Resolución
El Consejo de Seguridad,
Recordando sus resoluciones 2314 (2016), 2235 (2015), 2209 (2015) y 2118 (2013),
Observando que la Misión de Determinación de los Hechos de la Organización para la Prohibición de las Armas Químicas (OPAQ) está investigando nuevas acusaciones de empleo de armas químicas en Siria,
Condenando de nuevo en los términos más enérgicos todo empleo de cualquier sustancia química tóxica como arma en la República Árabe Siria y expresando alarma por que las sustancias químicas tóxicas empleadas como arma en la República Árabe Siria siguen causando muertos y heridos entre la población civil,
Reafirmando que el empleo de armas químicas constituye una violación grave del derecho internacional y reiterando que las personas, entidades, grupos o gobiernos responsables de cualquier empleo de armas químicas deberán rendir cuentas de sus actos,
Reafirmando su profunda preocupación por que sigan operando en la República Árabe Siria el Estado Islámico en el Iraq y el Levante (EIIL, también conocido como Daesh) y otras personas, grupos, empresas y entidades asociados con este o con Al-Qaida, entre otros, combatientes terroristas extranjeros que se han sumado al EIIL (Daesh) en Siria, grupos que han jurado a este lealtad y el Frente Al-Nusra,
Destacando la necesidad de que todos los Estados Miembros cumplan plenamente sus obligaciones en virtud de la resolución 2178 (2014),
Recordando que en su resolución 2118 el Consejo recalcó que ninguna parte en Siria debería emplear, desarrollar, producir, adquirir, almacenar, conservar ni transferir armas químicas y decidió que los Estados Miembros debían informarle inmediatamente de cualquier violación de la resolución 1540, incluida la adquisición por agentes no estatales de armas químicas, sus sistemas vectores y materiales conexos, a fin de adoptar las medidas necesarias en consecuencia,
1. Decide renovar el mandato del Mecanismo Conjunto de Investigación, que figura en la resolución 2235, por un período adicional de un año a partir de la fecha de aprobación de la presente resolución, con la posibilidad de que el Consejo de Seguridad lo prorrogue y lo actualice si lo estima necesario;
2. Recuerda su decisión de que la República Árabe Siria no debe emplear, desarrollar, producir, adquirir de otro modo, almacenar ni conservar armas químicas, ni transferir, directa o indirectamente, armas químicas a otros Estados o agentes no estatales;
3. Reafirma lo dispuesto en los párrafos 1, 3 y 4, 6, 8, 9, 12 y 15 de la resolución 2235;
4. Alienta al Mecanismo Conjunto de Investigación, según corresponda, a consultar con los organismos de las Naciones Unidas pertinentes en materia de lucha contra el terrorismo y no proliferación, en particular, con el Comité establecido en virtud de la resolución 1540 y el Comité de Sanciones contra el EIIL (Daesh) y Al-Qaida 1267/1989/2253, a fin de intercambiar información sobre la participación de agentes no estatales en calidad de autores materiales, organizadores, patrocinadores o de otro modo en el empleo de productos químicos como armas en la República Árabe Siria en los casos en que la Misión de Determinación de los Hechos de la OPAQ dictamine o haya dictaminado que un incidente concreto ocurrido en la República Árabe Siria haya o pueda haber entrañado el empleo de sustancias químicas como armas;
5. Invita al Mecanismo Conjunto de Investigación a involucrar a los Estados regionales pertinentes en el cumplimiento de su mandato, entre otras cosas, para identificar en la mayor medida posible a personas, entidades o grupos asociados con el EIIL (Daesh) o el Frente Al-Nusra que participen en calidad de autores materiales, organizadores, patrocinadores o de otro modo en el empleo de sustancias químicas como armas en la República Árabe Siria en los casos en que la Misión de Determinación de los Hechos de la OPAQ determine o haya determinado que un incidente concreto ocurrido en la República Árabe Siria haya o pueda haber entrañado el empleo de sustancias químicas como armas, alienta a los correspondientes Estados regionales a proporcionar, según proceda, al Mecanismo Conjunto de Investigación información sobre el acceso de agentes no estatales a armas químicas y sus componentes o las actividades de agentes no estatales encaminadas a desarrollar, adquirir, fabricar, poseer, transportar, transferir o emplear armas químicas y sus sistemas vectores que se produzcan bajo su jurisdicción, incluida la información de las investigaciones nacionales al respecto, y subraya la importancia de las obligaciones de los Estados Partes con arreglo al artículo VII de la Convención sobre la Prohibición del Desarrollo, la Producción, el Almacenamiento y el Empleo de Armas Químicas y sobre su Destrucción (Convención sobre las Armas Químicas) y de la plena aplicación del párrafo 8 de la resolución 2235, entre otras cosas, en lo relativo a la información sobre agentes no estatales;
