En 2011, la Suprema Corte de Justicia podría resolver el proceso de reinstalación del exmagistrado oaxaqueño Francisco Salvador Pérez, a quien el Consejo de la Judicatura separó de sus funciones en 2006. El jurista habría sido sometido a una “investigación” inquisitoria luego de manifestar su simpatía por la APPO. Los mismos ministros que sancionaron su posición política respecto del movimiento social podrían juzgar su caso, denuncia el agraviado
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) mantiene en suspenso la resolución del caso del exmagistrado oaxaqueño Francisco Salvador Pérez, quien fuera cesado de sus funciones luego de manifestar simpatías por la Asamblea Popular de los Pueblos de Oaxaca (APPO) y el excandidato presidencial Andrés Manuel López Obrador.
El recurso de revisión administrativa 71/2008-00 se encuentra en manos de la ministra Margarita Beatriz Luna Ramos desde los primeros meses de 2009. No obstante, dice en entrevista el exmagistrado, ella está impedida de conocer el caso.
Hasta 2006, Salvador Pérez se desempeñaba como magistrado del Primer Tribunal Unitario del Décimo Tercer Circuito, en la ciudad de Oaxaca. Ese año, tras manifestar públicamente su posición política fue suspendido por el Consejo de la Judicatura Federal (CJF). Su destitución formal ocurrió en noviembre de 2008.
No obstante, el acoso del que dice haber sido objeto inició en el año de las elecciones presidenciales: el CJF inició los procedimientos administrativos con los cuales se le confiscó y privó del trabajo que venía desempeñando, así como del cargo de magistrado que realizaba desde 11 años atrás.
En este caso, dice en entrevista el exmagistrado, hay una serie de “impedimentos”, entre los que destaca que los ministros Luna Ramos, Sergio Armando Valls Hernández, Luis María Aguilar Morales y Guillermo Ortiz Mayagoitia se encuentran legalmente impedidos de intervenir en la resolución, puesto que habrían sido funcionarios de la Judicatura cuando él fue separado de su cargo.
Salvador Pérez cita en su defensa el artículo 146 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, que en su artículo XIII establece que es causa de impedimento para conocer los asuntos “haber sido administrador de los bienes del interesado por cualquier título”.
Por esto, asegura, “el pleno de la SCJN, en aras del debido cumplimiento de sus obligaciones, deberá apartar a cada uno de los ministros de este caso, por haber tenido con anterioridad el carácter de administradores de los bienes del CJF”.
El proceso
El dictamen 2/2007 de la Judicatura, emitido el 8 de agosto de 2007 –cuya copia posee Contralínea–, describe que la investigación en la que se involucró a Salvador Pérez fue para “verificar el funcionamiento del órgano jurisdiccional”.
Los resultados del proceso arrojaron que, el 29 de agosto de 2006, la Comisión de Disciplina del CJF determinó la práctica de una “visita extraordinaria” al tribunal oaxaqueño.
Tres meses más tarde, el 22 de noviembre de 2006, el pleno del Consejo aprobó el dictamen presentado por la Secretaría Ejecutiva de Disciplina, en el que se determinó abrir “el procedimiento administrativo de investigación” contra el entonces magistrado Francisco Salvador Pérez; los secretarios del Tribunal Elías Antonio Sánchez Aquino y Nahum Martínez Aparicio; los oficiales administrativos Carmelo Loaeza Juárez, Alma Gloria Armenta Casiano y Silvia Castellanos Cervantes; así como contra la oficial Mariana Ledesma Crespo.
Con esta investigación, fue decretada la “suspensión temporal del magistrado”. Las acusaciones del CJF se centraron en que Francisco Salvador Pérez habría participado en el nombramiento de Carmelo Loaeza Juárez, como actuario judicial, supuestamente sin que hubiera acreditado el examen de aptitud.
“También será materia del procedimiento disciplinario de denuncia contra el magistrado Francisco Salvador Pérez la reiteración de movimientos temporales del personal administrativo detectados por el magistrado visitador como resultado de la revisión de expedientes del personal”, dice la investigación.
Sin embargo, en el expediente que se encuentra hoy en la Suprema Corte de Justicia de la Nación, el jurista reclama que el Consejo de la Judicatura “nunca notificó” la sentencia definitiva condenatoria en su contra. Así como tampoco se notificó a su defensor “todas las actuaciones y constancias que integraba el expediente”.
Con 35 años de servicio, se ha desempeñado como juez de Distrito; subsecretario de Acuerdo; secretario de Estudio y Cuenta de la Segunda Sala y de la Primera Sala de la Suprema Corte, y como secretario de tribunales de Circuito y de juzgados de Distrito.
Punto de acuerdo
La historia del caso llegó al Senado de la República el 27 de agosto de 2008. Durante el segundo receso de la Comisión Permanente, la diputada Aleida Alavez Ruiz, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática (PRD), subió a la tribuna legislativa un punto de acuerdo para exhortar al CJF a “vigilar el cumplimiento del marco jurídico y respeto de las garantías que otorga la Constitución Política en el procedimiento administrativo que se sigue en contra del magistrado federal Francisco Salvador Pérez”.
Entre los argumentos de Alavez Ruiz para conseguir la aprobación de sus homólogos, menciona que “los miembros del Poder Judicial de la Federación, al igual que todos los servidores públicos, tienen como obligación el apego a los principios de legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad y eficacia en el desempeño de sus funciones, sin que esto suponga restringir la libertad de expresión o de información.
“El Poder Judicial está obligado a conducirse de una manera más transparente. Con mayor medida en el caso del magistrado Francisco Salvador Pérez que, a raíz de pronunciar su simpatía con el movimiento social que sucedió en 2006 en el estado de Oaxaca, ha sido objeto de procedimientos judiciales poco claros”, expuso.
La crítica
En entrevista con Contralínea, el exmagistrado oaxaqueño asegura que el Consejo de la Judicatura Federal ya le quitó todas las faltas que se le habían atribuido. Además, indica que, “desde su creación, el CJF se desempeña, en gran medida, de manera discrecional”.
Añade: “El Consejo de la Judicatura actúa como una autoridad de corte absolutista, ya que concentra prácticamente todas las atribuciones estatales en un solo órgano de gobierno. En los procedimientos de responsabilidad administrativa en contra del personal aludido, funge e interviene a merced de la reglamentación que emite para sí mismo”.
El exmagistrado oaxaqueño considera que para los órganos judiciales no existen medios de defensa ni ordinarios ni extraordinarios, “por lo mismo priva la más absoluta indefensión. Lo mismo ocurre en la Suprema Corte de Justicia, que convalida este lamentable estado de cosas. Se trata de un sistema de procedimientos represivos que aplica penas severas, sin medios de defensa y de corte claramente medieval”.
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