tiempo, la situación humanitaria sigue deteriorándose y la población civil sigue sufriendo sus graves consecuencias. China expresa su honda preocupación a este respecto.
China pide la aplicación completa y estricta de las resoluciones pertinentes del Consejo de Seguridad. La comunidad internacional debe respetar la soberanía, la independencia, la unidad y la integridad territorial de Libia. Los asuntos internos y el destino de Libia deben quedar en manos del pueblo libio. No estamos a favor de una interpretación arbitraria de las resoluciones del Consejo, como tampoco de cualquier acción que vaya más allá del mandato del Consejo.
China considera que en este momento la prioridad debe ser lograr una cesación del fuego completa e incondicional, tal y como lo exige el Consejo, y establecer un sistema de vigilancia de la cesación del fuego bajo los auspicios de las Naciones Unidas.
El diálogo y las negociaciones pacíficos son la mejor manera de avanzar hacia una solución política de esta crisis. Apoyamos los esfuerzos realizados por todas las partes interesadas, en particular la Unión Africana. Apoyamos la hoja de ruta de cinco puntos propuesta por la Unión Africana.
Las Naciones Unidas y el Consejo de Seguridad deben desempeñar un papel de liderazgo para resolver en forma adecuada la crisis de Libia. Quisiéramos que el Enviado Especial del Secretario General, Sr. Al-Khatib, asumiera una función más destacada en la vía política. Al mismo tiempo, quisiéramos que la Corte Penal Internacional evaluara como es debido la necesidad de resolver la crisis en Libia en sus esfuerzos por aplicar la resolución 1970 (2011) y que desempeñara un papel positivo y constructivo para restablecer de inmediato la paz, la seguridad y el orden en Libia.
Sr. Amieyeofori (Nigeria) (habla en inglés): Sr. Presidente: Deseo darle las gracias por haber convocado esta sesión importante para examinar la labor de la Corte Penal Internacional sobre la situación en Libia. Agradecemos también al Fiscal Principal de la Corte Penal Internacional, Sr. Moreno-Ocampo, su exhaustiva exposición informativa.
La lucha por la justicia y la batalla contra la impunidad son la esencia de los valores compartidos por la mayoría de los Estados Miembros, incluidos los que se han comprometido con los objetivos de la Corte Penal Internacional. Como Estado parte en el Estatuto de Roma, Nigeria reitera su apoyo a la labor de la Corte para garantizar que se rinda cuentas por los crímenes más graves que son motivo de preocupación de la comunidad internacional. La situación en Libia es una prueba inmediata no sólo para la Corte Penal Internacional como instrumento indispensable en nuestros esfuerzos colectivos por resolver los conflictos, sino también para nuestra decisión colectiva de mantener la paz y la seguridad internacionales. De hecho, en virtud del propio Artículo 1 de la Carta de las Naciones Unidas tenemos la obligación de tomar medidas colectivas para prevenir y eliminar las amenazas a la paz y lograr la paz por medios pacíficos.
En ese sentido, celebramos el primer informe del Fiscal al Consejo de Seguridad. En el informe se muestra un enfoque mesurado, lógico y amplio de la realización del examen preliminar de las acusaciones de violaciones de los derechos humanos en Libia y el posterior inicio de una investigación, de conformidad con la resolución 1970 (2011). El análisis fáctico inicial, según los umbrales de admisibilidad, gravedad y jurisdicción, nos permite comprender mejor el carácter y la magnitud de las violaciones que el pueblo de Libia ha sufrido y sigue sufriendo.
Las presunciones de hecho de crímenes de lesa humanidad justifican aún más que la Corte Penal Internacional realice una investigación y demuestran que esa medida es necesaria en interés de la justicia. Además, el carácter sistemático de los ataques contra civiles, el empleo cotidiano de armamentos imprecisos y las pruebas de intentos de ocultar los crímenes justifican la investigación rigurosa para determinar la responsabilidad penal.