6. Recuerda el artículo X.8 y X.9 de la Convención sobre las Armas Químicas, que permite a cualquier Estado parte solicitar y recibir asistencia y protección contra el empleo o la amenaza del empleo de armas químicas, si considera que se han empleado contra él tales armas, recuerda además que esas solicitudes, corroboradas con la información pertinente, se transmiten por conducto del Director General de la OPAQ al Consejo Ejecutivo y a todos los Estados Partes en la Convención sobre las Armas Químicas, e invita al Mecanismo Conjunto de Investigación a ofrecer sus servicios a la OPAQ en tales circunstancias si resulta pertinente para el cumplimiento efectivo del mandato del Mecanismo;
7. Reafirma el párrafo 7 de la resolución 2235, entre otras cosas, respecto a la posibilidad de que el Mecanismo Conjunto de Investigación examine información y pruebas adicionales que no hayan sido obtenidas ni preparadas por la Misión de Determinación de los Hechos pero que estén relacionadas con el mandato del Mecanismo, y destaca la necesidad de que se aplique plenamente, en particular, en lo que respecta al suministro de la información solicitada por el Mecanismo Conjunto de Investigación y la puesta a disposición de los testigos;
8. Solicita al Secretario General de las Naciones Unidas que, en coordinación con el Director General de la OPAQ, le presente un informe, e informe al Consejo Ejecutivo de la OPAQ cada 60 días sobre los progresos realizados;
9. Solicita al Mecanismo Conjunto de Investigación que lleve a cabo un informe en el plazo de 90 días a partir de la aprobación de la presente resolución, y que en lo sucesivo lleve a cabo los informes siguientes según proceda, y solicita al Mecanismo Conjunto de Investigación que le presente el informe, o los informes, e informe al Consejo Ejecutivo de la OPAQ al respecto, e invita al Mecanismo Conjunto de Investigación a notificar del modo que corresponda al Comité 1540, el Comité 1267/1989/2253 o cualquier otro organismo pertinente en materia de lucha contra el terrorismo y no proliferación los resultados de su labor al respecto;
10. Decide seguir ocupándose activamente de la cuestión.
Debates
Se abre la sesión a las 21.00 horas.
El Presidente, Sr. Seck (Senegal) (habla en francés): El Consejo de Seguridad comenzará ahora el examen del tema que figura en el orden del día.
Los miembros del Consejo tienen ante sí el documento S/2016/974, que contiene el texto de un proyecto de resolución presentado por los Estados Unidos de América.
El Consejo está listo para proceder a la votación del proyecto de resolución que tiene ante sí. Someteré ahora a votación el proyecto de resolución.
Se procede a votación ordinaria.
Votos a favor:
Angola, China, Egipto, Francia, Japón, Malasia, Nueva Zelandia, Federación de Rusia, Senegal, España, Ucrania, Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, Estados Unidos de América, Uruguay, Venezuela (República Bolivariana de)
El Presidente (habla en francés): El proyecto de resolución recibió 15 votos a favor. El proyecto de resolución ha sido aprobado por unanimidad como resolución 2319 (2016).
Doy ahora la palabra a los miembros del Consejo que deseen formular declaraciones después de la votación.
Sra. Power (Estados Unidos de América) (habla en inglés): Quisiera comenzar agradeciendo a los miembros del Consejo por habernos dado más tiempo, lo que nos permitió trabajar intensamente en estas últimas semanas con la Federación de Rusia para garantizar el texto que acabamos de aprobar por unanimidad hoy, y agradezco sinceramente el espíritu con que Rusia celebró estas negociaciones. Los riesgos en esta cuestión no podrían ser más elevados.
