El Consejo,
1. Toma nota de las exposiciones informativas presentadas por el Comisionado para la Paz y la Seguridad de la Unión Africana, Embajador Smail Chergui, y el Alto Representante de la Unión Africana para Sudán del Sur, ex-Presidente Alpha Oumar Konare, sobre la situación en Sudán del Sur. El Consejo toma nota también de la declaración formulada por el representante de la República de Sudán del Sur;
2. Recuerda sus anteriores comunicados y comunicados de prensa relativos a la situación en Sudán del Sur, en particular el comunicado PSC/PR/1(DCXVI), aprobado en su 616ª sesión, celebrada el 11 de agosto de 2016 en Addis Abeba, así como la decisión de la Asamblea de la Unión Africana sobre la situación en Sudán del Sur, adoptada en el 27º período ordinario de sesiones de la Asamblea, que tuvo lugar en Kigali el 18 de julio de 2016;
3. Expresa su satisfacción por los esfuerzos realizados, en circunstancias muy difíciles, por la Autoridad Intergubernamental para el Desarrollo Plus (IGAD-Plus), incluidos el Comité Especial de Alto Nivel de la Unión Africana para Sudán del Sur, el Alto Representante de la Unión Africana para Sudán del Sur, ex-Presidente Alpha Oumar Konare, y el Presidente de la Comisión Mixta de Vigilancia y Evaluación, ex-Presidente Festus Mogae, para restablecer la paz en Sudán del Sur;
4. Reitera que la situación en Sudán del Sur repercute gravemente en la paz y la estabilidad de la región, y destaca que el único camino para resolver el conflicto en ese país es el del diálogo político;
5. Acoge con beneplácito el comunicado conjunto del Gobierno de Transición de Unidad Nacional de Sudán del Sur y los miembros del Consejo de Seguridad emitido el 4 de septiembre de 2016 (S/2016/776, anexo), como corolario de una misión sobre el terreno realizada por el Consejo de Seguridad en Sudán del Sur. El Consejo solicita a la Comisión de la Unión Africana que finalice las consultas con el Gobierno de Transición de Unidad Nacional para que pueda llevar a cabo, a la mayor brevedad posible, su propia misión sobre el terreno prevista en Sudán del Sur;
6. Insta una vez más a las partes en el Acuerdo para la Solución del Conflicto en la República de Sudán del Sur, firmado en agosto de 2015, a que promuevan la confianza mutua, defiendan el interés de su país y su pueblo por sobre toda otra consideración y apliquen escrupulosamente el Acuerdo;
7. Exhorta a todos los interesados regionales e internacionales a que apoyen la aplicación del Acuerdo y promuevan todos los esfuerzos orientados a garantizar la paz en Sudán del Sur, en apoyo del Gobierno de Transición de Unidad Nacional. Además, el Consejo recalca la importancia de abordar también los aspectos económicos y de desarrollo del conflicto;
8. Recalca también la importancia de promover la reconciliación, la recuperación integral y la unidad nacional para asegurar la sostenibilidad de la paz, la estabilidad y el desarrollo en Sudán del Sur. El Consejo destaca además la necesidad de exigir cuentas a quienes hayan cometido atrocidades, a fin de erradicar y prevenir la impunidad en lo sucesivo;
9. Reitera también la importancia de aprovechar todas las capacidades africanas disponibles para afrontar la situación en Sudán del Sur, en particular las capacidades africanas de mantenimiento de la paz de los Estados miembros que están dispuestos a participar adecuadamente en la Fuerza Regional de Protección propuesta;
10. Subraya la importancia de desplegar la Fuerza Regional de Protección, de conformidad con lo dispuesto en la resolución 2304 (2016) del Consejo de Seguridad, de 12 de agosto de 2016, y en total coordinación con el Gobierno de Transición de Unidad Nacional, con miras a llegar a un consenso sobre todos los detalles relativos a la formación de la Fuerza, así como sobre su despliegue, mandato y zonas de operación, en el marco de los principios rectores del mantenimiento de la paz, y para que la Fuerza pueda cumplir su mandato;
11. Insta al Gobierno de Transición de Unidad Nacional a que ponga a disposición de todos los interesados pertinentes la matriz revisada sobre la aplicación del Acuerdo a fin de evaluar sus consecuencias;
12. Acoge con beneplácito la disposición de la República Árabe de Egipto a participar activamente en la Fuerza Regional de Protección en Sudán del Sur;
13. Destaca la necesidad de lograr una mayor coordinación entre el Consejo de Seguridad, el Consejo de Paz y Seguridad de la Unión Africana, la Autoridad Intergubernamental para el Desarrollo y los países africanos que son miembros no permanentes del Consejo de Seguridad, para llegar a un consenso sobre los detalles y las medidas del despliegue de la Fuerza Regional de Protección;
14. Alienta la coordinación operacional entre la Misión de las Naciones Unidas en Sudán del Sur y la Fuerza Regional de Protección con miras a alcanzar la paz y la estabilidad en Sudán del Sur y evitar duplicaciones en sus mandatos;
15. Decide seguir ocupándose activamente de la cuestión.
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