Sin embargo, la situación política en Libia es compleja y el entorno de seguridad es frágil y variable. Para resolver la crisis libia, las resoluciones 1970 (2011) y 1973 (2011) se deben leer y aplicar conjuntamente. Las resoluciones se complementan y refuerzan entre sí. De hecho, se basan en el deseo de una solución pacífica y política para el conflicto libio. Por ello, se reconocen los esfuerzos de los interlocutores, como el Enviado Especial del Secretario General, Sr. Al-Khatib; el Grupo de Contacto sobre Libia y el Comité Especial de Alto nivel de la Unión Africana sobre Libia. Todas esas actividades son fundamentales para facilitar el diálogo entre las partes con el objetivo de consolidar la paz duradera.
Por ello, es importante que las actividades del Fiscal se calibren cuidadosamente para respaldar los esfuerzos políticos en curso a fin de hallar una solución pacífica. Si se pasa por alto esa dimensión importante se pueden poner en peligro las perspectivas de paz no sólo para Libia, sino para la región en general. Por consiguiente, es importante que se haga justicia de manera tal que no se pongan en peligro los esfuerzos encaminados a promover la paz y la estabilidad duraderas en el país.
Esa observación subraya la necesidad de que el equipo de la Fiscalía mantenga normas elevadas para las pruebas e imparcialidad frente a las pruebas convincentes e inquietantes. En ese sentido, deseo destacar la suerte de los africanos subsaharianos detenidos por las autoridades en Benghazi y hacer hincapié en la necesidad de garantizar que sus causas se gestionen con las debidas garantías procesales.
No debemos subestimar la gran responsabilidad que tiene el Fiscal al respecto. Es difícil que se pueda obrar en interés de la justicia sin la cooperación de la comunidad internacional. Como queda claro en el informe, al realizar su labor hasta el momento el Fiscal ha contado con la cooperación internacional, y hay que alentar a que dicha cooperación continúe. Estamos firmemente convencidos de que la participación de la Corte Penal Internacional debe impulsar nuestros esfuerzos colectivos para lograr la paz duradera en Libia y hacer realidad las aspiraciones del pueblo de Libia.
Sr. Mashabane (Sudáfrica) (habla en inglés): Sr. Presidente: Le doy las gracias por haber convocado esta sesión y por habernos brindado la oportunidad de interactuar con el Fiscal de la Corte Penal Internacional sobre la situación en Libia. Deseo también dar las gracias al Fiscal, Sr. Moreno-Ocampo, por su exposición informativa ante el Consejo de Seguridad. Nos asombró sobre todo la rapidez con que se realizaron las investigaciones.
Nuestra delegación no sólo respaldó la resolución 1970 (2011), sino que también la patrocinó. Nuestro apoyo a la remisión de la causa a la Corte Penal Internacional obedeció, entre otras cosas, al apoyo de Sudáfrica a la lucha de la comunidad internacional contra la impunidad y a la preocupación que hemos expresado por la escalada de la violencia en Libia. Como Estado parte en el Estatuto de Roma, Sudáfrica seguirá respaldando al Fiscal en relación con el conflicto en Libia. Como expresamos en nuestras declaraciones con ocasión de la aprobación de las resoluciones 1970 (2011) y 1973 (2011) (véase S/PV.6491 y S/PV.6498), han preocupado y siguen preocupando a Sudáfrica los crímenes perpetrados contra civiles y las violaciones de los derechos humanos cometidas en el contexto del conflicto en Libia.
Como punto de partida, observamos que el nivel de pruebas para la decisión de iniciar una investigación es muy inferior al que se necesita para el éxito de un enjuiciamiento. Por consiguiente, instamos al Fiscal a que no escatime esfuerzos en la búsqueda de más pruebas para fortalecer las causas contra los que han cometido atrocidades. Esperamos que el fiscal examine todas las atrocidades cometidas por ambas partes en el conflicto.
Como se señala en el informe del Fiscal, la actual situación en Libia ya ha pasado a ser un conflicto armado. Es probable que tanto las fuerzas del Gobierno como las de la oposición hayan cometido crímenes. Para proteger la integridad de la Corte y garantizar que se proteja a todos los atrapados en el fuego cruzado del conflicto, hay que tener en cuenta todos los crímenes, independientemente de los perpetradores. Por supuesto, esa afirmación no va en perjuicio de la decisión del Fiscal sobre quién tiene la mayor responsabilidad por los delitos más graves.