Los relatos de testigos a menudo empiezan de la misma manera. Helicópteros zumbando por encima de nuestras cabezas. Bombas de barril lanzadas, que caían sin explotar. Leith Fares, un socorrista en Idlib, Siria, recordó al principio sentirse aliviado cuando una de esas bombas no detonó el 16 de marzo de 2015. “Normalmente es una buena noticia cuando no hay explosión”, dijo en una entrevista. Pero cuando Leith entró en el sótano de una casa cercana buscando sobrevivientes, dijo: “Sentí falta de aire, tosí y me mareé. Ni siquiera podía tomar aire dos veces”. En el sótano, se refugiaron seis miembros de la familia Talib, con tres hijos de uno, dos y tres años de edad. Ninguno tenía heridas visibles; pero cuando los niños llegaron al hospital local, el médico que los atendió recordó que “echaban espuma por la boca, se estaban asfixiando, entonces sus corazones dejaron de funcionar”. Sus padres intentaron respirar también antes de morir del ataque, junto con la abuela de 65 años de edad.
Piense en cómo debe sentirse de repente abrumado por el fuerte olor a cloro; pensar que se ha escapado de la muerte por el bombardeo solo para darse cuenta de que podría morir por asfixia; preguntarse cómo huir de un arma que no puede ver que te envuelve por todos lados. Es un sufrimiento tan espantoso que la comunidad internacional ha condenado enérgicamente el uso de armas químicas y ha establecido una norma contra su empleo en cualquier circunstancia, conforme se consagra en la Convención sobre las Armas Químicas.
Por lo tanto, los Estados Unidos acogen con satisfacción la decisión unánime del Consejo de prorrogar por otro año más el mandato del Mecanismo Conjunto de Investigación. El Mecanismo es una herramienta fundamental para combatir la impunidad —un grupo independiente de expertos con las herramientas para decirnos quién está usando armas químicas en Siria, después de que la Misión de Determinación de los Hechos de la Organización de las Armas Químicas haya determinado que se emplearon armas químicas o probablemente fueron empleadas.
Los resultados del Mecanismo son claros. Los investigadores han llegado a la conclusión de que el régimen de Al-Assad ha utilizado armas químicas contra el pueblo sirio no solo en un ataque, sino en tres ataques confirmados hasta la fecha. Se trata de tres ataques confirmados realizados por un Estado Miembro de las Naciones Unidas; tres ataques con armas que el mundo llegó a la conclusión hace décadas que no se deberían utilizar jamás; tres ataques que han causado la muerte por asfixia a hombres, mujeres y niños sirios. Y esos son solamente los ataques que el Mecanismo ha determinado hasta la fecha. Hay pruebas creíbles de muchos ataques más con armas químicas llevados a cabo por el régimen de Al-Assad. El uso de armas químicas por el régimen de Al-Assad es una clara violación de las obligaciones de Siria en virtud de la Convención sobre las Armas Químicas y de la resolución 2118 (2013).
El Mecanismo también ha confirmado el uso de armas químicas por el Estado Islámico en el Iraq y el Levante (EIIL) en Marea. Los Estados Unidos condenan ese ataque en los términos más enérgicos, así como todas las horribles atrocidades que el EIIL ha llevado a cabo y continúa llevando a cabo contra civiles inocentes. Ese es otro motivo más por el cual hay que derrotar a esa organización terrorista y es un motivo más por el cual los Estados Unidos continuarán liderando la lucha de una coalición de 67 miembros contra esa colosal amenaza a nuestra seguridad colectiva. Subraya la necesidad de que el Consejo haga frente a la amenaza que plantean agentes no estatales como el EIIL que tienen la capacidad y la depravación de utilizar de nuevo armas químicas.
La resolución de hoy permite al Mecanismo continuar su labor —labor que, lamentablemente, tristemente, está lejos de terminar. Los miembros del Consejo de Seguridad necesitan que el Mecanismo continúe su investigación por tres motivos principales.
En primer lugar, el Mecanismo es la única institución con el mandato de identificar a los involucrados en el uso de productos químicos como armas. Hasta que no se creó el Mecanismo, el Consejo de Seguridad recibía información en voz pasiva —escuchando que “se estaban utilizando” armas químicas en Siria, pero nunca cuál de las partes las utilizaban. Fue, honestamente, extraño. Si el Consejo no hubiera prorrogado el mandato del Mecanismo hoy, nos habríamos estado negando intencionalmente a saber la verdad de quién es responsable de algunos de los crímenes más deplorables imaginables. No habríamos podido mantener una norma contra el uso de armas químicas si, como Consejo, hubiéramos decidido desde el principio que no queríamos saber quién estaba utilizando armas químicas.
