El “Tratado entre el Ecuador y los Estados Unidos sobre la Protección de Inversiones” -en la práctica solamente de las norteamericanas en el Ecuador- debe concluir en abril del año 2007. La duración del “Tratado” seguirá más allá, indefinidamente, mientras una de las partes no denuncie el Tratado con un año de anticipación, es decir, no de noticia a la otra parte de su voluntad de terminar el Tratado en un año plazo. Desde abril del presente año 2006 el Ecuador está facultado para denunciar el “Tratado”
El “Tratado” fue el fundamento de la demanda de la misma OXY por el IVA petrolero.
El “Tratado” ha sido tomado por la Oxy como sustento para una eventual demanda al Ecuador ante un Tribunal Arbitral internacional, bajo las reglas de la CIADI.
El “Tratado” será permanentemente el limitante para que el Ecuador pueda actuar con soberanía, sin que se lo acuse de faltar a la seguridad jurídica, de confiscador, de antinorteamericano, de xenófobo, etc., etc.
El “Tratado” estorba que el Ecuador pueda actuar sin trabas, elevando simplemente el impuesto a la renta, como lo han hecho otros Estados como Inglaterra, que en diciembre de 2005 elevó el impuesto a la renta por las ganancias exorbitantes de las compañías petroleras por el aumento de los precios mundiales. El propio New York Times, el 28 de abril último, exhortó a crear un impuesto adicional a las ganancias extraordinarias que están obteniendo las compañías petroleras sin ningún mérito de su parte; simplemente por causas políticas y conflictos internacionales. Y el Congreso de los Estados Unidos está tramitando una ley este sentido.
El “Tratado” fue suscrito el 27 de agosto de 1993 en Washington, en el Gobierno de Sixto Durán Ballén, por el Embajador Edgar Terán.
El Congreso lo aprobó, el 28 de septiembre de 1994, de manera muy expedita porque su Presidente, el Dr. Heinz Moeller, negó los pedidos de los diputados Diego Delgado y Mauricio Gándara para que al menos se lo leyera y aprobara artículo por artículo, por responsabilidad y considerando que contenía disposiciones que disminuían la soberanía nacional. Todo fue inútil: se votó y aprobó el informe de la Comisión de Relaciones Exteriores del Congreso, que en diez líneas nada informaba sobre el contenido del Tratado.
El Tratado fue publicado en el Registro Oficial de 22 de abril de 1997.
En el Tratado de Río de Janeiro (1942, límites con Perú, NR): la pérdida territorial que sufrió el Ecuador pudo ser visualizada objetivamente en todo mapa del Mundo.
En cambio, el “Tratado de Protección Recíproca de las Inversiones” comenzó a ser comprendido desde que la OXY nos arrastró a los Tribunales internacionales de arbitraje y obtuvo que se condene al Ecuador a devolver 75 millones del IVA petrolero. Continuamos comprendiéndolo con las nuevas demandas.
Para el futuro, curémonos en salud. El Gobierno del Ecuador debe notificar al de los Estados Unidos su voluntad de terminar la vigencia del Tratado en mayo de 2007. Hagámoslo de una vez, es un procedimiento normal en el derecho internacional y consta en el propio Tratado.
En su hora, deberá hacerse lo propio con el Tratado de la Base de Manta, que tantos sinsabores nos ha traído.
Manténgase en contacto
Síganos en las redes sociales
Subscribe to weekly newsletter