Por último, varias delegaciones han formulado preguntas sobre la aplicación de la resolución 1970 (2011). En particular, se ha preguntado si las acciones de los Estados que la aplican han sido coherentes con la letra y el espíritu de la resolución 1970 (2011). Somos conscientes de que en el párrafo 6 de la resolución se establece una salvedad con el objetivo de excluir la jurisdicción de la Corte en esos casos. Sin embargo, recordamos que la salvedad en el párrafo 6 se limita a las acciones establecidas o autorizadas por el Consejo de Seguridad. Por lo tanto, las acciones que no estén comprendidas en la resolución 1973 (2011) no deberán beneficiarse de la protección que ofrece la salvedad. Esperamos sinceramente que, al examinar las pruebas, la Fiscalía examine también todos los actos que se puedan haber cometido como parte de la presunta aplicación de la resolución 1973 (2011).
Permítaseme concluir asegurando al Fiscal que Sudáfrica seguirá cooperando con las actividades de la Corte Penal Internacional. Esperamos con interés volver a escuchar al Fiscal dentro de seis meses y que, para entonces, la Corte Penal Internacional haya emitido autos de acusación contra los principales responsables de las atrocidades cometidas en Libia. Nos complace que el Consejo tenga la intención de presentar pronto una causa ante la Corte Penal Internacional, procurando obtener órdenes de detención contra tres personas. Esperamos que, con el tiempo, se amplíe el alcance de estas medidas.
Sra. Rice (Estados Unidos de América) (habla en inglés): Para comenzar, permítaseme agradecer al Fiscal su exposición informativa tan importante y esclarecedora.
En la resolución 1970 (2011), el Consejo decidió por unanimidad remitir la situación en Libia al Fiscal de la Corte Penal Internacional. Al hacerlo, el Consejo reflexionó sobre la importancia que la comunidad internacional concede a garantizar que se enjuicie a los responsables de los ataques generalizados y sistemáticos contra el pueblo de Libia.
El Fiscal ha puesto de relieve los actos profundamente inquietantes del Gobierno de Libia y de sus fuerzas de seguridad, incluidos los incidentes en los que las fuerzas de Al-Qadhafi dispararon contra civiles, los informes de tortura, violaciones, deportaciones, desapariciones forzadas, el uso de municiones en racimo y de armamento pesado contra blancos en zonas urbanas densamente pobladas y el bloqueo de la asistencia humanitaria. Todo ello pone de manifiesto la gravedad de lo que actualmente presenciamos en la actualidad en Libia.
Nuevos informes dejan claro que el régimen de Al-Qadhafi sigue considerando a los civiles blancos directos, por lo que siguen siendo necesarias la justicia y la rendición de cuentas. Además, con esos informes se pone de relieve el mensaje, que hemos reiterado en nuestras declaraciones y esfuerzos diplomáticos, de que Al-Qadhafi ha perdido todo tipo de legitimidad para gobernar Libia.
A medida que avanza el proceso de la Corte Penal Internacional, es importante que la comunidad internacional siga estando unida en su compromiso de proteger a los civiles y las zonas pobladas por civiles que se ven sometidos a la amenaza de ataques, poner fin a los actos de violencia cometidos contra el pueblo libio y defender los derechos universales que todos nosotros compartimos.
Mi Gobierno acoge con agrado la rápida y detallada labor del Fiscal. Ha declarado que tiene la intención de presentar en las próximas semanas una solicitud de una orden de arresto. El espectro de la acusación de la Corte es serio e inminente, y debe servir de advertencia a los que rodean a Al-Qadhafi de los peligros que entraña seguir vinculando su destino al suyo. El Fiscal también ha indicado que podrían incoarse nuevas causas, según corresponda, contra personas involucradas en otros crímenes que pudieran cometerse en días venideros.
Mañana miembros de la comunidad internacional se reunirán en Roma para examinar los medios de apoyar un proceso político que promueva los derechos y las aspiraciones del pueblo libio. Se han presentado diversas propuestas para solucionar la crisis. Con nuestros aliados y asociados, incluido el Enviado Especial de las Naciones Unidas, Sr. Al-Khatib, seguimos examinándolas, junto con otras soluciones posibles.
