En 2003, el gobierno español ilegalizó el partido político Batasuna por el apoyo que este habría aportado implícitamente a las acciones de la ETA. La decisión se basaba en la ley sobre los partidos políticos y en la jurisprudencia establecida por el juez Baltasar Garzón. La obstinación de José María Aznar en atribuir únicamente a los vascos la responsabilidad de toda manifestación de violencia lo arrastró incluso a denunciar vínculos imaginarios entre los vascos y el «terrorismo islámico» y a atribuirles los atentados de Madrid (ocurridos el 11 de marzo de 2004). Aprovechando el estancamiento y el fracaso de la solución iniciada por José Luis Zapatero, el juez Garzón reanudó la represión política criminalizando de un golpe a todo el movimiento vasco en su conjunto.
El martes [2 octubre 2007 ndlr], en el sur del País Vasco, las autoridades españolas realizaron en círculos independentistas una redada durante la cual 20 personas fueron arrestadas y 2 se encuentran ya en prisión. Se trata de cuadros del partido independentista vasco Batasuna, que representa alrededor del 15% del electorado del País Vasco.
Las autoridades españolas mantienen a esta organización política en la ilegalidad mediante una ley sobre los partidos elaborada con ese fin. Este dispositivo jurídico, existente desde ya varios años –y que fue defendido en el Parlamento por el actual presidente socialista del gobierno español, José Luís Rodríguez Zapatero– no ha sido aplicada nunca a ninguna otra organización, aparte de Batasuna y de las organizaciones políticas y agrupaciones de electores que algunos miembros de Batasuna trataron de formar.
En efecto, basta con que el nombre de un miembro de Batasuna aparezca en una lista de candidatos para que esta sea prohibida. El partido Batasuna fue ilegalizado bajo la acusación de ser una organización miembro de un conglomerado «terrorista» que, según el juez Baltasar Garzón –el célebre juez español que no pudo obtener la extradición de Augusto Pinochet, pero que sí logró encarcelar al periodista estrella de Al-Jazeera Tayseer Aluni [1]–, depende directamente de la organización separatista armada ETA.
Esta relación de dependencia no ha sido probada nunca. Lo más que se ha podido demostrar es una convergencia de objetivos entre las acciones legales de Batasuna y la acción armada de la ETA.
En efecto, las dos organizaciones persiguen los mismos fines, o sea la autodeterminación y, en definitiva, la independencia de todo el País Vasco (en España, la Comunidad Autónoma Vasca y Navarra; en Francia, los departamentos vascos). Esta demanda está lejos de ser minoritaria ya que más del 60% de los vascos apoyan a partidos políticos favorables a la autodeterminación, aunque no necesariamente a la independencia.
Para criminalizar el independentismo vasco, las autoridades españolas aplicaron por tanto una doctrina jurídica basada en la manipulación tendiente a meter en el mismo saco objetivos políticos legítimos en una democracia (la búsqueda de la autodeterminación, e incluso de la independencia por parte de los vascos) y métodos criminales utilizados en la búsqueda de dichos objetivos.
Siendo la ETA un grupo armado independentista es bastante natural que reclute a sus miembros en los círculos independentistas y que sus militantes sean, por tanto, también miembros de grupos políticos, de asociaciones culturales, de organizaciones juveniles, etc. que forman parte de esa tendencia. Reside ahí el único fundamento objetivo de la doctrina de Garzón, según la cual como los militantes de la ETA son miembros del partido Batasuna o de la asociación juvenil EKIN, o del sindicato LAB, y lectores del diario Gara, todas estas organizaciones o publicaciones son exactamente lo mismo. Por consiguiente, en la orden de detención contra los dos voceros de Batasuna arrestados ayer, el juez Garzón justifica su orden afirmando que son miembros de «la organización terrorista ETA-EKIN-Batasuna» porque son miembros de Batasuna. Es evidente que trata de meter a todas las organizaciones en el mismo saco.
También se acusa a los dos voceros de Batasuna de haber participado en una manifestación prohibido a favor de los más de 600 presos políticos vascos que siguen estando encarcelados en España, lejos del País Vasco y sometidos a un régimen excepcional en virtud del cual no pueden obtener la más mínima reducción de condena por buen comportamiento y se les mantiene a menudo incomunicados.
En lo tocante a la manifestación prohibida, que siempre tiene lugar en la misma fecha y desde hace más de 30 años, no se trataba en lo absoluto de una manifestación violenta. Las demandas no eran ni siquiera especialmente radicales ya que los manifestantes exigían simplemente el respeto de las leyes penitenciarias españolas en el caso de los presos vascos, específicamente que sean situados más cerca del País Vasco y que les sean aplicadas las normas penitenciarias normales en España.
