Hace 511 años la bota del invasor puso la cruz y el arcabuz sobre nuestro continente: ellos venían en la búsqueda de El Dorado: saquearon oro, plata y perlas, impusieron su dios y bañaron de sangre nuestras tierras.
Hubo resistencia. Conocida es la historia de la resistencia de los Caracas y los Teques guiados por el indomable Guaicaipuro, o por el guerrero Tiuna, el fiero Yaracuy, Guaicamacuto y Naiguatá. Sin embargo, el ocupante se impuso con su política de exterminio. Los pobladores originarios se refugiaron en zonas intrincadas de la geografía continental no sin antes aportar a la humanidad, más especies de plantas cultivables que toda Europa y Asia juntas: el maíz, la papa, la yuca, la auyama, la batata, el tomate, el ají, el maní, el cacao, la vainilla, la piña, la lechosa, el tabaco, el onoto, el moriche, el caucho, por solo nombrar algunas de las más consumidas a lo largo de los tiempos y de la geografía universal.
Desde 1492 Occidente consideró al indígena como un ser sin alma; matar indios no era delito. En el periódico Excelsior, el 29 de junio de 1972, se puede leer: «Absuelven en Colombia a 7 colonos que cazaron indios. Siete colonos acusados de haber asesinado a sangre fría a 16 indios, el 23 de diciembre de 1967, fueron absueltos porque procedieron con plena buena fe, determinados por la ignorancia invencible, dictaminó hoy aquí un jurado de conciencia...» [1]
Posteriormente, el Papa reconoció el carácter de seres humanos de las poblaciones originarias de América. Sin embargo es de todos conocido el duro desenlace: sucedió lo que conformó el genocidio más grande en la historia de la humanidad.
Los pueblos originarios del hemisferio americano han sobrevivido en sociedad, gracias a su aprendizaje de la resistencia, su visión del mundo, su explicación sobre el orden de las cosas en el universo y su relación respetuosa hacía la naturaleza.
Hoy vivimos la era de la llamada Sociedad del Conocimiento, en donde los conocimientos humanos se convierten en palancas de la riqueza y la fuerza para la conformación del poder. Alvin Toffler, en El cambio del poder expresa: «El conocimiento ha pasado de ser un accesorio del poder del dinero y del poder del uso de la fuerza, a ser su propia esencia. De hecho es el amplificador definitivo. Esta es la clave del cambio del poder que nos espera y explica el porque la batalla por el control del conocimiento y los medios de las materias primas se está enardeciendo por todo el mundo». [2]
Corporaciones farmacéuticas, alimentarias, cosméticas, dietéticas, biotecnológicas, de investigación de nuevos materiales biológicos de aplicación industrial, extractivas o de explotación intensiva de recursos naturales, industrias turísticas, de transferencia tecnológica, de investigación académica, jurídicas, médicas, geográficas, industrias de la información y del entretenimiento, etc., van de cacería sobre El Dorado del siglo XXI: el inmenso poder económico de la biodiversidad y del conocimiento indígena vinculado o no a la misma, utilizando el recurso de la biopiratería para apropiarse de la biodiversidad de nuestros países y el conocimiento del uso de la misma.
Entran en las comunidades como turistas, médicos, sociólogos, antropólogos, etc., observan la forma de vida de las comunidades, recogen su conocimiento, presentándolo como de su autoría o patentándolo como innovaciones propias.
Pero la batalla no se libra solamente en el terreno de los hechos, también en el ámbito de las ideas y del derecho. A mediados de la década de 1980 intentaron imponer una teoría que valorizaba los recursos naturales y los conocimientos ancestrales indígenas como patrimonio común de la humanidad, haciéndolos accesibles en beneficio de todos. Sin embargo el conocimiento occidental se protegía con agresivas normas de propiedad intelectual. Ni los pueblos, ni los gobiernos aceptaron convertir las grandes reservas biodiversas en patrimonio de la humanidad. Entonces la estrategia cambió, se estructuró un discurso mediante el cual se llamó a la necesidad de proteger el conocimiento tradicional mediante los mecanismos existentes de propiedad intelectual existentes o creando un sistema “Sui Generis” de Protección de los Conocimientos Tradicionales Indígenas y/o campesinos.
Es así como el tema se ha incorporado a múltiples foros internacionales y a los procesos de integración comercial multilaterales y bilaterales. En estos se crean los mecanismos para la comercialización corporativa de conocimientos, recursos genéticos, biológicos y servicios. El objetivo es establecer un mecanismo que haga cómoda y legal la apropiación o biopiratería mediante la creación de mecanismos creados específicamente para ello. Muchas de estas propuestas tienen como objetivo el alentar la explotación comercial de prácticas tradicionales indígenas y de la diversidad biológica de los países del sur, de forma legal, es decir legitimar la práctica de biopiratería de recursos y conocimientos.
