Foto arriba: Rubén Camarillo Ortega (13 de noviembre de 1961). Es un politico mexicano, miembro del Partido Acción Nacional, es Senador por Aguascalientes.
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Fueron los propios senadores panistas quienes el pasado 26 de octubre presentaron la iniciativa para reformar el artículo 62 de la Constitución y la Ley Orgánica del Congreso, a fin de regular, prohibir y en su caso sancionar –con la pérdida del cargo– “el ejercicio de aquellas actividades incompatibles o que en determinadas circunstancias generen conflicto de intereses con el desempeño de la función legislativa”.

Parecían haberse inspirado en un caso paradigmático de tráfico de influencia en el Congreso: Diego Fernández de Cevallos, su compañero de partido, quien litigó utilizando su investidura pública a favor de particulares y en contra del interés de la nación.

Aunque también está el caso del Pemexgate, a través del cual el ex senador Carlos Romero Deschamps y dirigentes del sindicato petrolero, no pudieron ser sancionados por haber sido cómplices en el desvío de fondos públicos para la campaña del ex candidato presidencial del PRI, Francisco Labastida Ochoa, debido a que tenían fuero.

Otro episodio “vergonzoso” fue el de los ex legisladores Héctor Osuna y Ernesto Gil Elorduy, quienes supuestamente se beneficiaron con la Ley de Radio y Televisión, que elaboraron en la anterior legislatura, y luego se convirtieron en los funcionarios que encabezan el órgano regulador de ese sector.

Se sabe que en las cámaras de Senadores y Diputados hay legisladores que mantienen despachos o que provienen de cámaras de industria. Un ejemplo es el senador Jorge Mendoza, quien representa a TV Azteca.

Otros legisladores son, a su vez, dirigentes partidarios, y por ambos lados cobran. Un ejemplo es el senador José Murillo Karam, quien es secretario general del PRI.

El senador Ricardo García Cervantes recordó que en legislaturas pasadas “la opinión pública conoció cómo industrias de algunos sectores –Telmex, entre otras– entran en contacto legítimo con legisladores para hacer valer sus apreciaciones, intereses, argumentos, pero estaban revestidos de viajes y de atenciones especiales”.

En conferencia de prensa, el coordinador de la bancada del PAN en la Cámara de Senadores, Santiago Creel Miranda, expresó: “claramente lo que no se puede es tener dos cachuchas, servir a dos amos, al pueblo y a un interés particular al mismo tiempo (…); lo que sí es nuestra intención es que se eviten los conflictos de interés, se dé con plena transparencia la función legislativa y ahora sí, legisladores a legislar y nada más”.

Pero hubo una confusión: Creel Miranda aseguró que lo que proponían era que los legisladores fueran de tiempo completo, avocados y dedicados a la función legislativa “sin estar distrayendo nuestro tiempo en la prestación de otros servicios a terceros, sean particulares o públicos”.

Esto es que si querían ser legisladores tendrían que renunciar a sus negocios, puestos públicos y representación de particulares.

“Es clarísimo que la dieta que percibimos como senadores de la República es suficiente, holgada, para tener una vida decente y no se requieren más recursos que los de la dieta. Precisamente por eso se tiene una dieta y por eso lo que estamos planteando es un trabajo en esas circunstancias y condiciones”, señaló.

Dijo también: “tenemos que rediseñar el sistema presidencial, el sistema electoral, el sistema de partidos, el sistema económico, y que, ¿a poco lo vamos a poder hacer siendo de medio tiempo o de un cuarto de tiempo? Me parece que no es serio. Queremos darle la seriedad y la dignidad que tiene la función legislativa y que la opinión pública sepa que va a contar con legisladores de tiempo completo”.

Pero la iniciativa panista contiene una propuesta light, pues el diputado o senador sólo podrá excusarse de intervenir, participar o gestionar en la atención, tramitación, discusión, votación o resolución de aquellos asuntos en los que tenga interés personal, familiar o de negocios, es decir, donde tenga conflicto de interés, pero seguirá manteniendo sus intereses empresariales o de servicios.

