Si la democracia representativa integrada por funcionarios electos y nombrados, y la democracia directa, la del pueblo, a través de quienes ejercen sus derechos conquistados en los Artículos 8, 9, 11, 39 y 136 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos son vasos comunicantes en la medida que: “todo poder público dimana del pueblo y se instituye para beneficio de éste”, entonces la conquista de los derechos humanos son el fundamento de ambas a través de sus componentes. Y es que con revoluciones, revueltas, rebeliones, huelgas y hasta manifestaciones contra los gobernantes han tenido que poner límites (el republicanismo) a quienes ejercen los poderes. Y con gloriosas revoluciones han conquistado libertades y derechos contra los abusos públicos y privados desde Atenas y Roma, donde su pivote han sido los derechos humanos que siguen siendo reconquistados en luchas abiertas y en los tribunales; cuando estas instituciones, tras un penoso aprendizaje, han tenido que resolver, como fines político-democráticos, lo establecido en los medios jurídicos del derecho positivo, que estructuran al llamado estado de derecho.
15. diciembre, 2013 Álvaro Cepeda Neri * Ex Libris
Además de texto de consulta y para estudio en general, el libro de José Francisco Cilia López intitulado Los jueces nacionales frente a los derechos humanos, y su singular bibliografía, por su apoyo en la legalidad del tema, es de excelencia académica. Hace girar la exposición en la innovadora reforma constitucional promulgada en 2011 para reconocer, no para otorgar –dice su autor–, los derechos humanos a la sociedad civil. El que este estudio se apoye en los rendimientos de las sesiones y documentos generados por los jueces constitucionales de la Suprema Corte de Justicia de la Nación evidencia su conciencia crítica con respecto de la creación jurídica del derecho positivo e histórico. Presentar el desahogo de los derechos humanos en todas las instancias de los tribunales del Estado mexicano, y gestionar sus resoluciones, implica una formación jurídica rigurosa.
Es un estudio completo a través de siete capítulos, en los que Cilia López, con el derecho positivo como punto de partida, desarrolla lo que cita en el capítulo II (página 46 a la 53): que es un necesario repaso histórico del tránsito de los derechos humanos que inician desde el estira y afloja entre la democracia directa y la indirecta con los griegos-atenienses (Robert Cohen, Atenas, una democracia, Aymá editorial).
Todo el recorrido temático del texto pone al lector al tanto del asunto que se ha puesto de actualidad en nuestro sistema judicial de derecho positivo, o como se dice: “de moda”, para hacer prevalecer los derechos humanos de los mexicanos desde una perspectiva nacional e internacional. Los estudiantes de las facultades de derecho sobre todo, y los lectores en general, tienen en él una guía indispensable que remata con la descripción de los nuevos fines de la Ley de Amparo, pieza clave para la defensa de los derechos humanos. Es un trabajo que logra su objetivo y brinda un servicio doble: académico-universitario y para la información de toda clase de lectores.
Ficha bibliográfica:
Autor: José Francisco Cilia López
Título: Los jueces nacionales frente a los derechos humanos
Editorial: Porrúa, 2013
*Periodista
Contralínea 365 / 16 – 22 de diciembre de 2013
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