Grandes contribuyentes cayeron en los supuestos de defraudación fiscal por más de 5 mil millones de pesos entre 1995 y 2002. De 27 empresas investigadas, sólo a dos se les inició averiguación previa; con el resto, el Servicio de Administración Tributaria omitió actuar hasta la prescripciónFord Motor Company, Cinemark de México, Excélsior, EPN, La Divina, Grupo Inmobiliario Caballito, Coordinación Aplicada y Residencial Tres Vidas, Grupo Carso, Cemex, entre otros grandes contribuyentes, fueron investigados por el Servicio de Administración Tributaria (SAT) por posible defraudación fiscal, que suma más de 5 mil millones de pesos, revelan documentos de ese órgano desconcentrado de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP).
El análisis Resultados de evaluación para detección de casos que caen en los supuestos de delitos fiscales –elaborado por la Administración General de Evaluación, la Administración Central de Revisión de Sistema de Procedimientos y la Administración de Revisión de Impuestos Internos del SAT– involucra a empresas de Carlos Slim, David Peñaloza Sandoval y Carlos Hank Rhon, por supuestos delitos fiscales cometidos entre 1995 y 2002.
Aunque la investigación –de la que Fortuna posee copia– presume una omisión del pago de impuestos por un total de 5 mil 300 millones 155 mil 221 pesos en multas, recargos y actualización, los supuestos responsables –en su mayoría– salvaron el proceso judicial en las administraciones de Vicente Fox y Felipe Calderón.
Otros implicados son: Residencial Tres Vidas, Promotora y Administradora de Carreteras, Transportes Aéreos Ejecutivos, Coordinación Operativa, Bufetes Industriales, CCC Fabricaciones y Construcciones, Confitalia, Prefabricaciones y Construcciones, Empaques Ponderosa, Serdaco, Hacienda El Campanario, y dos personas físicas.
El órgano desconcentrado de la SHCP determinó dictar actas de liquidación para los contribuyentes. En siete empresas más, la emisión del saldo seguía en proceso hasta 2002: Excélsior, EPN, La Divina, Grupo Inmobiliario Caballito, Cinemark, Coordinación Aplicada y Residencial Tres Vidas.
El Servicio de Administración Tributaria concluyó que las compañías observadas simularon actos para obtener un beneficio: no declararon ingresos, se favorecieron sin derecho a un estímulo fiscal, cambiaron de domicilio sin notificarlo, acreditaron pagos no efectuados, retuvieron gravámenes y omitieron pagar contribuciones.
Sin embargo, entre 2002 y 2007 el SAT –entonces encabezado por José María Zubiría Maqueo– prescribió 22 de los 24 casos: “Del análisis al expediente integrado, se determina que no contaban con documentación que acreditara la promoción del asunto como defraudación ante superiores e instancias”, concluye.
Los exentos
Los expedientes de cinco grandes contribuyentes que cayeron en los supuestos delitos fiscales fueron prescritos por el SAT entre 2002 y 2006, tiempo en el cual Francisco Gil Díaz estuvo al frente de la Secretaría de Hacienda.
Grupo Carso pudo haber incurrido en “simulación de uno o más actos o contratos y obtener un beneficio en perjuicio del fisco federal”. La revisión RIM940031/96 arrojó que, respecto al Impuesto Sobre la Renta (ISR), Carso hizo deducciones por 1 mil 231 millones 284 mil 991 pesos. De dicha cantidad, la compradora y vendedora de acciones integró indebidamente 132 millones 315 mil 879 pesos. También dedujo en exceso 13 millones 713 mil 639 pesos por la participación de trabajadores en utilidades de su empresa controlada, Cigarros La Tabacalera Mexicana.
El corporativo que integra 142 empresas, tampoco declaró 57 millones 919 mil 980 pesos en Impuesto al Activo (Impac). Hasta el 24 de abril de 2001, Grupo Carso tenía un saldo a liquidar por 297 millones 805 mil pesos, incluyendo recargos, multas y cargos por actualización, que suman 247 millones 112 mil pesos.
El SAT concluyó que no había documentación suficiente que acreditara la promoción del asunto como defraudación fiscal: “No se observa el uso de engaños o aprovechamiento de errores para omitir el pago de contribuciones, por lo que no procede su propuesta para su valoración como caso especial”. El expediente fue cerrado el 30 de marzo de 2003.