El deseo panista de que en el Congreso existan legisladores de tiempo completo -sin negocios o trabajos adicionales de ninguna especie- quedó condicionada a que se apruebe una reforma constitucional que garantice la reelección de diputados y senadores.

Creel Miranda matizó: “esto debe también ir acompañado con otra serie de medidas que ya iremos planteando en el futuro, porque sí es muy importante vincular esto a las grandes reformas del Estado en materia, por ejemplo, de reelección legislativa. No queremos que nadie, acabando la legislatura, se quede verdaderamente sin poder tener un espacio en donde desarrollar su actividad lícita de trabajo”.

Por lo pronto, continuó, “para que no exista duda de cuál es el objetivo del grupo parlamentario de Acción Nacional, lo decimos: es acabar con el tráfico de influencias, con el conflicto de intereses, con legisladores de medio tiempo y con cualquier prebenda de particulares que puedan darse por encima de los intereses de la nación”.

Pero la iniciativa se complicó aún más con una propuesta adicional del PAN para acotar el fuero de los legisladores cuando un juez les encuentre responsabilidad penal en algún ilícito.

José Contreras, analista político del periódico La Crónica, refirió que las bancadas del PRI y del PRD no están dispuestas a que, en esas condiciones, se apruebe dicha iniciativa, y así se lo hicieron saber al PAN.

“Hubo nuevos cabildeos y Santiago Creel entregó el 15 de marzo a priístas y perredistas una propuesta modificada, en la que ahora plantea que además de los legisladores, también los altos funcionarios de la federación y de los gobiernos estatales pierdan el fuero de manera automática cuando cometan delitos atribuibles por las leyes a los servidores públicos o cuando cometan delitos graves y sean sorprendidos en flagrancia”.

Pero tampoco fue aceptada. El PRI revisa con cautela la nueva propuesta y se espera que en breve fije su posición.

Prosiguió: “el PRD condicionó la aprobación de esa propuesta a que también el presidente de la República pierda el fuero exactamente de la misma forma que los legisladores y los altos funcionarios de la federación.

“Los panistas dejaron claro que no permitirán que se deje sin fuero al presidente de la República y que antes de aceptar esto, declinarán a la propuesta de acotar el fuero a los legisladores”.

En el fondo, aseguró José Contreras, “los perredistas se resisten a perder el fuero porque tienen el temor, según lo declaró públicamente el coordinador del PRD, Carlos Navarrete, de que al no tener inmunidad el Ejecutivo o el Ministerio Público caiga en la tentación de reprimir a los opositores.

“Los priístas tienen una postura similar. Argumentan que varios militantes de este partido fueron perseguidos por el gobierno de Vicente Fox por el llamado Pemexgate y si no fueron encarcelados y procesados, fue gracias al fuero.

“Puede que priístas y perredistas tengan razón. Pero no habría que perder de vista que el fuero también ha sido utilizado por legisladores y funcionarios de todos los partidos para actuar en la impunidad. Un caso emblemático fue el de René Bejarano, quien a pesar de haberse separado de su cargo de diputado local del PRD cuando fue exhibido llenando su maleta y sus bolsas de dólares, pudo retrasar el inicio de su proceso penal con el argumento de que tenía fuero”.

Fuero presidencial

Rubén Camarillo, quien presentó la iniciativa de reforma al artículo 62 de la Constitución y Ley Orgánica del Congreso a nombre del grupo parlamentario del PAN, se muestra optimista de que su propuesta sea aprobada en breve.

Está de acuerdo incluso en que también se acote el fuero del presidente de México y altos funcionarios, al parejo de los legisladores, como lo propone el PRD. Si finalmente hay un consenso en este punto, la iniciativa será histórica.

“No es tanto eliminar el fuero, pero sí adecuarlo al marco normativo, para que no sea motivo de encubrimiento, de conductas que son punibles para cualquier otro ciudadano”.

Explica que “en el momento en que haya una sentencia firme de una autoridad judicial respecto a estas conductas que son punibles desde el punto de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos, como es tráfico de influencias, cohecho y este tipo de actos de corrupción, en ese momento se suspende el fuero del que goza el legislador y tiene que someterse al proceso judicial como cualquier otro ciudadano.

