Pocos casos constituyen tan claro ejemplo de que es posible mejorar como persona después de haber estado en prisión, como el de los hermanos Aranda Ochoa, quienes han sido defendidos en diversos momentos por organizaciones integrantes de la Red Nacional de Organismos Civiles de Derechos Humanos Todos los Derechos para Todos y Todas (Red Tdt). Actualmente, el Centro de Derechos Humanos Fray Francisco de Vitoria, OP, AC, es codenunciante ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) debido a las violaciones a sus derechos al acceso a la justicia, debido proceso e integridad personal, documentadas en este caso. Los hermanos Aranda llevan casi 18 años en prisión, más de dos tercios de su sentencia, por haber sido acusados de un secuestro y de intentar otro; en ambos casos se trató de familiares de políticos de regímenes pasados.
Centro de Derechos Humanos Fray Francisco de Vitoria, OP, AC
Han cumplido en su mayor parte dicha condena, no obstante que ésta haya sido muy cuestionada debido a que está infestada de irregularidades y arbitrariedades, como la desaparición de evidencias, de informes médicos, contradicciones de la parte acusadora, entre otras. Ahora se comete una más al negarles los beneficios de preliberación a los que tienen derecho al cumplir con todos los requisitos que exige la ley, los cuales se ganaron ejemplarmente pese a las adversidades y extremas condiciones de carencia en el reclusorio.
El Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal ha sido claramente adverso y no ha tomado en consideración dichas anomalías jurídicas, pero sí ha tomado disposiciones que les han perjudicado, por ejemplo, haber cambiado al juez el día de la sentencia de la reposición de procedimiento que ordenó un tribunal federal en 2005. Además, durante 1 año, los inculpados presentaron testimonios de descargo en audiencias en las que no estuvo presente el improvisado juez sustituto. Hayan sido culpables, suponiendo sin conceder, y sólo comprobándose, según se desprende del expediente, que a diferencia de cualquier secuestro mercenario no se habría amenazado con causarle algún daño, no tratándose de un caso de delincuencia organizada, la existencia de un perfil ideológico, el excepcional buen trato, en palabras de la misma presunta plagiada, ya habrían pagado con creces la presunta culpabilidad, como lo demuestran notas técnicas y laudatorias por méritos excepcionales durante su reclusión, rubricadas por las autoridades de todas las áreas penitenciarias. Aún más a sabiendas de que uno de ellos se graduó en la carrera de derecho; el otro, como maestro en Kundalini Yoga, además de obtener 14 premios nacionales de literatura y el Premio al Fomento de la Lectura México Lee 2011, entregado por primera vez a un preso; ha escrito ocho libros aún inéditos y un guión cinematográfico en su reclusión. Ambos han impartido clases ininterrumpidamente en el Centro Escolar del reclusorio. A uno le negaron beneficios al aplicar retroactivamente una ley en su perjuicio, medida claramente inconstitucional; a otro, por haber participado en “pocos cursos”: sólo le validaron 19 de los 82 que acreditó de manera documentada. Sería deseable constatar que no existe línea desde las cúpulas del poder para no conceder beneficios, en general, a los delitos considerados de alto impacto social, máxime que aún no hay legislación que lo prohíba. Entonces, la subrepticia medida sería anticonstitucional, discriminatoria e implicaría castigar dos veces por los mismos hechos, y por ende una grave violación de derechos humanos y a la independencia de jueces y magistrados, a quienes se les obliga, en algunos casos, a firmar resoluciones aberrantes.
Con todo esto se manda un pésimo y riesgoso mensaje a las personas que se enfrentan a las desesperantes situaciones en el sistema de justicia mexicano, que por más cursos que tomaran o participaran en actividades rehabilitadoras no se les concederían beneficios que tienen por derecho. Se activa entonces una bomba de tiempo que complica la labor de la Subsecretaría del Sistema Penitenciario del Distrito Federal, además de ir en contra de los derechos de las personas en reclusión. Más grave aún sería que en un estado de derecho se combatan los actos delictuosos con disposiciones dictadas desde la extralegalidad. En el caso que nos ocupa, la resolución negativa robustecerá la denuncia presentada desde 2013 ante la CIDH, aunado a que sufren hostigamiento constante.
Otro aspecto importante es que se falsificó la firma de uno de sus abogados, a fin de pedir la preliberación prematuramente, justo en el momento de un sonado secuestro, queriendo así sabotear la posibilidad de salir de la cárcel. Los hermanos Aranda no sólo han recibido apoyo de organizaciones no gubernamentales, sindicatos u organizaciones políticas de izquierda, sino que internacionalmente lo han tenido de Lawyer’s Committee for Human Rights, que publicó un libro sobre derechos humanos donde el primer anexo es sobre este caso. Asimismo, el Pen Club ha enviado varias cartas a autoridades mexicanas solicitando la liberación de los hermanos Aranda Ochoa y ha dado espacio en sus congresos internacionales a la lectura de poemas de Enrique. Amnistía Internacional, en su investigación Juicios injustos; tortura en la administración de justicia en México, publicada en 2003, tiene entre uno de sus anexos este caso. La Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal emitió la Recomendación 12/2002 por tortura y violación de garantías jurídicas. Aún permanece abierta, después de 15 años, la averiguación previa contra servidores públicos de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal, sin que se le haya podido dar carpetazo pese a los reiterados intentos, apostándose a una vergonzosa prescripción de los delitos cometidos. ¿Cómo podrían los hermanos Aranda Ochoa defraudar toda la confianza que tantas organizaciones han depositado en ellos? Posibilitar la libertad a que tienen derecho no es únicamente un acto humanitario de elemental justicia, sino que jurídica y éticamente es correcto y conveniente conforme a la razón y el corazón humanos.
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