En el mismo sentido resolvió el caso de la trasnacional Ford Motor Company, cuya deuda al 13 de diciembre de 2000 alcanzó los 271 millones 242 mil pesos. El órgano calificó como improcedente la deducción de pérdidas fiscales de ejercicios anteriores a las utilidades de 1998, que sumaron 261 millones 28 mil 616 pesos. Mientras la ensambladora estaba obligada a pagar 88 millones 749 mil 729 pesos por concepto de Impuesto al Valor Agregado (IVA), sólo lo hizo por 77 millones 101 mil 814 pesos.
La evaluación apunta que el expediente incluye un escrito del Sindicato Nacional de Trabajadores de Ford Motor Company, del 23 de junio de 1999, que objeta los renglones de honorarios, arrendamiento y viáticos presentados en la declaración anual de 1998. También denuncia que hubo una reducción del 40 por ciento en su participación de utilidades, que concuerda con los ingresos acumulados.
En el caso de Cinemark de México –que presta el servicio de exhibición de películas–, ésta celebró un contrato de servicios con la empresa extranjera Cinemark USA, por 20 millones 662 mil 844 pesos, que dedujo en ISR. El órgano desconcentrado de la SHCP comenta que se está elaborando el oficio del crédito fiscal, que rechaza la deducción, pues Cinemark USA debe contar con base en territorio nacional.
Por ello, la Administración Jurídica Internacional y de Normatividad de Grandes Contribuyentes determinó, el 29 de mayo de 2002, que los pagos efectuados no se pueden considerar como regalías, por lo que “no deben efectuar las retenciones por dichos pagos”.
Aclaró, sin embargo, que las facturas emitidas por la prestadora de servicios debieron sujetarse a los requisitos del Código Fiscal de la Federación, pues el contrato celebrado es indefinido y esta situación presupone su permanencia en el país.
Bufetes Industriales no enteró ni efectúo pagos provisionales del ISR, calculado en 24 millones 690 mil 410 pesos. El SAT encontró que la empresa tenía un adeudo por 8 millones 315 mil 366 pesos que correspondían a convenios celebrados para pagar en 48 parcialidades gravámenes de enero a octubre de 1998.
Por lo demás, el contribuyente declaró 10 millones 308 mil 5 pesos en ISR, cuando el impuesto fue calculado en 26 millones 554 mil 396 pesos. Aunque la deuda total de Bufetes Industriales asciende a 88 millones 285 mil 974 pesos, el órgano “no observó el uso de engaños o aprovechamiento de errores para omitir el pago de contribuciones”.
En la relación de ingresos de Hacienda El Campanario, con domicilio en Querétaro, se presentó una diferencia por 3 millones 290 mil 112 pesos en el ejercicio 1993. Debido a la anomalía, el 26 de junio y el 21 de noviembre de 2001, el SAT le solicitó a la empresa documentación que no entregó.
El 17 de enero de 2002, la Administración de lo Contencioso de Grandes Contribuyentes –después de ser consultada sobre si se emitía o no la observación y la liquidación– advirtió que “no era conveniente apoyarse en documentación obtenida por una auditoría anterior, que fue dictada nula, y al no contar con documentación soporte para determinar la irregularidad, se deberán emitir de manera presuntiva”.
El SAT concluyó que la contribuyente “no cae en las conductas –de posible defraudación fiscal– para proponer los expedientes a la Administración Central de Procedimientos Legales de Fiscalización”.
“Casos especiales”
En opinión del SAT, ocho contribuyentes deben valorarse como “casos especiales”, es decir, que se sugiere que sean orientados al área legal.
Al 12 de septiembre de 2002, Promotora y Administradora de Carreteras tenía una deuda fiscal por 640 millones 789 mil 765 pesos, por “acreditar en la declaración anual pagos provisionales no efectuados o en cantidad mayor a la real”. De junio a diciembre de 1999, la contribuyente no realizó pagos provisionales por 49 millones 848 mil 131 pesos de IVA. Respecto al Impac, no liquidó 3 millones 788 mil 145 pesos. Para 2000, la omisión de pago alcanzó los 196 millones 618 mil 424 pesos.
Promotora y Administración de Carreteras pertenece a Triturados Basálticos (Tribasa), que preside David Peñaloza Sandoval, aprehendido en 2002 como supuesto responsable de un fraude por 29 millones 500 mil dólares contra Nacional Financiera y perdonado por el exsecretario de Hacienda y Crédito Público, Francisco Gil Díaz.