“Es que los legisladores, diputados federales y senadores no tenemos por qué tener un trato diferente ante la justicia. A mí me parece verdaderamente incongruente que quienes hagan las leyes pretendan ser inmunes ante ellas”.

Acepta que en las discusiones de la iniciativa ha habido puntos de vista diferentes, respetables, pero “el espíritu de la modificación que estamos proponiendo es que de una vez por todas quede muy claro el marco legal al que se tienen que sujetar los diputados federales y los senadores en el ejercicio de sus funciones”.

Es decir, “desechar de una vez por todas los actos que han generado mucha controversia y, por qué no decirlo, vergüenza al Congreso de la Unión, cuando hemos escuchado que ha habido tráfico de influencias, incompatibilidades manifiestas e intereses de particulares metidos en medio de intereses públicos. Eso ha sido también motivo porque la norma, la ley que rige justamente el comportamiento de los senadores y los diputados, estaba sumamente laxa. Había huecos muy claros en la legislación que hacían que este tipo de conductas que fueron públicas de hecho, el Pemexgate y varios casos en donde había claras indicaciones de que algún senador o diputado había incurrido en una falta grave en el desempeño de sus funciones y, sin embargo, no podía ser tratado como cualquier otro servidor público, porque el fuero estaba de por medio”.

El debate comprende, por lo tanto, el ver “hasta dónde debe de llegar el fuero constitucional en la protección del desempeño de las funciones de un legislador federal sin que se incurra en un tráfico de influencias o una inmunidad perniciosa y pues que queden impunes algunos delitos que fueron cometidos por senadores y diputados federales”.

–El PRD pide que también se retire el fuero al presidente y altos funcionarios.

–Este concepto de transparencia y de legalidad debe aplicar para todos. Es decir, yo no entiendo cómo un alto funcionario, sea del Poder Legislativo, sea del Poder Ejecutivo, no pueda ser procesado como cualquier otro funcionario público de acuerdo a lo que establece la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos y el propio Código Penal Federal ante ilícitos tan prácticamente a la luz del día, por decirlo de alguna manera, y que un fuero mal entendido a mi juicio estuviera siempre estorbando la acción de la justicia.

“El fuero de los legisladores es una herramienta importante, para que los legisladores no teman en la expresión de sus ideas, en el uso de sus facultades constitucionales, pero nunca debe de ser refugio de delitos que son punibles para cualquier otro ciudadano”.

–¿Incluso para un presidente de la República?

–Para un presidente de la República, para un magistrado de la Suprema Corte de Justicia, para un secretario de Estado, yo creo que los altos funcionarios públicos, de cualquier poder, deberían siempre ser objeto de ejemplo y no de censura.

–Algunos vaticinan que su propuesta va a terminar en una iniciativa light, porque ya no se va a pedir que los legisladores renuncien a todos sus negocios o acciones, si quieren serlo.

–Ese tema nunca estuvo así. Fue una interpretación equivocada. Alguien puede tener en su vida privada un negocio. Siempre y cuando no interfiera con su función legislativa, no hay ningún problema. Por ejemplo, si yo soy dueño de una empresa automotriz, no puedo venir aquí a legislar para que se elimine el impuesto sobre autos nuevos que le afecta directamente a mi negocio. Ese es un claro conflicto de intereses. En este caso, la ley plantea la posibilidad de que este legislador se excuse de participar en la discusión, en la dictaminación y en la votación de un asunto como éste, pero puede seguir siendo dueño de su empresa de automóviles, siempre y cuando como legislador no se involucre en ningún tema que tenga que ver con la industria automotriz, y eso lo puede hacer.

Comenta que “alguien” le quiso dar a la iniciativa una interpretación todavía más agresiva, como existe en otros países donde el legislador debe de ser de tiempo completo.

“Pero en esos países existe la carrera legislativa, es decir, hay la reelección de legisladores. No se le puede exigir a un diputado que dura tres años en el encargo, que para llegar a serlo tenga que renunciar a todas sus empresas, porque dentro de tres años va a tener que regresar al sector de donde provino. No sería equivalente a lo que sí funciona en otros países, porque hay una carrera legislativa en donde un legislador puede tener cinco, seis términos, es decir, 18, 20, 25 años de legislador, como pasa en Estados Unidos, Chile, Argentina y otros países.