Las propuestas de protección de los Conocimientos Tradicionales Indígenas tienen su fundamento en estructurar un mecanismo para la comercialización del conocimiento indígena. En ellas, los pueblos indígenas ceden a «título oneroso» sus conocimientos tradicionales a quienes tienen la capacidad de explotarlo de forma industrial o comercial. Sin embargo, los conocimientos tradicionales no tienen por qué ser necesariamente un objeto de propiedad. Han sido utilizados por los pueblos como elemento de identificación cultural; muchos de ellos tienen un carácter sagrado y su comercialización representa para algunos pueblos una gran violencia espiritual y moral. A continuación se exponen algunas de las características sugeridas en las propuestas de sistemas específicos para la protección de los conocimientos tradicionales
– Los países desarrollados promueven en sus propuestas la creación de registros constitutivos de derechos, con lo cual los pueblos indígenas quedarían con la carga de asistir a las oficinas de Propiedad Intelectual a registrar el conocimiento que sobre la vida han acumulado durante miles de años. Cualquier conocimiento que no esté registrado no gozará de protección alguna. Esta noción de registro del conocimiento es ajena a la cultura y a la posibilidad real para los pueblos de sistematizar sus conocimientos de forma escrita y acudir a oficinas a protegerlos.
– Las «Propuestas Sui Generis de Protección de los Conocimientos Tradicionales Indígenas» promueven la catalogación de los conocimientos indígenas en bases de datos con vistas a su preservación y conservación. Esta propuesta pudiese ser contraria a las culturas indígenas, fragmentando la concepción holística del conocimiento de muchos pueblos originarios de América, para los cuales el conocimiento está asociado de forma indisoluble a la tierra y a su concepción religiosa. Además, sistematizar el conocimiento indígena en bases de datos, es indudablemente el primer paso para otorgar valor de comercialización occidental al conocimiento, lo cual ha de ser expuesto con claridad para que pueblos y comunidades tengan plena conciencia del significado de la catalogación. También debemos reflexionar sobre las consecuencias de clasificar un conocimiento vivo y sobre el control de las comunidades sobre el mismo.
– Las propuestas de sistemas sui generis se enmarcan en los mecanismos de la propiedad industrial, que son mecanismos para la protección de la innovación individual, por lo que quedan abiertas grandes ventanas para que el conocimiento colectivo sea objeto de apropiación individual. En el marco de las normas jurídicas de propiedad industrial actualmente en vigor, muchas de ellas de carácter supranacional (Convenio de París, ADPIC, 486 CAN, etc.), la divulgación del conocimiento conduce a que el mismo pase (transcurrido un lapso) al dominio público en el país de origen o en otros países, por lo cual cualquier interesado pudiese usarlo, copiarlo y redistribuirlo, además, de ser posible la innovación sobre el mismo. Esta innovación a su vez podría ser patentada. De esta forma, gran parte del conocimiento colectivo y transgeneracional puede ser sujeto de apropiación individual. Lo grave es que muchas veces se considera suficiente innovación llevar el conocimiento indígena de su estado «primitivo» a la lógica del pensamiento «científico-occidental», en lo que se denomina el otorgamiento de valor agregado.
– En las propuestas de protección del conocimiento indígena son las comunidades las que llegan a acuerdos con los sujetos interesados. Aunque esta propuesta le otorga a los pueblos indígenas el estatus de sujetos de decisión de su propio destino, lo cual constituye el ejercicio de un derecho humano, no podemos olvidar que los sujetos interesados en la comercialización de estos conocimientos muchas veces son corporaciones transnacionales que poseen más poder económico, jurídico y político que muchos Estados. Esta relación desigual en donde las comunidades indígenas se encuentran en estado de franca minusvalía crea gran conflicto en las comunidades, porque algunos sujetos pudiesen revelar secretos ancestrales de carácter religioso, como producto del engaño o de la necesidad. El Convenio de Diversidad Biológica, en su artículo 8-J y el convenio 69 de la Organización Internacional del Trabajo exigen el consentimiento previo e informado de las comunidades.
– Una de las grandes lagunas de los sistemas Sui Generis es la definición de la titularidad del conocimiento. Cuando dos o más pueblos indígenas, vivan o no en el mismo país, hayan creado y posean conocimientos tradicionales idénticos o semejantes, ¿qué pueblo está autorizado para consentir el uso del conocimiento? Y en el caso de que uno de ellos resolviese consentir, ¿cómo sería la distribución «justa y equitativa de beneficios»?
Estas propuestas se basan en el principio de que los pueblos indígenas desean comercializar sus conocimientos y tiene como objeto la privatización de la biodiversidad y de las culturas, fragmentándolas a fin de hacerlas apetecibles comercialmente. Reconociendo el comercio como forma de intercambio de productos y servicios entre seres humanos. lo que nos permite acceder a lo que no producimos con nuestras manos o cerebros, no puede ponerse al mismo por encima de la vida misma ni ser más libre que los seres humanos y sus ideas. La sabiduría de nuestros ancestros se reivindica como creación de corporaciones del norte y se crea un sistema jurídico global para que ello sea legítimo y legal: el oro de nuestra cultura a cambio de un espejo. Escoja usted.
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