En México, las Áreas Naturales Protegidas están desapareciendo. Cambio de uso de suelo, ganadería extensiva, erosión, desarrollo urbano, tráfico de especies, tala clandestina, contaminación, son algunas causas. Pero ante todo es la ausencia de planes de manejo para su preservación y restauración
Aun cuando las Áreas Naturales Protegidas (ANP) son fundamentales para mitigar los desafíos ambientales establecidos por la Organización de las Naciones Unidas (ONU), como el cambio climático, la pérdida de biodiversidad, la crisis hídrica, la inseguridad alimentaria, los desastres naturales, de las 177 áreas reconocidas en México, 75 de ellas (42.4 por ciento) no cuentan con programas de manejo, por lo que está en riesgo su preservación, restauración y conservación.
El abandono y la omisión del gobierno federal en la promulgación de programas de manejo de las ANP, coloca al país en un grave riesgo de enfrentar catástrofes ambientales, incumplir tratados internacionales de protección al ambiente y atenta contra los derechos humanos de las comunidades y población en general de las zonas donde se ubican, alertan organizaciones ambientalistas.
De acuerdo con la ley ambiental, el programa de manejo “es un instrumento de gestión fundamental para el objeto de las propias áreas protegidas: conservación de los ecosistemas y su biodiversidad; que a su vez, contribuye a garantizar la observancia del derecho humano a un medio ambiente sano, en virtud de las características propias de cada área, al sentar las bases de manejo y administración en materia de desarrollo sustentable, conservación y preservación”.
Yum Balam y el Caribe Mexicano
Un caso emblemático de la falta de un programa de manejo es el área de protección de flora y fauna Yum Balam, donde se ubica la isla de Holbox, Quintana Roo, el cual después de 22 años se expidió a fines de noviembre de este año de manera apresurada, sin cumplir con las obligaciones legales que impone el procedimiento administrativo y sin haber garantizado la consulta pública, advierte Alejandro Olivera, del Centro para la Biodiversidad Biológica (CDB).
Asimismo, el decreto de la Reserva de la Biósfera del Caribe Mexicano, cuyo programa de manejo también fue aprobado en esa fecha, que incluye la Riviera Maya, donde quedan pendientes temas como el número de construcciones que pueden edificarse, el tratamiento de aguas residuales y el alcantarillado, señala Edith Martínez, integrante de Greenpeace.
Los representantes del CDB, Greenpeace y del Centro Mexicano de Derecho Ambiental (Ricardo Ruíz Esparza) coinciden en que Yum Balam es un ejemplo de los daños que puede sufrir un área natural protegida si no se tienen programas de manejo que delimiten las capacidades de carga y para la protección del ecosistema.
Por ello, argumentan que para la Reserva de la Biósfera del Caribe Mexicano se requiere la aplicación de un plan integral de gestión de la zona para proteger a 5 millones 754 mil 55 hectáreas de zonas arrecifales, fondos marinos profundos y lagunas costeras, así como áreas terrestres de humedales y zonas costeras.
Los activistas advierten que si bien la emisión de los programas de manejo para esta zona del país es un paso importante, no es suficiente para la protección de los recursos naturales. “Pareciera que sólo es un intento del gobierno federal para lucirse durante la XIII Conferencia de las Partes del Convenio de Diversidad Biológica que se celebra en Cancún del 4 al 17 de diciembre”. (1)
Lo anterior, en virtud de que el 58.8 por ciento (104) de las áreas naturales protegidas (de las cuales 32 no cuentan con su programa de manejo publicado) incumple los tratados internacionales en materia ambiental, Firmados por México, como el Convenio de los Humedales de Importancia Internacional; el Convenio de Protección del Patrimonio Mundial Natural y Cultural; el Convenio de la ONU sobre el Cambio Climático y, para el caso de los derechos de pueblos y comunidades indígenas, el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo, señala Alejandro Olivera.
La Ley General de Equilibrio Ecológico y Protección Ambiental (LGEEPA) reconoce 9 categorías como áreas naturales protegidas, distribuidas en 177 zonas del país y que son de responsabilidad del gobierno federal, a saber:
41 reservas de la biosfera; 66 parques nacionales; 5 monumentos naturales; 39 áreas de protección de flora y fauna; 18 santuarios; 8 áreas de protección de recursos naturales; parques y reservas estatales; zonas sujetas a conservación ecológica; así como áreas destinadas voluntariamente a la conservación. Las primeras seis corresponden a categorías de jurisdicción federal, las siguientes dos a los estados y las últimas corresponden al ámbito privado.