“En México no existe la reelección de legisladores y, por lo tanto, la iniciativa que al menos yo propuse no contempla ir a ese nivel, mientras no se toque también el tema de la potencial reelección de legisladores que es otro tema también debatible a fondo”.

–¿En la actualidad hay legisladores que estén en el supuesto de conflicto de interés?

–Pues van a tener que manifestarlo, porque de hecho la propia ley propone que si yo tengo interés en mi vida personal, yo lo puedo manifestar en mi declaración y abstenerme de participar en los asuntos que tenga que ver.

–¿Cómo piensa que va a quedar su iniciativa?

–Pienso que va a quedar bien. Yo creo que sí va a pasar. Y lo que vamos a ver en los próximos días, de votar esa iniciativa, va a ser el resultado de ese proceso muy largo, muy intenso, pero creo que va a valer la pena porque se va a dar un mensaje claro a la ciudadanía de que los senadores sí queremos lavarnos la cara, empezar realmente a mandar un mensaje claro de que esa imagen, que no nos favorece a los legisladores federales, la queremos cambiar.

–¿Cómo la que dio Fernández de Cevallos?

–Por ejemplo. El senador Pedro Joaquín Coldwell, del PRI, también ve con optimismo la aprobación de la iniciativa en el actual periodo, pero no precisa fecha. La estamos estudiando entre las fracciones parlamentarias y esperamos dictaminarla hasta que termine este periodo”.

–¿Qué la está atorando?

–No, nada. Está perfectamente en tiempo.

–¿Se oponen legisladores?

–No, no. Es una reforma en materia de incompatibilidades legislativas e impedimentos, y va en tiempo.

–Entiendo que hay un problema para pedir a los legisladores que renuncien a sus negocios.

–No, no. Hasta ahorita no hemos visto impedimentos. Está en tiempo. Estaban previstas tres iniciativas de reformas constitucionales, para tramitarse en este periodo en la agenda, una es la de salarios, otra es la de incompatibilidades legislativas y otra es la de acceso a la información. Ya terminamos la de salarios y ahora vamos sobre la de incompatibilidades.

–¿No hay obstáculos hasta ahora?

–Hasta este momento, no.

–¿Diferencias?

–Hasta este momento, no.

Publicado: Abril 2a quincena de 2007

La propuesta

De aprobarse la iniciativa para fijar criterios y sancionar el conflicto de interés de legisladores, quedaría como sigue:

Se reforma el artículo 62 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos:

Artículo 62.- Los diputados y senadores propietarios, durante el período de su encargo, no podrán, en ningún caso, aceptar o desempeñar ninguna otra comisión, empleo o cargo de la Federación, de los Estados, del Distrito Federal, de los municipios o delegaciones, o de particulares, por los cuales se disfruten remuneraciones o prestaciones económicas o sin ellas, sin licencia previa de la Cámara respectiva; pero entonces cesarán en sus funciones representativas, mientras dure la nueva ocupación, a no ser que se trate de cargos no remunerados en asociaciones científicas, docentes, literarias o de beneficencia. La misma regla se observará con los diputados y senadores suplentes, cuando estuviesen en ejercicio. La infracción a esta disposición será castigada con la pérdida del carácter de diputado o senador.

La ley establecerá el régimen de incompatibilidades y conflicto de intereses en la función legislativa.

Del régimen de incompatibilidades y conflicto de intereses en la función legislativa:

Artículo 13 Bis 1.-Todo legislador será responsable de observar los principios de legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad, transparencia y eficiencia en el desempeño de su trabajo legislativo.

Artículo 13 Bis 2.- Los diputados y senadores al Congreso de la Unión deberán utilizar los recursos públicos que tengan a su disposición, exclusivamente para los fines a que estén destinados.