En segundo lugar, según las pruebas el Mecanismo está de hecho ayudando a disuadir a los agentes de usar armas químicas. Ello es realmente importante. En los 19 meses antes de que se estableciera el Mecanismo, hubo más de 120 denuncias de ataques con armas químicas, pero en los 15 meses después de que el Mecanismo comenzara su labor esa cifra se redujo a aproximadamente 35 presuntos ataques. Seamos claros: un ataque con armas químicas es demasiado y es totalmente inaceptable y merece nuestra condena colectiva. También sabemos que hay otras causas probables, ya que el régimen sirio ha establecido un patrón de uso de armas químicas cuando está luchando utilizando medios convencionales; la entrada de Rusia en la guerra en septiembre de 2015 ha dado a Damasco una importante ventaja en el campo de batalla. Tal vez ello explique algo la reducción en el uso. Sin embargo, no hay duda de que los perpetradores que saben —como lo hicieron antes del 7 de agosto de 2015 cuando se autorizó el Mecanismo— que nunca serán identificados, esos perpetradores sintieron un mayor sentimiento de impunidad de lo que deben sentir ahora. Incluso por muy poco que logre evitar el Mecanismo que las partes utilicen armas químicas, salvaría vidas y ayudaría a salvaguardar una norma mundial importante. Ello merece el apoyo pleno y sostenido del Consejo.
En tercer lugar y por último, el Mecanismo tiene muchísimo trabajo investigativo que completar. Hasta ahora, el Mecanismo solo ha podido llegar a conclusiones en cuatro de los nueve casos que se seleccionaron inicialmente para la investigación, y siguen surgiendo nuevos casos potenciales. Por ejemplo, el 10 de agosto y el 6 de septiembre se recibieron numerosas denuncias de que helicópteros del régimen de Al-Assad lanzaron bombas de barril con productos químicos tóxicos en los barrios del este de Alepo, lo cual dejó un saldo de decenas de personas enfermas y por lo menos cinco muertos. Mientras las partes en conflicto en Siria utilicen armas químicas y puedan seguirse investigando casos anteriores, el Consejo debe determinar quién está involucrado, y necesitamos que el Mecanismo Conjunto de Investigación realice esa tarea.
No obstante, las responsabilidades del Consejo no terminan una vez que conocemos los hechos. Ya sabemos que el régimen de Al-Assad y el Estado Islámico en el Iraq y el Levante estuvieron involucrados en ataques químicos. Ahora los miembros del Consejo tienen que trabajar juntos para garantizar que los que usan estas armas horripilantes enfrenten las consecuencias. Hay agudas diferencias en el Consejo en lo que respecta al conflicto en Siria; eso está claro. Sin embargo, la renovación unánime de este mandato refleja un principio importante que compartimos: nuestra oposición colectiva inequívoca al uso de armas químicas. Este principio nos llevó a aprobar la resolución 2118 (2013), en la que se exigía que Siria, cuyo régimen acababa de llevar a cabo un ataque horrendo, que causó la muerte de al menos 1.400 personas, desmantelara y destruyera su programa de armas químicas bajo supervisión internacional. Ese principio nos llevó a crear el Mecanismo Conjunto de Investigación, y ahora a prorrogar su mandato, y debemos seguir actuando sobre la base de ese principio para exigir cuentas a las partes que han utilizado armas químicas contra el pueblo sirio.
En la historia del conflicto sirio, hay muy pocos elementos en los que el Consejo de Seguridad haya podido ponerse de acuerdo. Las armas químicas son una excepción a la regla general de la división en el Consejo. El hecho de que podamos lograr un acuerdo en este ámbito tan estrecho, pero tan importante, debería motivarnos. Debería motivarnos a trabajar con más ahínco para detener la matanza de civiles por otros medios y debería motivarnos a alcanzar la solución política, que durante mucho tiempo no ha podido lograr el pueblo de Siria, que sigue siendo objeto de ataques salvajes hasta el día de hoy.
Sr. Safronkov (Federación de Rusia) (habla en ruso): Debo referirme a los acontecimientos que precedieron a la aprobación en el día de hoy de la resolución 2319 (2016). Debo subrayar que nos preocupa profundamente la actuación de varios Estados, que tratan de trasladar el examen de la cuestión de la competencia del Consejo de Seguridad al foro de un mecanismo internacional puramente técnico en el ámbito del armamento y la no proliferación, a saber, la Organización para la Prohibición de las Armas Químicas (OPAQ).
