Exp. No. 2012098462

Petitorio: OPOSICION A EMPADRONAMIENTO Y TITULACION
Mz. 02, Lt. 6, Calle Los Lirios
Asociación de Vivienda Los Suspiros, Lurín

Señor Dr.
Robert Salgado

Yo, Rober Angel Contreras Aramburú, identificado con Documento Nacional de Identidad No. 06801925, domiciliado en Calle Los Lirios, Manzana W-02, Lote 06, Asociación Los Suspiros del distrito de Lurín y señalando domicilio procesal en jirón Cailloma, No. 714, of. No. 109-M del Cercado de Lima, a usted respetuosamente digo:

Que, dentro del plazo legal; vengo a formular OPOSICION a la solicitud de EMPADRONAMIENTO Y TITULACION del Lote de terreno signado con el No. 06, Mz. W-02, Asociación de Vivienda Los Suspiros del distrito de Lurín-Lima peticionado por la traficante de terrenos ROSA ADELINA GUTIERREZ PEREZ, con fecha 26 de diciembre del 2012, por los siguientes fundamentos:

1.- Que, la emplazada Rosa Adelina Gutiérrez Pérez, el día 26 de noviembre del 2012 en compañía de ARTEMIO ESCOBAR ORE y cinco sujetos más del mal vivir han ingresado violentamente al terreno de mi propiedad, derribando la pared que había construido, hecho que de inmediato denuncié, investigación que viene efectuando la Fiscalía Mixta de Lurín, hecho que acredito con las copias de los documentos presentados a la Policía Nacional y Ministerio Público.

2.- Asimismo con fecha 20 de marzo último he presentado ante su Despacho una SOLICITUD DE ARCHIVAMIENTO del pedido de empadronamiento y titulación formulada por la emplazada, pedido que hasta la fecha aún no se ha resuelto.

3.- Por otro lado, mi posesión pacífica, continuo y mejor derecho a al propiedad se encuentra probado de manera indubitable con el Expediente No. 238835-20002-0-1801-JR-CI 19 que gira ante el 19 Juzgado Civil de Lima, proceso que se encuentra en ejecución de stendencia, tal y como se desprende de la sentencia de Primera Instancia de fecha 29 de setiembre del 2002, Sentencia de vista de fecha 7 de junio del 2004 y Resolución No. 35, de fecha 15 de marzo de 2013, donde el Juzgado en esta última resolución ordena al Notario elevar a Escritura Pública del inmueble materia del presente procedimiento Administrativo.

4.- Igualmente el mejor derecho de propiedad me corresponde porque el lote materia de empadronamiento y titulación he adquirido mediante TRACTO SUCESIVO siendo el primer prpietario la MUNICIPALIDAD DE LIMA METROPOLITANA, luego la Comuna vende a JUAN ANTONIO BUSTAMANTE VASQUEZ y esta persona vende a doña ANTONIO TENORIO ROQUE y esta señora me vende mediante documento de fecha 27 de marzo del 2002 y desde esta fecha vengo ejerciendo la posesión legítima, continua y pacífica.

5.- De la misma forma acredito que, incluso la misma Municipalidad de Lima Metropolitana ha solicitado con fecha 10 de setiembre de 1993 la ELEVACION de la Minuta a Escritur Pública celebrada con la persona de JUAN ANTONIO BUSTAMANTE VASQUEZ en ese sentido queda demostrado mi derecho al empadronamiento y titulación del Lote de terreno materia del presente procedimiento.

6.- También mi legítimo derecho, está probado con la Declaración Jurada de Autovalúo y recibos de pago de Impuesto Predial, pues como aparece de estos documentos vengo cumpliendo con mi obligación triburaria con la Municipalidad de Lurín y Asociación a donde pertenece el Lote de terreno.

7.- Asimismo, toda la documentación que ha presentado la emplazada Rosa Adelina Gutiérrez Pérez, carece de valor probatorio por cuanto ninguno de ellos tiene fecha cierta, tan más según Dereto de Alcaldía No. 009-90AL/CDL publicado en el diario Oficial El Peruano con fecha 1 de julio de 1990, los documentos con los cuales pretende empadronarse no tienen eficacia jurídica por haber desconocido la Municipalidad de Lurín.

8.- Finalmente, la emplazada y su familia entera se dedican al tráfico de terrenos, pues ROSA ADELINA GUTIERREZ PEREZ pretende empadronarse en el lote (Lote 6, Manzana W-2 Calle Los Lirios) de mi propiedad, su esposo ARTEMIO MANUEL ESCOBAR ORE que también pretende empadronarse en el lote 02, manzana E, Calle Los Suspiros de la misma Asociación y su hija BEATRIZ VIOLETA ESCOBAR GUTIERREZ también tiene un lote en la misma Asociación, todos estos hechos delictivos tiene conocimiento la Junta Directiva de la Asociación de Vivienda Los Suspiros de Lurín, presidida por Alejandrina Llanos Pagano, quien también tiene procesos judiciales por otorgar certificados de posesión a estas personas y por no haber informado detallamdamente sobre la situación legal de estos lotes de terreno. Señores de COFOPRI, no resulta procedente empadronar y otorgar título a cada uno de los miembros de una sola familia que infringiendo las normas legales pretende el empadronamiento, por estas consideraciones la OPOSICION formulada debe declararse fundada hasta que se resuelva en un debido proceso administrativo.

Por tanto:

Ruego a usted resolver en el plazo perentorio por cuanto COFOPRI ha programado una vista para empadronar.
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 Lurín: ¡mafia roba más terrenos!
http://www.voltairenet.org/article178078.html?var_mode=recalcul

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