Por consiguiente, esas dos personas están en prisión, y muchas otras fueron arrestadas, por haber ejercido sus derechos de libre asociación y su libertad de expresión.
La orden del juez Garzón no contiene la más mínima acusación de violencia contra personas o propiedades. A pesar de ello, se acusa de «terrorismo» a los dos representantes del partido independentista. Sólo es posible llegar a esa acusación mediante una analogía: si persiguen los mismos objetivos que los terroristas, son terroristas.
Llevando un poco más lejos esta analogía, se podría acusar de terrorismo al demócrata-cristiano nacionalista Ibarretxe, presidente de la región autónoma del País Vasco. La introducción del delito de terrorismo en los códigos penales de los países europeos resulta de por sí muy poco compatible con los principios democráticos más elementales ya que todas las definiciones del terrorismo están basadas en la realización de una serie de actos más o menos violentos alrededor de un fin político común.
Pero los actos de violencia que representan el lado objetivo del terrorismo ya están contemplados en el código penal y la noción de terrorismo no hace más que agregar la intencionalidad política. Resulta evidente que definir un crimen con tales términos resulta extremadamente peligroso para las libertades políticas. Toda la doctrina penal liberal y democrática se basa en evitar la analogía. En efecto, la decisión sobre cualquier sanción penal debe tomarse en función de una definición rigurosa de los actos criminales. Esto es lo que se desprende del viejo principio nullum crimen sine lege, no hay crimen sin una ley anterior que lo defina como tal en términos precisos. Desde que llegaron al poder, los ministros de justicia se apresuraron a sustituir, en el código penal, el principio que prohíbe la analogía por la aplicación obligatoria del principio de analogía para restablecer así el orden represivo casi infalible que ya conocemos.
Cierto es que las acciones armadas de la ETA son éticamente injustificables y políticamente inútiles, y hasta contraproducentes. Ello no impide que dichas acciones se inscriban en un contexto de negación masiva de derechos y de violencia institucional. Lo cual no las justifica en lo absoluto, aunque sí permite entender por qué numerosos ciudadanos vascos se niegan a «condenar» ese tipo de violencia. La cantidad de vascos actualmente encarcelados constituye de por sí un dato político y social de carácter masivo. Pero es necesario tener en cuenta a los miles de personas que pasaron anteriormente por las prisiones españolas o las decenas de miles que fueron arrestadas y a menudo maltratadas –muchas inclusive torturadas– antes y también después de la muerte de Francisco Franco para comprender la fuerza de la demanda de autodeterminación y la intensidad de la resistencia y de la represión. Un Estado democrático no puede enfrentar ese fenómeno como si se tratara únicamente de un problema de terrorismo.
Una solución política negociada con las diferentes partes estuvo al alcance de la mano el año pasado, cuando la ETA proclamó un cese del fuego por tiempo indefinido. El gobierno español no aprovechó entonces la ocasión para reeditar una solución similar a la irlandesa. Resulta difícil saber si no quería o si no podía hacerlo, por encontrarse enredado en los engranajes de un Estado heredado directamente del franquismo. El gobierno de José Luís Rodríguez Zapatero tenía que respetar, además, los compromisos del PSOE con el ejército y con las fuerzas de derecha, compromisos correspondientes a la «transición», en lo tocante a la unidad de España y el mantenimiento en el poder del Rey designado por el general Franco.
Por su parte, la ETA no tuvo la paciencia necesaria para esperar el desarrollo de una movilización ciudadana a favor del proceso de paz, movilización que hubiese podido desenredar la situación, y emprendió una espectacular acción de sabotaje en el aeropuerto de Madrid, que costó la vida a dos inmigrantes ecuatorianos. El día mismo del atentado, el gobierno español puso fin al proceso de paz, que no fue para él más que un vago intercambio de palabras sin más consecuencias.
Meses después, la ETA puso fin al cese del fuego unilateral. Desde entonces, el gobierno socialista español, deseoso de captar votos provenientes de la derecha –con la que está equiparado en los sondeos– viene jugando la carta del aumento de la represión, a la cual corresponde la más reciente ola represiva. Por consiguiente, es de temer un regreso de la ETA a la «acción armada», a la que el gobierno de Zapatero o su sucesor de derecha responderán sin duda con una nueva carga contra los derechos de los ciudadanos.
[1] La Red Voltaire criticó a este magistrado en «La presse arabe dans la ligne de tir», 15 de septiembre de 2003. Y él nos respondió en la entrevista que nos concedió, pero sin convencernos en lo más mínimo. Ver «Baltazar Garzón ou le fantasme d’Al Qaïda», 16 de febrero de 2004.
Manténgase en contacto
Síganos en las redes sociales
Subscribe to weekly newsletter