En días pasados nos referíamos al hediondo e inconstitucional Concordato Estado Peruano-Iglesia Católica DS Decreto-Ley N° 23211 y firmado por los siguientes personajes dignos de sanción judicial el 24 de julio de 1980: Gral. de Div. EP. F. Morales Bermúdez; Gral de Div. E.P. Pedro Richter Prada; Tnte. Gral. FAP. Luis Arias Graziani; Vice Almirante AP. Juan Egúsquiza B. y el embajador Arturo García y Garcia, que otorga desde su firma un súper poder muy por encima de cualquier persona e institución alguna a la Iglesia Católica sanguinaria, expoliadora de las riquezas nacionales desde Pizarro y Almagro, cogobernando en el saqueo Luque y Valverde.
Decíamos que mediante este inconstitucional Concordato permite a todo el clero no pagar un solo sol de impuestos sobre bienes y propiedades, las cuales poseen cantidades industriales. Transferir dinero sin necesidad de pago alguno al fisco, porque no dichos fondos no están sujeto a tributación alguna. Pueden, a partir de allí, facilitar todos sus problemas tributarios sobre bienes y servicios ya que la exoneración con ellos funciona excelentemente bien, porque el Estado peruano les ha regalado un Concordato.
Pero acá no queda la cosa. Mediante el Decreto Supremo No 146-91-EP publicado en El Peruano el 3 de julio de 1991, el japonés forajido y hoy fugitivo y detenido en Chile coautorado por los siguientes, Carlos Torres y Torres Lara, Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Relaciones Exteriores, Carlos Boloña Behr, Ministro de Economía y Finanzas y Augusto Antonioli Vasquez, Ministro de Justicia, otorgaron bajo categoría de “Asignación Personal”, (o sea libre de tributo alguno) que deben percibir los miembros de la Iglesia catolica unos sueldazos que siguien recibiendo.:
Los miembros del clero, según esta ley hedionda, injusta y miserable, percibirían los siguientes montos, los cuales a la letra figuran así:
a) Cardenal Arzobispo Primado (léase Cipriani ), equivalente al 100% del Monto Unico de Remuneraciones Total de un ministro de Estado.
b) El Arzobispo, Arzobispo-Obispo , equivalente al 80% de la Remuneración Total de un Vice-Ministro de Estado.
c) Obispo, Prelado, Vicario Apostólico , Obispo Secretario del Episcopado, el equivalente al 60 % de la Remuneración Total de un Vice ministro de Estado.
d) Obispo Auxiliar , equivalente al 40% de la Remuneración Total de un Vice Ministro de Estado.
e) Vicario General, Auxiliar Delegado, Secretario Adjunto del Episcopado, Vicario Episcopal, equivalente al 20% de la Remuneración Total de un ViceMinistro de Estado.
f) Dean, Arcediano, Chantre, Maestrescuela, Tesorero, Canónigo, Consejero, equivalente al 20% de Ministro de Estado
g) Otros cargos equivalentes al 10 % de la Remuneración Total de Director de Ministerio,
h) Monaguillo, equivalente al 5% de la Remuneración total de un Director de Mnisterio.
¿Y cuanto gana un profesor?: 400 soles; sueldo mínimo; ¿y cuánto gana un policía? Un mínimo y un pucho por ahí. ¿Y cuánto gana un obrero? ¿Y cuánto ganan los profesionales de la salud? Ripio. Pero los “servidores” de la “Santa” Iglesia se llevan, arriba de 40,000 soles mensuales a casita. Por eso, es tan gracioso ver a Bambarén haciendo marchas de “las manos limpias”, ¡las manos limpias y los bolsillos llenos! Y a Irízar cuando se llena la boca hablando de derechos humanos, sobre todo ¡de sus derechos al billete! Ese derecho para él, es inalienable, ¿no Irizar?
Y no se olviden que todos, todos los miembros del clero reciben sueldo. Multipliquen el presupuesto.
¿Hasta cuándo todos estos solterones y solteronas parásitos seguirán medrando del fisco?
¿Que candidato le pondrá el cascabel a esta mafia sagrada?
¡Curas a sus iglesias y a devolver todo lo robado!
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