Estamos convencidos del potencial del pueblo libio. Estamos convencidos de que merecen líderes que compartan y apoyen sus aspiraciones a la libertad, la democracia y la dignidad. A través de su brutal opresión, Al-Qadhafi ha demostrado repetidamente que no está interesado en una Libia que atienda las esperanzas y respete los derechos de su pueblo.
Sr. Salam (Líbano) (habla en árabe): Ante todo, quisiera expresar mi gratitud al Fiscal Luis Moreno-Ocampo por su exposición informativa. Valoramos muy positivamente sus esfuerzos y los de su Fiscalía, que contribuyen a proteger a los civiles libios y a aplicar el estado de derecho.
El Líbano recuerda que en una reunión extraordinaria de emergencia, celebrada el 22 de febrero, el Consejo de la Liga de los Estados Árabes condenó los actos cometidos contra los ciudadanos libios por constituir graves violaciones de los derechos humanos y del derecho internacional humanitario. Asimismo, recordamos la carta de fecha 26 de febrero del Representante Permanente de Libia ante las Naciones Unidas, en la que solicitaba que los responsables del asesinato de civiles libios fueran enjuiciados por la Corte Penal Internacional.
El Líbano está profundamente preocupado por el deterioro de la situación en Libia y por la actual conducta del régimen libio desacreditado y deslegitimizado, especialmente en Misrata, Zintan y otros sitios. El régimen también ha estado involucrado en el uso de armas pesadas y bombas en racimo contra civiles. Lo que hace poco oímos decir a la Sra. Navi Pillay, Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, nos inquieta aún más.
El Líbano acoge con agrado el informe sobre las actividades de la Fiscalía durante los dos últimos meses en relación con la situación en Libia. Encomiamos la cooperación de los Estados miembros y no miembros, así como de otras organizaciones, según se menciona en el informe. Esa cooperación, brindada a raíz de la resolución 1970 (2011) del Consejo de Seguridad, envía un mensaje claro de la comunidad internacional en relación con la protección de los ciudadanos libios de las violaciones a las que se han visto sometidos desde el 15 de febrero.
El Líbano también encomia la labor desempeñada por la Fiscalía para proteger a los testigos y garantizar que sus contribuciones y revelaciones de hecho no pongan en peligro su vida. El comportamiento de la Fiscalía se ha caracterizado por un alto nivel de responsabilidad profesional.
El Líbano subraya la importancia de exigir la rendición de cuentas de los autores de crímenes aborrecibles contra el pueblo libio, que está ansioso por alcanzar su libertad. Estamos también convencidos de que el éxito de la Corte en esos esfuerzos servirá de factor de disuasión en el futuro y de instrumento que permita poner fin a la impunidad en Libia. En este sentido, encomiamos los comentarios del Fiscal sobre la publicación inminente de las órdenes de detención.
Para concluir, el Líbano espera con interés que la justicia contribuya a aliviar la frustración y la aflicción de las familias de los mártires de Libia, reduzca el sufrimiento de las personas heridas y torturadas, permita a los desplazados internos y a los refugiados regresar a sus hogares y restaure la paz y la seguridad en Libia.
Sr. Barbalić (Bosnia y Herzegovina) (habla en inglés): Permítaseme dar la bienvenida al Fiscal de la Corte Penal Internacional a la sesión de hoy y agradecerle su exposición informativa exhaustiva. Asimismo, deseo dar las gracias al Fiscal por haber elaborado el informe que nos ha proporcionado una perspectiva general y un análisis más precisos de la situación sobre el terreno. De manera inequívoca, describe la grave situación e informa sobre hechos que, lamentablemente, han sido confirmados de exposición informativa en exposición informativa.
Lamentablemente, en el informe del Fiscal de la Corte Penal Internacional se presentan más pruebas de violaciones graves y constantes del derecho internacional humanitario y el derecho relativo a los derechos humanos y del deterioro de la situación, incluidos los actos de violencia sistemáticos contra la población civil. Condenamos con firmeza dichos actos de violencia y los consideramos inaceptables.
Bosnia y Herzegovina está gravemente preocupada por los presuntos crímenes y por la manera en que se cometieron, lo cual tan solo fortalece nuestra convicción de que la remisión de la situación en Libia a la Corte se ajusta a nuestros compromisos y obligaciones.