Me refiero a la decisión contra Siria de 11 de noviembre impuesta por el Consejo Ejecutivo de la OPAQ gracias a una serie de maniobras, lo cual tendrá repercusiones negativas en la integridad de la Convención sobre las Armas Químicas y las perspectivas de su universalización, así como en la autoridad de la OPAQ. Todo ello tuvo lugar antes del examen sustantivo en el Consejo de los resultados de la labor que el Mecanismo Conjunto de Investigación realizó en el último año sobre los casos de uso de armas químicas en Siria. El Consejo creó el Mecanismo que, naturalmente, debe rendirle cuentas. Esta circunstancia solo puede tildarse de falta de respeto a las competencias del Consejo de Seguridad.
La decisión que acabamos de adoptar de prorrogar por un año el mandato del Mecanismo Conjunto de Investigación fue el resultado de una labor difícil y compleja con los Estados Unidos sobre el contenido de la resolución y de una intensa maratón de negociación entre los representantes de los Estados Unidos y Rusia. El documento, habida cuenta de nuestras prioridades de ampliar el alcance geográfico del mandato del Mecanismo y proporcionarle una orientación clara contra el terrorismo, no era ni mucho menos obvio; sin embargo, acordamos aprobarlo porque también vemos sus puntos fuertes.
Es conocida la postura escéptica de Rusia con respecto a las conclusiones presentadas en los informes del Mecanismo Conjunto de Investigación Conjunta, sobre todo en relación con las modalidades de su labor. Tenemos la intención de seguir centrando la atención en los aspectos técnicos, logísticos, jurídicos y de procedimiento de las actividades del Mecanismo. Sin poner en tela de juicio la profesionalidad de los miembros del equipo de la Sra. Gamba, confiamos en que seguirán recordando su propia responsabilidad y garantizando una labor imparcial y objetiva. Instamos a los dirigentes y al personal del Mecanismo Conjunto de Investigación a que no cedan a las numerosas presiones que prevemos ejercerán los Estados que solo se guían por sus propios intereses geopolíticos en el Oriente Medio. Nuestro apoyo a la decisión del Consejo de prorrogar el mandato del Mecanismo responde al hecho de que reconocemos la gravedad de estos retos, amenazas y manifestaciones cada vez más numerosos del terrorismo químico en Siria y el vecino Iraq, que hoy o mañana, podrían trascender las fronteras del Oriente Medio.
En reiteradas ocasiones en los últimos dos años, la Federación de Rusia ha señalado a la atención de la comunidad internacional el cúmulo de pruebas del uso de armas químicas por parte de los terroristas y las organizaciones extremistas. Hemos instado a nuestros colegas del Consejo a que respondan como es debido al resurgimiento del terrorismo químico en el Oriente Medio. Lamentablemente, todas nuestras iniciativas en este sentido, incluido nuestro proyecto de resolución correspondiente con nuestros asociados chinos, se han visto bloqueadas en reiteradas ocasiones. Vemos el resultado. Todos, incluso el Mecanismo, reconocen que los terroristas y militantes de la oposición armada en esa región desgarrada por el conflicto utilizan activamente sustancias químicas tóxicas contra las fuerzas del Gobierno sirio y del Gobierno iraquí y los civiles pacíficos. Los terroristas han generado verdaderas capacidades químicas militares, ya que cuentan con la tecnología para sintetizar sustancias tóxicas de uso militar como el sarín y el gas mostaza. En esa labor, participan antiguos químicos del ámbito militar y especialistas extranjeros. Estos hechos están incluso confirmados por la comunidad de inteligencia de los Estados Unidos.
El Mecanismo debe centrarse plenamente en las actividades químicas de los agentes no estatales, en particular el Estado Islámico, Jabhat al-Nusra, el movimiento Harakat Nour al-Din al-Zenki, Jaysh al-Islam, Jaysh al-Fatah y otros grupos armados de la oposición, que operan en Siria y en los países adyacentes, lo cual Damasco ha puesto de relieve en sus declaraciones ante el Consejo de Seguridad y la OPAQ.
En la resolución de hoy se confiere el mandato necesario para investigar esos delitos. Lo que tenemos en nuestras manos es el terrorismo internacional que ya disfruta del uso de armas nucleares, a menudo con un claro objetivo de provocación para desacreditar al Gobierno sirio desde el punto de vista político. Lamentablemente, una vez más, hoy hemos escuchado declaraciones contra el régimen. La amenaza terrorista ya ha cobrado proporciones mundiales. Una vez más, pedimos a los miembros del Consejo que dejen de lado nuestras diferencias políticas para aunar fuerzas como parte de una amplia coalición antiterrorista para erradicar este fenómeno devastador.