Señala que las ANP son zonas del territorio nacional “donde los ambientes originales no han sido significativamente alterados por la actividad del ser humano, o bien requieren ser preservadas y restauradas”, por lo que deben contar con un programa de manejo, que constituye el “instrumento rector de planeación y regulación que establece las actividades, acciones y lineamientos básicos para el manejo y la administración”.
Recomendación de la CNDH
La Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) confirmó que 27 áreas naturales protegidas “sufrieron la transformación o pérdida de ecosistemas originales con grados significativos de perturbación, contaminación de acuíferos, erosión de suelos y deforestación, propiciados por el desarrollo económico y repoblamiento del territorio, aunado a que no contaban con presupuesto para llevar a cabo acciones de administración, operación y vigilancia; con lo cual hace necesario su extinción o la modificación de sus declaratorias”.
Al emitir la recomendación 26/1016, la CNDH encontró diversas irregularidades en las ANP que no cuentan con dicho programas. Señaló que al 31 de marzo de 2016, sólo se han publicado 103 programas de manejo correspondientes a 102 áreas, mientras que el 11.3 por ciento (20) dispone de su programa elaborado, pero no publicado, y el 31.1 por ciento (55) no cuenta con el respectivo instrumento.
En 80 áreas protegidas se reporta la presencia de población indígena (en algunos casos con cifras superiores al 90 por ciento), 29 de las cuales no disponen de un programa de manejo. Particularmente, destacan los casos del área de protección de la flora y fauna Cascada de Agua Azul (97 por ciento de población indígena), el área de protección de recursos naturales Cuenca Hidrológica del Río Necaxa, la Cuenca Alimentadora del Distrito Nacional de Riego 043 Estado de Nayarit y el parque nacional Bosencheve, señala.
“En términos demográficos, se trata de cifras que dan cuenta de la falta de protección, promoción, respeto y garantía a los derechos de pueblos y comunidades indígenas”, advierte la CNDH.
Subraya que además de la ausencia o dilación para publicar los programas de manejo en las áreas naturales protegidas, la Conanp dio cuenta a la CNDH que 51 áreas no resultaban susceptibles de contar con dichos programas, por lo que parte de ellas están en proceso de abrogación.
Por lo que la recomendación general (de carácter no obligatoria) 26/2016 dirigida a la Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) y la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas (Conanp), la CNDH exigió elaborar nuevos estudios para recategorizar los territorios que aún no tienen su plan de manejo o ya perdieron su vocación de conservación, así como identificar y suprimir los obstáculos que hasta ahora han impedido la elaboración y publicación de los programas de manejo.
En este sentido, la CNDH advierte que “la ausencia del respectivo programa conlleva a una incertidumbre respecto de la densidad e intensidad con la cual los particulares pueden realizar obras o actividades dentro de las áreas, al posibilitar un desmedido margen discrecional por parte de las autoridades, quienes arbitrariamente podrían estar en condiciones de negar o autorizar la realización de obras o actividades, dictando o no para tal efecto las condicionantes y modalidades a las que deberían quedar sujetas las mismas”.
Afirmó que la falta de un programa de manejo no impide que se lleve a cabo la adecuada protección, conservación, administración y manejo de las áreas naturales protegidas ni constituye afectación alguna al derecho humano a un medio ambiente sano de los residentes de estas áreas y sus alrededores, y aseguró que con la aplicación directa de las disposiciones pertinentes se logra la conservación de los ecosistemas y los recursos naturales sujetos a protección, en beneficio de los propietarios, poseedores y titulares de otros derechos sobre tierras, aguas y bosques comprendidos dentro de las áreas, al igual que de la sociedad en general.
La CNDH cuestionó que los argumentos de la Conanp solo justifican la no formulación de los programas por la problemática ambiental que presentan dichas áreas naturales protegidas, “lo cual resulta incongruente, ya que precisamente la inexistencia de instrumentos de planeación y regulación que establezcan las actividades permitidas y la delimitación precisa de la subzonificación (como lo es el programa de manejo), ha contribuido a la degradación y/o perturbación de las mismas”.
Además, si en la elaboración del documento se afectan intereses y derechos de los pueblos y comunidades indígenas, que se efectúe la consulta libre, previa, informada, culturalmente adecuada y de buena fe a los interesados y que participen en las fases de elaboración y ejecución, en virtud de ser medidas que les pueden impactar.
