El reconocimiento de los derechos humanos surge en torno a las necesidades del contexto sociohistórico vivido, siempre en búsqueda de un mejor desarrollo para todos y todas y la afirmación de la dignidad humana. Hoy en día, la discusión respecto del agua como un derecho humano ha sido larga. La importancia del líquido como elemento esencial para la vida, así como la crisis mundial respecto de las reservas en los mantos acuíferos la han vuelto un tema de preocupación en las agendas nacionales e internacionales, privadas y públicas.
La cantidad de agua extraída en el mundo, exigida por los usos modernos, obstaculiza la recarga natural. La globalización económica, la predominancia de la visión de mercado y la libre actuación de sus principales actores, las empresas nacionales y trasnacionales impactan en el disfrute de los derechos humanos. Si a esto le sumamos el desarrollo de una crisis multidimensional, como la que nos envuelve en la actualidad, el panorama se torna negativo, sobre todo para aquellos sectores en situación de pobreza y discriminación.
Para 2025, datos publicados por La Jornada estiman que en México la disponibilidad de agua por persona será “baja”, es decir, de aproximadamente 3 mil 788 metros cúbicos (cuando el volumen de agua disponible por habitante es menor a 1 mil metros cúbicos al año, se está hablando de una grave crisis hídrica). Nuestro país cuenta con un gran número de problemas respecto de la distribución del agua, como la sobreexplotación de los mantos acuíferos, cuyo resultado es la escasez en las zonas rurales y que, sin embargo, no soluciona las altas demandas y la insuficiencia del suministro, principalmente en el centro y norte del país. Asimismo, la contaminación de aguas superficiales y aguas subterráneas a causa del desagüe –que incluye el uso doméstico pero que en gran medida es industrial– y la filtración de materias tóxicas afectan a la agricultura y al suministro de agua potable; al igual, la ineficaz atención de las fugas en la red propicia que se desperdicien millones de litros del líquido mucho antes de llegar a los hogares.
De no haber un cambio en el modelo de gestión, dependiendo de las regiones del país y de los contextos urbanos o rurales, las diferencias en cuanto a la disposición del líquido también se mantendrán. Por ejemplo, en el Distrito Federal, algunos hacen uso de 28 litros al día, en cambio, otros disponen de más de 800 litros diarios, tales son los casos de Iztapalapa y de Lomas de Chapultepec, respectivamente.
Las organizaciones de derechos humanos estamos convencidas de que una de las formas de asegurar la sostenibilidad del recurso, pensando en la dignidad y el bienestar de las personas, es su reconocimiento y ejercicio como derecho humano. Desafortunadamente, el acceso al agua no figura en el catálogo de derechos reconocidos en la Constitución Mexicana; mucho menos, la administración del “oro azul” se realiza bajo esta perspectiva.
Para la sociedad civil es preocupante que las discusiones en foros mundiales del agua, en el marco de la Organización Mundial del Comercio, sobre la venta del agua como estrategia para preservar el recurso, la coloquen como un bien privado. En México, la visión del agua como bien público se está perdiendo ante los argumentos de que el Estado no ha podido solucionar las fallas estructurales en la repartición y explotación del recurso natural. Ante la corrupción por parte de las autoridades y la falta de recursos para inversión en infraestructura, se tiende a una política privatizadora de un bien común.
Las autoridades mexicanas han adoptado ya este discurso, en el cual, junto con la alusión al libre comercio y la descentralización de los servicios, se encuentran las recomendaciones del Banco Mundial y el Fondo Monetario Internacional. Dichas medidas buscan la menor participación del Estado en el manejo de bienes públicos; sin embargo, con estas disposiciones se beneficia la participación de las empresas extranjeras.
De este modo, durante las últimas décadas, principalmente desde la década de 1990, los cambios legislativos, la política pública y la actuación de la Comisión Nacional del Agua desarrollan diversos modos de apertura o participación de capital privado en el sector, que en el trasfondo no son más que diversos modos de llamar a la privatización.
Algunas de estas formas de privatización que se dan en nuestro país se expresan mediante el embotellamiento y comercio del líquido. En este modelo son las cuatro trasnacionales (Danone, Pepsico, Nestlé y Coca-Cola) las que mantienen el mayor control de un negocio que les brinda ganancias entre 1 mil y 10 mil veces más del costo inicial.
Con la política descentralizadora, los municipios, al verse a cargo de un sistema con grandes problemas, pero sin recursos suficientes para solucionarlos, optaron por cambios legislativos en torno al agua, y con ello abrieron paso a la privatización de los servicios mediante las llamadas empresas descentralizadas o paramunicipales. Se otorgó la oportunidad a las trasnacionales de apropiarse de las redes de extracción, distribución y saneamiento, como sucede en los casos de Saltillo, Distrito Federal y Aguascalientes.
En Saltillo, desde 2001, se da una participación mixta entre Aguas de Barcelona (49 por ciento) y el gobierno municipal (51 por ciento), a través de Aguas de Saltillo. Si bien el suministro ha sido “suficiente” es gracias a la sobreexplotación de los pozos y, con ello, la mala calidad del agua que se distribuye. Además, como producto de la manipulación de la información, se dan altos costos y cobros indebidos violentando el principio de accesibilidad económica. Ante esto, la sociedad civil en Saltillo sigue su lucha para que se disuelvan las concesiones y la empresa vuelva a ser netamente municipal.
En Aguascalientes se da una concesión integral a una compañía privada francesa (hoy día Vivendi), para extracción, saneamiento, distribución, facturación y cobranza. Los resultados son como en Saltillo. Aunado a ello, el gobierno federal brindó subsidios públicos a la empresa privada y, sin embargo, el mal estado de las redes y la infraestructura sigue sin solucionarse. Ante la falta de pagos por parte de los usuarios, las empresas tienden a cortar el suministro, negando la accesibilidad física al agua.
Existen más casos a lo largo del país. Las autoridades niegan que estas formas de invertir capital privado en bienes públicos sea privatización, con todo, beneficios y ganancias son para las empresas, mientras la población “costea” los problemas.
Cabe recordar que el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de la Organización de las Naciones Unidas dio origen a la Observación General Número 15. En ella se precisa el contenido del agua como un derecho fundamental, señalando que ésta debe ser suficiente para satisfacer las necesidades básicas de consumo, cocina, higiene personal y del hogar; debe ser de buena calidad, sin sustancias nocivas y con color, olor y sabor aceptables; accesible, por lo que los servicios deben estar al alcance físico de toda la población; accesible económicamente, los costos no pondrán en riesgo el ejercicio de otros derechos, como el contar con una vivienda digna, el tener salud, una alimentación adecuada; el goce de una vida digna; que el agua sea un bien de dominio público (artículo 2); y que tenga mucha importancia el acceso sostenible a los recursos del agua para la agricultura (artículo 7).
Un bien imprescindible, indispensable para la vida, no debe ser fuente de comercio y quedar a disposición de las leyes del mercado. Los Estados deben reconocer el agua como derecho humano y, como tal, respetarlo, protegerlo, promoverlo y garantizarlo.
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