Con una deuda fiscal por 512 millones, por los ejercicios de 1995 y 1997, el documento presume que Prefabricaciones y Construcciones pueda ser propuesto como caso especial y se lleve a la Administración Central de Procedimientos Legales de Fiscalización.
Aún con un gravamen en IVA por 87 millones 823 mil 452 pesos en 1995, la compañía disminuyó al entero pagos provisionales que no efectuó por la misma cantidad y dejó en cero dicho saldo. El análisis apunta que sólo pagó 5 mil 213 pesos, por lo que no pagó 87 millones 813 mil 320 pesos de IVA. En 1997 repitió la omisión: redujo del IVA pagos no realizados por 6 millones 788 mil 327 pesos, de 6 millones 847 mil 327 pesos.
La empresa –anota el documento– aseguró que el adeudo fiscal, hasta por 287 millones 845 mil 641 pesos, fue liquidado por Promotora de Autopistas del Golfo como resultado del rescate carretero. Sin embargo, el SAT advierte que ese argumento no fue aceptado, toda vez que no se entregó la autorización por la que Promotora de Autopistas acepta la cesión de derechos.
En un Informe de Denuncia Ordinaria, del 18 de junio de 2001, el SAT sugirió que Vinos Licores Naucalpan, conocida como La Divina, se sometiera a revisión. La resolución se debió a una denuncia sobre la comisión de actos fraudulentos, como utilizar marbetes falsos en botellas de vinos de importación, omisión total o parcial de impuestos y competencia desleal. No obstante, el SAT no encontró elementos que comprobaran el uso de cédulas apócrifas.
La empresa no liquidó una multa por 7 millones 20 mil 155 pesos en IVA. Por concepto del impuesto especial sobre producción y servicios (IEPS) sólo pagó 4 millones 132 mil 49 pesos de un total de 16 millones 556 mil 690. De la comparación de sus ingresos registrados contra los declarados, el SAT observó una diferencia de 2 millones 593 mil 570 pesos.
La evaluación señala que la vinatería no ha esclarecido ingresos no declarados por 2 millones 321 mil 426 pesos e IEPS por 5 millones 545 mil 264 pesos. El órgano encontró diferencias en 83 millones de pesos por deducciones autorizadas y en 49 millones 776 mil 752 pesos por compras anuales. En relación con el Impac se detectó una diferencia por 55 mil 556 pesos.
El 3 de abril de 2000, el órgano descubrió que Excélsior Compañía, SC de RL, entonces editora del diario Excélsior, no declaró 20 millones 436 mil 221 pesos y acreditó indebidamente 2 millones 315 mil 161 pesos en IVA. Tampoco declaró ingresos derivados de su actividad preponderante, que alcanzó los 27 millones 67 mil 625 pesos, por lo se llevó una utilidad fiscal por 51 millones 359 mil 873 pesos.
A su vez, la editora dejó de retener y enterar ISR de los ingresos por salarios y por prestación de servicios, así como rendimientos y anticipos que obtengan los miembros de sociedades cooperativas de producción por 1 millón 864 mil 477 pesos. “El personal auditor –expone el SAT– comentó que por los ejercicios 1997 y 1998, el caso se encuentra en el área de defraudación fiscal”.
Confitalia –de Cuernavaca, Morelos– omitió pagos provisionales en IVA, ISR e Impac de enero a agosto de 2000. Para efecto del IVA omitió declarar 23 millones 140 mil 314 bajo el concepto de “Valor de Actos o Actividades”. Tampoco declaró 5 millones 160 mil 870 pesos en IVA, 6 millones 206 mil 717 pesos en ISR y 461 mil 983 en Impac.
Al no realizar dichos pagos, Confitalia no declaró retenciones por 3 millones 944 mil 775 pesos en salarios, 600 mil 317 pesos por honorarios, 587 mil 6 pesos en pagos a residentes en el extranjero e IVA por 524 mil 790 pesos. La deuda total de la empresa asciende a 29 millones 946 mil 423 pesos.
Serdaco, SA de CV, no presentó pagos provisionales por 7 millones 444 mil 111 pesos en IVA, 3 millones 67 mil 885 pesos en ISR e Impac entre enero y agosto de 2000. Además, no declaró 5 millones 50 mil 362 pesos por salarios y 765 mil 905 por honorarios, a lo que se agrega un IVA por 616 mil 766 pesos.
