El Sindicato de Trabajadores Petroleros de la República Mexicana (STPRM) podrá seguir amparándose para evitar que la información del dinero que recibe de Petróleos Mexicanos (Pemex) sea publicada, por medio de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental. Ello, porque se trata de un particular y no está obligado a rendir cuentas del uso que le da a los recursos económicos y en especie que le entrega la paraestatal, una vez que éstos salen de las arcas públicas.

Este razonamiento parecería contrario a lo establecido el 5 de marzo de 2012 por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, cuando la Primera Sala resolvió que las resoluciones del Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos (Ifai) son definitivas e inatacables.

No obstante, Jaqueline Peschard, comisionada presidenta del Ifai, explica a Contralínea que “los particulares sí se van a poder seguir amparando, porque es un derecho fundamental. Entonces, el Sindicato [de Trabajadores Petroleros de la República Mexicana] lo podrá seguir haciendo y los particulares, aun cuando sean personas morales, van a continuar amparándose y eso sí está previsto por la ley. Pero los sujetos obligados a los que nosotros les instruimos que den la información, ésos son la Suprema Corte de Justicia de la Nación está diciendo: tú no puedes litigar en contra de una resolución del Ifai, porque son resoluciones que te obligan de manera definitiva”.

Peschard considera que la resolución es muy relevante, no sólo para el Instituto, sino sobre todo para el acceso a la información. “Esta sentencia significa que se cumplan los términos de la Constitución y que el acceso a la información debe ser ágil, expedito”.

Ocultan recursos públicos al Sindicato

Información del Ifai indica que de los 17 amparos que los sujetos obligados han promovido entre 2004 y 2012, cuatro son de Pemex. Además, de 2007 a 2011 el STPRM se amparó al menos en 25 ocasiones para impedir que la paraestatal entregara información sobre asuntos que le concernían, indicó el diario Reforma el 16 de enero pasado.

Uno de esos casos es el de las solicitudes de Norma Monroy, una activista petrolera que pidió desde hace cuatro años copias certificadas de todos los documentos que amparen la entrega de recursos (económicos o en especie) que Pemex ha entregado al Sindicato en el periodo de 2000 a 2007. A pesar de que se trata de recursos públicos, la paraestatal y el STPRM se han amparado y, con ello, ha impedido que la información se conozca.

“Como ciudadana llegué al Ifai desde 2007, y ando, desde entonces, en un peregrinar. Pedí, entre otras cosas, los cheques certificados con todo el dinero que Petróleos Mexicanos le ha dado al Sindicato, y he recorrido hasta la fecha, los juzgados 16 y 14 [en materia de amparo].”

Monroy narra que durante una de las citas que tuvo con la excomisionada del Ifai, y entonces ponente de su caso, María Marván, le fueron requeridas pruebas de que los recursos que salen de Pemex con destino al Sindicato no sólo son por cuotas. “Yo tengo los convenios. Ellos justifican que los recursos son para la celebración del 1 de mayo [Día Internacional del Trabajo], pero ya tiene mucho tiempo, desde [el gobierno de Ernesto] Zedillo, que no se desfila y menos lo hace el sindicato petrolero. También el 18 de marzo [Día de la Expropiación Petrolera] se les entregan 80 millones de pesos; cuando viene la revisión contractual, se les otorgan 180 millones para gastos, y todo eso lo paga Pemex. Es mentira que se lo tiene que dar al Sindicato [para cumplir objetivos]. Todo esto está en convenios, más aparte el Pemexgate. Por eso estoy pidiendo [cuentas] del dinero que ha salido de 2000 a la fecha, y se amparan tanto el Sindicato como Pemex”.

Entre otras cosas, la paraestatal debía de haber entregado a Monroy copias de los cheques certificados que tanto el corporativo como las subsidiarias hubieran dado a los dirigentes petroleros, encabezados por el priísta Carlos Romero Deschamps. Así lo resolvió el Ifai, pero eso no se ha cumplido.

Los gastos excesivos

El hermetismo y la opacidad con que se tratan los asuntos relacionados con las erogaciones sindicales también se evidencian con el caso de Aldo José Luis Cifuentes de la Madrid, agremiado desde hace 21 años al STPRM, Sección 39, con sede en la localidad de Santa Catalina, municipio de Huauchinango, Puebla.

A través del sistema de acceso a la información del gobierno federal (Infomex), el 30 de marzo de 2011 solicitó (folio 1857200043811) a Pemex copia de los contratos y convenios administrativos sindicales de transporte de personal de las 36 secciones; los cheques emitidos por la paraestatal; los recibos de las empresas beneficiadas con dichos contratos; los documentos que avalan la constitución de las empresas que constan en Pemex; y de los contratos de las compañías que aseguran al personal durante el traslado.