Al respecto, las organizaciones ambientalistas advierten que los programas de manejo –como el caso de Yum Balam y la Reserva de la Biósfera del Caribe Mexicano- no pueden esperar dos décadas, pues se requiere abordar las amenazas que enfrentan para lograr una verdadera protección de los recursos oceánicos, incluyendo la prohibición y explotación de hidrocarburos en la zona y la planificación del impacto de la industria turística en el área, para evitar presiones como las que enfrenta el Golfo de México.
“Solo estas políticas integrales permitirán a nuestros océanos amortiguar el cambio climático y que la temperatura del planeta se mantenga por debajo de los dos grados centígrados en los próximos años”, concluyen.
Para la elaboración de este reportaje se solicitó entrevista con el titular de la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas, Alejandro del Mazo Maza. Al cierre de la edición no hubo respuesta.
Actividades ilícitas en las ANP, difíciles de controlar
En el documento Estrategia 2040 de la Conanp, en cuya elaboración contó con la participación de la Cooperación Alemana al Desarrollo (Deutsche Gesellschaft für Internationale Zusammenarbeit), se reconoce que “las actividades ilícitas en las ANP, como la cacería y la tala clandestinas, y falta seguridad para el personal (…) son difíciles de prevenir y controlar. Además, admite que los Programas de Inspección y Vigilancia en Áreas Protegidas realizados por Profepa solo se desarrollan en 55 ANP”.
A nivel mundial, agrega, el promedio de personal asignado a su vigilancia es de 27 por cada 100 mil hectáreas de ANP, mientras que en México es de seis personas por cada 100 mil hectáreas. Esta carencia es una preocupación constante en las ANP, pues hay algunas que aun contando con decreto no tienen personal propio. Para la óptima operación de la Conanp, es necesario aumentar el presupuesto en un 17 por ciento anual, con la finalidad de reducir para el año 2023 la brecha entre el financiamiento necesario y el obtenido, aduce.
Las ANP han sido reconocidas como el instrumento de mayor importancia para promover la conservación de la biodiversidad y sus servicios ambientales. En 1962 se contabilizaron mil ANP a nivel mundial, que cubrían el 3 por ciento de la superficie terrestre; para 2003, el número aumentó a 102 mil 102 ANP con el 11.5 por ciento de la superficie. En México, se cuenta con 177 ANP decretadas de carácter federal, que representan aproximadamente el 13 por ciento del territorio nacional.
Se ha estimado que el costo económico por el agotamiento y la degradación ambiental en México representa alrededor de 7 por ciento del PIB.
Incorporan 17 nuevas Áreas Naturales Protegidas
Los objetivos de las ANP son preservar los ambientes naturales representativos de las diferentes regiones biogeográficas y ecológicas y de los ecosistemas más frágiles, así como sus funciones, para asegurar el equilibrio y la continuidad de los procesos evolutivos y ecológicos; salvaguardar la diversidad genética de las especies silvestres, de las que depende la continuidad evolutiva, y asegurar la preservación y el aprovechamiento sustentable de la biodiversidad del territorio nacional; en particular, preservar las especies que están en peligro de extinción, las amenazadas, las endémicas, las raras y las que se encuentran sujetas a protección especial.
En ese sentido, en junio de 2016, el Consejo Nacional de Áreas Naturales Protegidas (Conanp) incorporó 17 nuevos espacios a la lista del Sistema Nacional, con lo que actualmente suman en total 194 reservorios de la biodiversidad de México.
Las reservas que se sumaron a la lista de ANP son: el Archipiélago de Revillagigedo, en el Océano Pacífico; la Sierra del Abra Tanchipa, en San Luis Potosí; la Sierra Gorda de Guanajuato; la de Zicuirán-Infiernillo, en Michoacán; ocho Áreas de Protección de Flora y Fauna, como las Ciénegas del Lerma, en el Estado de México; la Laguna de Términos, en Campeche; la Zona Marina del Archipiélago del Espíritu Santo, en Baja California Sur.
La Isla de Cozumel (porción norte y franja costera oriental terrestre y marítima), en Quintana Roo; las Marismas Nacionales de Nayarit; el sistema arrecifal Lobos-Tuxpan, en Veracruz; el Valle de los Cirios, en Baja California; las cuencas de los ríos Valle de Bravo, Malacatepec, Tilostoc y Temascaltepec, en el Estado de México, y el Santuario Ventilas Hidrotermales de la cuenca de Guaymas y de la dorsal del Pacífico Oriental, en el Golfo de California y el Pacífico Norte.
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