Si bien el SAT no encontró documentación suficiente para promover el caso como defraudación fiscal ante las autoridades, el órgano sugiere que sea tratado como caso especial.
Compañía Industrial Veracruzana, dedicada a la fabricación de hilados, tejidos y acabados de algodón, dedujo indebidamente 26 millones 55 mil 449 pesos –el 84 por ciento del total corresponde a recargos que no fueron comprobados ni pagados– y 4 millones 139 mil 277 pesos de actualización de impuestos.
No enteró 9 millones 312 mil 295 pesos de IVA, 369 mil 575 de Impac y 1 millón 724 mil 45 pesos en retenciones de ISR. Por lo que su deuda hasta el 30 de noviembre de 2001 era de 64 millones 568 mil pesos.
En la declaración anual de 2000 de TMM –que otorga servicios de transporte marítimo de altura– el SAT encontró deducciones mayores en los 164 millones 633 mil 752 pesos registrados en el dictamen fiscal. El órgano describe que hubo una atención inadecuada en el seguimiento de la revisión, pues sólo obra en el expediente un reporte y no hay informes de avance.
“En caso –advierte– de que se presuma la declaración de deducciones inexistentes y el impuesto histórico sea igual o superior al monto mínimo normado, procede su propuesta para su valoración como caso especial”.
Daños al fisco
Sólo dos casos fueron tramitados como supuestos delitos por defraudación fiscal. Coordinación Operativa, SA de CV, de la que es accionista Tribasa Sector Servicios y Sector Maquinaria y Equipo, incurrió en perjuicio fiscal durante los ejercicios de 1999 y 2000 al acreditar en la declaración anual pagos no efectuados o en cantidad mayor a la real.
La empresa debía liquidar IVA por 88 millones 135 mil 561 pesos. Con multas, recargos y cargo por actualización, hasta el 1 de febrero de 2002, su deuda fiscal alcanzó los 144 millones 128 mil pesos en IVA y 16 millones 975 mil 760 pesos en Impuesto sobre el Producto del Trabajo. El ilícito fue integrado en una averiguación previa.
También se abrió averiguación previa contra Coordinación Aplicada, SA de CV, para los ejercicios de 1999 y 2000, quien omitió pagar 13 millones 693 mil 404 pesos de IVA y retuvo 30 millones 881 mil 578 pesos de ISR. Además no declaró 25 millones 519 mil 681 pesos en salarios y en prestación de servicio. Por todo ello acumuló una deuda de 25 millones 696 mil 230 pesos en ISR y 13 millones 693 mil 400 pesos en IVA.
Dedicada a la fabricación, ensamble y reparación de tractores, EPN incumplió el artículo 110 del Código Fiscal Federal al desocupar su domicilio fiscal, sin notificárselo al Registro Federal de Contribuyente. De acuerdo con el documento, la empresa debía liquidar 436 mil 519 pesos bajo el concepto de Impac y multas por 35 mil 984 pesos. El SAT sugiere que el caso sea remitido al área jurídica de Grandes Contribuyentes para que se formule querella ante el Ministerio Público de la Federación.
El órgano concluye que tanto CCC Fabricaciones y Construcciones como Transportes Aéreos Ejecutivos cometieron perjuicio fiscal. En la revisión RIM960007/00 se detectó que CCC Fabricaciones no efectúo pagos en los meses de marzo a junio y septiembre de 1998 para efectos de ISR por 25 millones 57 mil 945 pesos. Además, omitió el pago de agosto a diciembre de 1998 para liquidar 58 millones 327 mil 986 pesos de IVA. Por ello, con el gravamen de actualización, recargos y multas, el débito suma 179 millones 986 mil 410 pesos por IVA.
Transportes Aéreos Ejecutivos –cuyo Consejo de Administración está liderado entre otros empresarios por Carlos Hank Rhon, presidente del Grupo Financiero Interacciones– declaró deducciones por 151 millones 735 mil 822 pesos en 1999 por pagos a residentes en el extranjero. “La cantidad –advierte el SAT– no era deducible toda vez que no cumplía con las obligaciones en materia de retención y entero de impuestos a cargo de terceros”.