“Lo hacemos porque son recursos públicos, son recursos de la nación”, señala el petrolero. La respuesta de Pemex fue solicitar una prórroga el 2 de mayo de 2011 para continuar con la búsqueda de la información. Un mes después (el 2 de junio), Pemex notificó a Cifuentes de la Madrid la disponibilidad de la información y el 27 del mismo mes, el Infomex recibió el pago por el envío de los documentos solicitados.

El 11 de julio se notificó que la información “ha sido enviada” al solicitante. Sin embargo, adjunto a la notificación se incluyó un archivo en el que se comunicaba que en sesión ordinaria, del 23 de junio de 2011, el Comité de Información de Pemex acordó la suspensión concedida al STPRM por el juicio de amparo 614/2011, ante el Juzgado Cuarto de Distrito en Materia Administrativa en el Distrito Federal.

Así, la resolución concedió la “suspensión definitiva solicitada para el único efecto de que se mantengan las cosas en el estado que actualmente guardan, esto a fin de que las autoridades responsables no hagan entrega al tercero perjudicado; es decir, al solicitante de la información que le fue autorizada mediante el oficio SRHRL-CGG-1334/2011, relativo a la solicitud de información 1857200043811”.

Ante la contradicción de la respuesta recibida por Pemex, Cifuentes de la Madrid apeló al recurso de revisión que el Infomex sugiere para estos casos. El 1 de agosto de 2011, interpuso dicho recurso. Veintiún días después se notificó a Petróleos Mexicanos que se admite el recurso y se le otorgan siete días hábiles para manifestarse.

En la sesión celebrada el 12 de octubre de 2011, el Ifai resolvió como sobreseído el recurso de revisión. Jaqueline Peschard explica que “si se sobreseyó quiere decir que le dieron la información, entonces se quedó sin materia o que estuvo mal planteada”.

Aclara que de ser el segundo caso, lo que aplica es que el Instituto, en un nuevo recurso, “vea si es información del patrimonio del Sindicato y eso está amparado justamente, porque es un privado. En ese caso, nosotros no podemos abrir esa información. El Sindicato no es sujeto de la ley”.

Cifuentes de la Madrid y otros trabajadores consultados indican que el interés por conocer esta información radica en que tanto la paraestatal como el STPRM efectúan un doble pago por un mismo servicio. Se paga dos veces el seguro que cubre los gastos que se pudieran generar por accidentes que ocurran durante el traslado al lugar de trabajo.

Las opciones legales

Jacqueline Peschard reconoce que entre los casos de amparo más recurrentes que involucran a Pemex están aquellos originados por solicitudes de información sobre recursos que van al Sindicato de Trabajadores Petroleros. “En esos casos, con mucha frecuencia, cuando se pide [conocer] cuántos recursos se le transfirieron de Pemex al Sindicato, nosotros hemos señalado que son recursos públicos. El artículo 12 de la Ley de Transparencia indica que todos los recursos públicos, todo lo que sea del erario, tienen que decirse a dónde va y cuánto es; el monto, y a quién se le destina”.

La comisionada presidenta del Ifai ejemplifica: “Si en el contrato colectivo se señala que se les va a dar ayuda para vacaciones o para construcción de vivienda, nosotros consideramos que son recursos públicos que van a un tercero y eso se tiene que transparentar. Entonces, el Sindicato siempre se ampara”.

En estos temas, señala Peschard, “lo más controversial ha sido cuando se pide, por ejemplo, cuáles son los recursos que se van al Sindicato por concepto de cuotas sindicales, pero esa aportación la descuenta Pemex de la nómina. Hemos señalado que se aplica el mismo criterio. Unos jueces dijeron que sí se debe dar el recurso, otros que no, porque aunque lo da Pemex al Sindicato, eso es parte del patrimonio del trabajador, porque es de su sueldo que se le descuenta”.

Añade que otros casos recurrentes de amparo “son los que tienen que ver con los contratos de Pemex con terceros, con empresas que le van a ofrecer algún tipo de servicio o para la construcción. Ahí lo que nosotros hemos encontrado es que uno de los principios y obligaciones de transparencia es que todo lo que tenga que ver con contratos, convenios, licitaciones, etcétera, al final son recursos públicos y son obligaciones de transparencia”.

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Fuente: Revista Contralínea 276 / 18 marzo de 2012