Solamente después de dos meses de investigación, el informe del Fiscal ya contiene pruebas de incidentes que constituyen presuntos crímenes de guerra y crímenes de lesa humanidad. Estamos firmemente convencidos de que abordar esos crímenes y castigar a los culpables es, sin lugar a dudas, la principal condición previa para la reconciliación, así como para la paz y la estabilidad sostenibles y duraderas. La impunidad no es una opción, y estoy seguro de que todos estamos de acuerdo al respecto.
Por esas razones precisas, y basándonos en nuestro convencimiento firme e inquebrantable sobre el valor del sistema de justicia, estimamos que la plena aplicación de las resoluciones 1970 (2011) y 1973 (2011) reviste la máxima importancia. Las obligaciones que se derivan de esas resoluciones no son facultativas.
Para concluir, estamos firmemente convencidos de que la condena de los graves crímenes y atrocidades bajo la jurisdicción de la Corte es unánime e inquebrantable. Mi país sigue comprometido con las ideas y los objetivos de la Corte, así como con sus propias obligaciones. Además, el Fiscal de la Corte cuenta con nuestro pleno apoyo a su labor.
El Presidente (habla en francés): A continuación formularé una declaración en mi calidad de representante de Francia.
Doy las gracias al Fiscal Moreno-Ocampo por su informe y su exposición informativa. Cuando un Gobierno ataca a la población civil en vez de protegerla; cuando las atrocidades cometidas remuerden la conciencia humana y cuando la estabilidad de toda una región se ve afectada, la comunidad internacional tiene la responsabilidad de intervenir y proteger a los civiles. Eso es lo que hemos hecho en Libia.
Ante las atrocidades cometidas por los dirigentes libios, la Liga de los Estados Árabes, la Unión Africana y el Secretario General de la Organización de la Conferencia Islámica han condenado desde mediados de febrero las graves violaciones de los derechos humanos y del derecho internacional humanitario. El Consejo de Seguridad también reaccionó con rapidez, al adoptar por unanimidad, el 26 de febrero, la resolución 1970 (2011), en la que se remitía la situación en Libia al Fiscal de la Corte Penal Internacional.
En su informe, el Fiscal confirma los temores manifestados por el Consejo. Los ataques de las fuerzas de seguridad contra manifestantes pacíficos fueron, desde el 17 de febrero, sistemáticos y generalizados. Los civiles sospechosos de haber estado vinculados a las manifestaciones fueron detenidos arbitrariamente, secuestrados y torturados.
El Fiscal también enumera los crímenes de guerra cometidos en el contexto del conflicto armado. En Misrata y en otros lugares los objetivos militares no son los objetivos prioritarios, sino más bien la población civil, mediante la utilización de granadas de fragmentación y francotiradores, ataques contra hospitales y el sembrado de minas en los puertos para obstaculizar la evacuación de los civiles. El Fiscal señaló también que examinará toda acusación de ataques contra migrantes africanos.
Al remitir la situación en Libia a la Corte Penal Internacional, tomamos una decisión importante por unanimidad. Fue una decisión ponderada, que tenía por objetivo garantizar que los principales responsables fuesen enjuiciados, juzgados y encarcelados. El proceso judicial está en marcha y debe seguir su curso.
Como explicó el fiscal, la Corte Penal Internacional enjuiciará solamente a los principales responsables: los que organizaron, ordenaron o financiaron los crímenes. Aún hay tiempo para que quienes fueron inducidos erróneamente a participar en la campaña criminal dirigida por Al-Qadhafi contra civiles inocentes se desvinculen de ella. No puede haber solidaridad política ni de otro tipo con aquellos que ordenan o cometen tales crímenes.
Francia celebra que, de conformidad con la resolución 1970 (2011), los Estados y las organizaciones regionales hayan ofrecido su plena cooperación al fiscal, permitiendo así que su investigación avanzara rápidamente. En el futuro, independientemente de las decisiones que adopten los magistrados, el Consejo, unido y decidido, tendrá que apoyarlas.
Reanudo ahora mis funciones como Presidente del Consejo.
No hay más oradores inscritos en mi lista. El Consejo de Seguridad ha concluido así la presente etapa del examen del tema que figura en el orden del día.
Se levanta la sesión a las 11.25 horas.
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