Retuvo 20 millones 592 mil 212 pesos y declaró sólo 13 millones 5 mil 37 pesos de ISR por ingresos de residentes en el extranjero pagados con recursos que provienen de territorio nacional. Además no enteró 66 millones 700 mil 229 pesos en Impuesto al Activo, así como 111 mil 104 pesos en ISR por salarios y prestación de servicio de personal subordinado. Tampoco hizo pagos provisionales por 16 millones 784 mil 60 pesos. Al 5 de abril de 2004, su deuda al fisco totalizó 429 millones 646 mil 390 pesos.
Casos irresolutos
Para seis contribuyentes, el SAT no pudo emitir opinión y requirió mayores datos con objeto de deslindar responsabilidades. Fue el caso de Cementos Tolteca, que debía al fisco 301 millones 846 mil 240 pesos.
La cementera solicitó y obtuvo la devolución de 92 millones 162 mil 769 pesos en saldo a favor. La revisión IAD940003/96 detectó que los intereses de préstamos fueron convertidos indebidamente a dólares y después a moneda nacional, causando así un exceso de IVA por 34 millones 725 mil 586 pesos.
Debido al acto, se determinaron cargos por 9 millones 24 mil 219 pesos por participación minoritaria, 419 millones 596 mil 277 pesos por deducción excesiva más una ganancia inflacionaria de 40 millones 968 mil 308 pesos. El órgano desconcentrado explica que “la conversión es improcedente para efectos fiscales, puesto que no es real”: los contratos se celebraron entre empresas nacionales y la obligación de pago se pactó en el país puesto que la operación se contrajo originalmente en moneda nacional.
De acuerdo con el SAT, los créditos fiscales de la empresa y de sus subsidiarias ascienden a los 606 millones de pesos. Apunta que respecto de las irregularidades observadas, no se ha aclarado nada.
Empaques Ponderosa dedujo 12 millones 497 mil 834 pesos en Impac durante 1997. El importe corresponde a una reducción de ese gravamen de su también empresa Cartones Ponderosa. Según el informe, Empaques Ponderosa no tenía derecho a esa disminución, pues la deducción del impuesto no aplica para sociedades controladas.
El SAT enuncia que debido a la detección de irregularidades, se acordó iniciar una revisión de gabinete. No obstante que el órgano sugirió que Empaques Ponderosa se tratase como caso especial ante la Administración Central de Procedimientos Legales de Fiscalización, no pudo emitir una opinión, pues requiere mayor información.
La revisión RIM9400168/2 al Grupo Inmobiliario Caballito, del 23 de julio de 2002, concluyó que el contribuyente no calculó el Impac según las disposiciones fiscales. Pues evadió pagar 2 millones 288 mil 784 pesos. La inmobiliaria se amparó en una acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación el 22 de marzo de 2001, por el que se exime del impuesto causado en 2001 a contribuyentes con ISR que no excediera de 14 millones 700 mil pesos durante 2000.
Sin embargo, la auditoría determinó que siendo una empresa controladora y con ingresos para efecto del ISR superiores a lo señalado en el decreto, el corporativo debe liquidar dicha irregularidad. Grupo Inmobiliario Caballito denunció que el procedimiento de inspección fue irregular.
En dos revisiones, el SAT observó anomalías en las obligaciones fiscales de Residencial Tres Vidas, constructora de complejos turísticos en Punta Diamante, en Acapulco, Guerrero. De la indagatoria practicada en 1999, el órgano resolvió que la contribuyente no pagó 3 millones 837 mil 881 pesos en Impac y no declaró 3 millones 419 mil 443 pesos en pagos provisionales de enero a diciembre.
Para su declaración anual de 2002, Residencial Tres Vidas presentó saldo a favor por 905 millones 322 mil 642 pesos, pues dedujo deuda con el sistema financiero por 1 mil 124 millones 439 mil 379 pesos. No enteró pagos de enero a diciembre de 2000 por 3 millones 944 mil 101 pesos.
La evaluación describe que la contribuyente tiene 29 créditos que van de 1994 a 1998, de los que sólo ha exhibido la solicitud y ha pagado una o dos parcialidades sin garantizar el interés fiscal. El órgano ha sugerido el embargo, pero no es posible, pues los bienes de la constructora están hipotecados.
El SAT advierte que para los ejercicios 1998 y 1999, la empresa realizó la misma mecánica: presentó su declaración anual fuera de plazo, sin efectuar pago de Impac y optar por pagar las contribuciones.
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