Artículo 13 Bis 3.- Para el adecuado ejercicio de la función legislativa, los diputados y senadores no podrán:

I. Intervenir, participar o gestionar en la atención, tramitación, discusión, votación o resolución de aquellos asuntos en los que tengan interés personal, familiar o de negocios, incluyendo los que pudieren implicar beneficio propio o en favor de su cónyuge, parientes por consanguinidad hasta el cuarto grado, por afinidad hasta el segundo grado o de terceros con quienes mantengan, o hubieran mantenido en los últimos cinco años, relaciones profesionales, laborales o de negocios.

II. Intervenir, participar o gestionar en los asuntos que pudieren beneficiar o incidir de cualquier forma, respecto de personas morales en las cuales el legislador o las personas referidas en la fracción anterior, sean, o hubieran sido en los últimos cinco años, titulares de acciones, partes sociales o cualquier otro título;

III. Gestionar, por sí o por interpósita persona, ante cualquier órgano de la Administración Pública federal, estatal, del Distrito Federal o municipal, o ante personas que administren recursos públicos, la celebración de acto jurídico alguno que signifique algún beneficio económico en favor de terceros.

Lo dispuesto en el párrafo anterior, no limita a diputados y senadores a realizar trabajos de gestión en asuntos de interés público de sus representados ante autoridades de otros Poderes y órdenes de gobierno;

IV. Fungir como representante o apoderado legal de empresas nacionales o extranjeras, ni intervenir de modo alguno en empresas que contraten con el Estado obras, suministros o prestación de servicios públicos;

V. Obtener concesión, que implique beneficio propio o de terceros, para la explotación de bienes o prestación de servicios públicos, y

VI. Ejercer asesoría jurídica, técnica o de cualquiera otra naturaleza, por sí o por interpósita persona, a empresas que presten servicios públicos o tengan contratos o concesiones del Estado, así como a cualquier tercero cuando, en este último caso, exista beneficio propio o para las personas a que se refieren las fracciones I y II.

La contravención a lo dispuesto en este artículo, será sancionada con la pérdida del cargo de diputado o senador, según sea el caso, en los términos que señala la presente ley y con independencia de las consecuencias penales que puedan suscitarse.

Artículo 13 Bis 4.- Los diputados y senadores deberán abstenerse de aprovechar la posición que su cargo les confiere para inducir indebidamente a otro servidor público, en cualquier ámbito, a efectuar, retrasar u omitir la realización de algún acto de su competencia, que reporte cualquier beneficio, provecho o ventaja para sí o para alguna de las personas a que se refieren las fracciones I y II del artículo anterior.

Artículo 13 Bis 5.- Los legisladores se abstendrán de solicitar, aceptar o recibir, en dinero o en especie, por sí o por interpósita persona, pagos, retribuciones, dádivas, cargos, empleos o comisiones para sí, o para las personas a que se refiere el artículo 13 bis 3.

Artículo 13 Bis 6.- En todo caso, el registro de situación patrimonial que se lleva de diputados y senadores, debe incluir bienes muebles e inmuebles, acciones, partes sociales, fideicomisos y demás actos jurídicos o títulos con fines económicos de los que el legislador, su cónyuge y sus dependientes económicos sean titulares o beneficiarios.

Además, en un anexo de su declaración patrimonial, los legisladores deberán manifestar todas las actividades que les proporcionen o puedan proporcionarles ingresos económicos adicionales a las remuneraciones propias de su cargo.

En su caso, la Comisión Jurisdiccional podrá conocer dicha información.

Artículo 13 Bis 7.- La Comisión Jurisdiccional de la Cámara respectiva conocerá, resolverá y, en su caso, determinará las contravenciones a lo dispuesto en el presente capítulo.

Artículo 40.- (…) La Comisión Jurisdiccional es responsable de vigilar la vigencia del régimen de actividades incompatibles y de conflicto de intereses con la función legislativa previsto en la presente ley. Para tal efecto, recibirá, conocerá, resolverá cualquier denuncia sobre el particular. En todo caso, formulará un dictamen que contenga los elementos de convicción y las manifestaciones que el diputado implicado argumente en su defensa, y lo someterá al Pleno de la Cámara, para que ésta resuelva en definitiva.