El fallo más evidente de la Constitución, el que asegura que la resistencia no tendrá dificultades para reclutar más combatientes en los próximos años, gira en torno al Artículo 108, que no incluye ninguna cláusula que indique que ninguna potencia extranjera será autorizada a mantener bases en suelo iraquí. Esta cláusula constituye el sine qua non absoluto para poner fin a la rebelión sunita y reinstaurar la calma en las milicias de Moqtada al-Sadr. Sin una cláusula semejante, no será posible eliminar la violencia.
Esta omisión no sorprende, dado que los Estados Unidos no tienen ninguna intención de retirarse totalmente a mediano plazo. Todas las declaraciones emitidas sólo hacen referencia a «reducciones» de tropas, o sea, a disminuir su número a un nivel aceptable (para los norteamericanos) entre 20 000 y 30 000 hombres atrincherados en una media docena de bases con instalaciones imposibles de ignorar por todo aquel que se haya visto ya inmerso en los embotellamientos causados por el tránsito de convoyes masivos que trasladan materiales de construcción.
Esta dinámica sitúa al nuevo equipo dirigente iraquí ante un intrincado dilema. Como no puede sobrevivir sin una masiva presencia estadounidense, no puede, pues, exigir la retirada de las tropas; pero mientras no lo haga, millones de iraquíes lo considerarán ilegítimo, sin elecciones ni constituciones que valgan.
Otro punto es el petróleo y la economía. Durante su año de control directo sobre Irak, L. Paul Bremer emitió una serie de «disposiciones» que privatizaron las grandes empresas estatales, autorizaron a las sociedades extranjeras a poseer 100% de una sociedad (excepto en el sector petrolero), ofrecieron a las empresas extranjeras los mismos privilegios que a las locales y autorizaron las transferencias de las ganancias al exterior del país sin restricciones ni gravámenes. La constitución no menciona estas «disposiciones», por lo cual es muy probable que de hecho se conviertan en Leyes con el voto de nadie. Además, aparte del Artículo 23 referente a la propiedad territorial, no existe restricción alguna que impida que las empresas extranjeras sean propietarias del 100% de lo que quieran en el país, incluido el petróleo. Algunos artículos dejan constancia de que el petróleo es un bien colectivo o armonizan la distribución de sus frutos entre regiones kurdas y chiítas donde este abunda y las regiones sunitas donde escasea – pero nada impide al «pueblo» iraquí la cesión de esta propiedad colectiva.
Esta constitución, por ende, incluye los mecanismos que permiten un importante control estadounidense sobre Irak, incluso en el futuro, mediante caminos sinuosos. Los artículos 25 y 26 intensifican aún más este control al incluir en el texto constitucional la obligación de Irak de crear un programa de reformas estructurales según un modelo que, al decir del propio Banco Mundial, ha provocado ya desastres económicos en otros países, en especial en África y en el Medio Oriente. Irak, sin embargo, deberá plegarse a ello por vía constitucional si quiere obtener la reducción de la deuda contraída por Sadam y también fondos para reconstruir el país.
Mientras millones de iraquíes opinen que los militares estadounidenses y las multinacionales anglosajonas son los verdaderos dueños del poder en Irak –y esta constitución no hace mucho por convencerlos de lo contrario– no cesarán los sufrimientos del país y de sus habitantes.
«Catch-22: the new Iraqi constitution», por Mark LeVine, AlterNet, 21 de octubre de 2005. Texto adaptado a partir de una entrevista.
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