Sr. Shen Bo (China) (habla en chino): China acoge con beneplácito la aprobación por unanimidad de la resolución 2319 (2016) del Consejo de Seguridad. Nuestra postura respecto de la cuestión relativa a las armas químicas es clara y coherente. Nos oponemos firmemente al uso de armas químicas por cualquier país, organización o persona en cualquier circunstancia.
China está profundamente preocupada por el uso de materiales químicos como armas en Siria y condena enérgicamente esa práctica. China siempre ha pedido al Mecanismo Conjunto de Investigación de la Organización para la Prohibición de las Armas Químicas y a las Naciones Unidas que cumplan sus funciones, de conformidad con el mandato y de manera imparcial, objetiva y profesional. La resolución 2319 (2016) contiene muchos elementos positivos, entre ellos que el Mecanismo Conjunto de Aplicación, en su mandato futuro, prestará más atención al uso de armas químicas por parte de agentes no estatales e intercambiará más información con los países vecinos de Siria.
China espera que, sobre la base del respeto de la soberanía de los países interesados, el Mecanismo Conjunto de Investigación estreche la coordinación con el Gobierno sirio para investigar exhaustivamente el uso de armas químicas a fin de desvelar la verdad. China también espera que el Consejo continúe manteniendo la unidad que hemos constatado por lo que respecta a la cuestión de las armas químicas sirias a fin de desempeñar una función positiva en la eliminación definitiva de dichas armas y en el mantenimiento de la paz y la estabilidad en el país, así como colaborando en pos de una solución integral, duradera y adecuada a la situación en Siria.
Sra. Gueguen Mohsen (Francia) (habla en francés): Francia se congratula de la aprobación hoy por unanimidad de la resolución 2319 (2016), que permite renovar durante un año el mandato del mecanismo conjunto de investigación y de atribución sobre el uso de armas químicas en Siria, denominado Mecanismo Conjunto de Investigación. Es un momento de unidad respecto de la cuestión de Siria que debemos acoger con agrado y que, más allá de nuestras divergencias en cuanto a la solución del conflicto, representa una sólida muestra de nuestro deseo de poner fin conjuntamente al uso de las armas químicas en Siria.
A la luz de las últimas conclusiones del Mecanismo Conjunto de Investigación, que son contundentes y confirman el uso de armas químicas por parte del régimen sirio y Daesh, y dado que se siguen notificando otros casos de uso de armas químicas contra la población civil, era necesario permitir que el Mecanismo continuara su labor. La gravedad de los hechos relatados por el Mecanismo Conjunto de Investigación no podía dejar margen a las divisiones políticas. El Consejo de Seguridad creó el Mecanismo el año pasado por unanimidad y, por tanto, teníamos la responsabilidad de prorrogar de común acuerdo su existencia, que está más justificada que nunca.
También se transmite una clara señal a los responsables del uso de armas químicas en Siria. Sus crímenes se seguirán registrando de manera clara y rigurosa. De esta manera estamos respondiendo a la exigencia de justicia y, al asegurar la renovación del Mecanismo, estamos transmitiendo un mensaje de disuasión a todas las partes involucradas en el conflicto sirio. Se trata también de una expresión del reconocimiento de la comunidad internacional por el notable trabajo del Mecanismo.
Está claro que era necesario renovar el mandato del Mecanismo Conjunto de Investigación, ampliar sus recursos y velar por que continúe su labor. Sin embargo, no podemos detenernos ahí. No podemos tolerar la violación flagrante de la norma universal que prohíbe el uso de armas químicas. De lo contrario, correríamos el riesgo intolerable de trivializar ese tipo de acciones.
Ante este grave desafío y ante esta violación del régimen de no proliferación, el Consejo debe actuar. Debemos asumir todas las consecuencias derivadas de las conclusiones de los informes elaborados por el Mecanismo, y debemos asegurar que estos crímenes estarán sujetos a procesos judiciales y sanciones. Como ya han dicho las autoridades francesas en numerosas ocasiones, Francia espera que el Consejo de Seguridad esté en condiciones de aprobar pronto una resolución para castigar a los responsables de los ataques químicos identificados por el Mecanismo Conjunto de Investigación.
Sr. Wilson (Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte) (habla en inglés): El Reino Unido acoge con satisfacción la aprobación hoy por unanimidad de la resolución 2319 (2016), en virtud de la cual se renueva por un año más el Mecanismo Conjunto de Investigación. Rindo homenaje a la Sra. Power por todos sus esfuerzos y los de su equipo a fin de aglutinar al Consejo de Seguridad en torno a una cuestión tan crucial.
También quisiera dar las gracias a los miembros del Mecanismo Conjunto de Investigación por su incansable labor, que con tanta frecuencia han llevado a cabo en circunstancias muy difíciles. Sabemos sin lugar a dudas que el régimen de Al-Assad y Daesh utilizaron sustancias químicas tóxicas como armas contra civiles en Siria. Gracias al Mecanismo Conjunto de Investigación, sabemos que el régimen lanzó bombas de barril cargadas con cloro contra hombres, mujeres y niños desprevenidos en Talmenes, Sarmin y Qmenas, que en agosto del año pasado Daesh utilizó mostaza de azufre contra gente inocente de Marea y que los responsables de crímenes de guerra siguen libres e impunes hasta el día de hoy.
Trágicamente, al Mecanismo Conjunto de Investigación le queda incluso más trabajo por delante. A pesar de todos nuestros esfuerzos y a pesar de las promesas hechas por el régimen sirio de destruir todos sus arsenales, estos actos salvajes con sustancias químicas continúan. La Organización para la Prohibición de las Armas Químicas (OPAQ) está investigando actualmente al menos cuatro casos, por lo que la renovación de hoy era tristemente necesaria y permitirá al Mecanismo Conjunto de Investigación continuar su trabajo vital de atribuir responsabilidades por estos últimos ataques.
Sin embargo, no basta con saber que se han producido ataques químicos, ni basta con saber quién los llevó a cabo. Lo que necesitamos ahora es justicia —para la población de Marea, para la población de Talmenes, Sarmin y Qmenas— y, con esa justicia, el fin de la impunidad que rodea a los responsables de esos terribles ataques. La OPAQ y el Mecanismo Conjunto de Investigación han sido claros. Ahora le corresponde al Consejo de Seguridad dar un paso adelante y asumir su función. El uso continuado de productos químicos como armas es una violación flagrante de las normas y leyes internacionales y contraviene claramente numerosas resoluciones del Consejo. Si su uso no constituye una amenaza para la paz y la seguridad internacionales, entonces no sé qué lo constituye.
Por lo tanto, tenemos que actuar. Hoy hemos dado un valioso primer paso. Hemos demostrado una unidad positiva. Hemos demostrado que podemos aspirar a una meta común con respecto a esta cuestión. En las próximas semanas y meses debemos utilizar este impulso para asegurarnos de que los responsables del uso de estas armas respondan finalmente ante la justicia.
Sr. Yelchenko (Ucrania) (habla en inglés): Acogemos con beneplácito la aprobación por unanimidad de la resolución 2319 (2016), que prorroga el mandato del Mecanismo Conjunto de Investigación por un período de un año.
Ucrania encomia los esfuerzos del Mecanismo Conjunto de Investigación encaminados a cumplir su mandato sobre la base de los principios de imparcialidad, objetividad e independencia. Sus conclusiones han demostrado la importancia de disponer del Mecanismo en un futuro, ya que aún hay muchos casos, entre ellos algunos que tuvieron lugar en 2016, que deben investigarse a fondo. También nos preocupan profundamente las denuncias continuas de posible posesión, movimiento e intención de usar de manera ilegal sustancias tóxicas como armas químicas en Siria.
Por otro lado, en la resolución se prevén tareas adicionales para el Mecanismo Conjunto de Investigación en el futuro, en particular la de investigar la actividad ilegal de agentes no estatales. Consideramos que este cambio de enfoque para el Mecanismo no lo llevará a pasar por alto la parte principal de su mandato de conformidad con la resolución 2235 (2015).
Eliminar la amenaza de cualquier uso de armas químicas en la República Árabe Siria es un elemento esencial a la hora de crear las condiciones adecuadas para distender la situación sobre el terreno, abordar el extremismo y alcanzar una solución política sostenible a la crisis en un contexto más amplio. La comunidad internacional ha de tener plena confianza en que Siria haya abandonado irreversiblemente su programa de armas químicas y en que los responsables de organizar y cometer crímenes atroces con armas químicas como medio de guerra rindan cuentas.
Sr. Gasso Matoses (España): España ha apoyado hoy la renovación del Mecanismo Conjunto de Investigación porque considera que es fundamental que este mecanismo pueda seguir ejerciendo su labor y que, según decidió este Consejo en resoluciones anteriores, los responsables por el uso de armas químicas en Siria rindan cuentas de sus actos.
La labor del Mecanismo no ha concluido aún y la realidad a la que nos enfrentamos es preocupante. Siguen llegando nuevas alegaciones sobre el uso de armas químicas y el Mecanismo ha demostrado ya que tiene un carácter disuasorio que debemos preservar. España se congratula especialmente de que la resolución que hoy hemos aprobado incluya referencias a la cooperación entre el Comité establecido en virtud de la resolución 1540 (2004) y el Mecanismo Conjunto de Investigación. Es algo lógico, puesto que el Comité 1540 (2004) es un órgano subsidiario del Consejo que vela por que actores no estatales no accedan a armas nucleares, químicas o biológicas ni las usen.
Confío, además, en que este Mecanismo será dotado de los medios adecuados para realizar la labor que le hemos encomendado. Agradezco particularmente los esfuerzos de la Misión de los Estados Unidos y de la Misión de Rusia por lograr el consenso del Consejo de nuevo en esta ocasión. La unidad que ha demostrado el Consejo en este expediente una vez más es un signo esperanzador sobre el que debemos construir una respuesta unida y robusta del Consejo de Seguridad, que los ciudadanos de Siria están esperando.
Sr. Akahori (Japón) (habla en inglés): El Japón acoge con beneplácito la aprobación de la resolución 2319 (2016) por unanimidad. La resolución es especialmente importante en la medida en que, para nuestro profundo pesar, se han notificado de continuo nuevas denuncias del empleo de armas químicas en Siria. Se trata de un grave desafío a la norma internacional de prohibición de las armas químicas. Debemos defender firmemente esa norma. A ese respecto, reviste una importancia crucial que se desvele por completo toda la cuestión de la presunta utilización de armas químicas en Siria y se haga rendir cuentas a los responsables.
El Consejo de Seguridad está difundiendo un mensaje firme y claro al prorrogar el mandato del Mecanismo Conjunto de Investigación para identificar a los responsables del uso de armas químicas en Siria. El Japón está dispuesto a colaborar constructivamente para permitir que el Mecanismo logre cumplir su labor aún con mayor eficacia.
Sr. Moustafa (Egipto) (habla en árabe): Egipto acoge con beneplácito la aprobación de la resolución 2319 (2016) por el Consejo, que prorroga el mandato del Mecanismo Conjunto de Investigación por un año más. Rendimos homenaje a los responsables del Mecanismo por la profesionalidad demostrada.
En numerosas ocasiones hemos reiterado la importancia de mantener un alto nivel de objetividad y neutralidad, con el fin de exigir cuentas a los responsables de la presunta utilización de armas químicas contra civiles inocentes en Siria. Es importante determinar los hechos referentes a los responsables de esos crímenes en los últimos años. Nuestro compromiso con esa vía surge de la preocupación que Egipto y otros países del Oriente Medio sienten en relación con el aumento de las capacidades de los terroristas y agentes no estatales que cuentan con ayuda extranjera para la fabricación y utilización de armas químicas. Nos preocupan especialmente los agentes que no han sido identificados por el Consejo en el marco de los grupos terroristas que operan en Siria a pesar de sus antecedentes terroristas conocidos y su historial de crímenes aborrecibles cometidos contra sirios inocentes. En ese marco, esperamos fortalecer el papel del Consejo de Seguridad y del Mecanismo Conjunto de Investigación.
En cuanto a la lucha contra los agentes no estatales que participan en las actividades relacionadas con la utilización de armas químicas en Siria, el Consejo de Seguridad debe estar en condiciones de determinar la forma en que esas actividades se llevan a cabo con miras a poner fin a las actividades de esos grupos e impedir su participación en actividades futuras relacionadas con las armas químicas. La aplicación de la resolución 2319 (2016) relativa a Daesh, el Frente Al-Nusra y otros grupos terroristas, en el contexto de la cuestión de las armas químicas en Siria, puede considerarse una evolución fundamental en el marco del mandato del Mecanismo Conjunto de Investigación.
Esperamos que la unidad demostrada por el Consejo al aprobar la resolución 2319 (2016) pueda servir de nuevo impulso para resolver la crisis en Siria en todos sus aspectos: militar, político y humanitario.
Se levanta la sesión a las 21.30 horas.
Fuentes : S/RES/2319 (2016) y S/PV.7815
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