1. Hay que leer y estudiar el histórico legado del 1789 estadunidense, la otra cara del 1789 francés, los dos faros que siguen alumbrando la teoría y práctica de la vía jurídica del derecho positivo-escrito, para hacer posible los fines políticos, económicos, culturales y sociales del Estado; máxime si éste es federal, conjugando la democracia representativa con la democracia directa para control de los poderes entre sí, y que han de rematar en un tribunal constitucional. No hay un trabajo que se le parezca a los 77 ensayos aparecidos de octubre de 1787 a mayo de 1788 en tres periódicos de Nueva York. Se les agregaron ocho ensayos y se editaron en dos volúmenes con el título El federalista. Tres pensadores fueron sus autores: Alejandro Hamilton, Juan Jay y Santiago Madison, quienes firmaron con el seudónimo Publio; sin decir a cuál de los cinco “Publios” se referían, y de los cuales nos cuenta Teodoro Mommsen (1817-1903) en su magistral E1 mundo de los césares, con traducción del doctor en derecho, republicano exiliado en nuestro país, Wenceslao Roces (1897-1992), a quien tanto debemos quienes amamos la cultura y los libros.
para Perla Díaz y Antonio Ruiz Chávez
II. Los 85 textos permanecen como frescos comentarios a la Constitución estadunidense… Y reflexiones constitucionales a todas las constituciones, lo que Hans Kelsen explica en el capítulo “La Constitución en su sentido lógico-jurídico y jurídico-positivo”, de su Teoría general del Estado. Alexis de Tocqueville escribió: “El federalista es un libro excelente y admirable con el que deberían familiarizarse los estadistas de todos los países”. Es un soberbio tratado de teoría constitucional, que Gustavo R Velasco tradujo en 1868, escribió el “Prólogo” y lo dividió en 85 capítulos como índice general; publica la Convocatoria a la Convención Constituyente Federal. La Constitución de los Estados Unidos de 1787; y un índice analítico. Y no se descarta que haya sido lectura de los liberales mexicanos que crearon la gran Constitución Federal de la República Mexicana de 1857 que, sobre la marcha, se informaron de los debates estadunidenses a partir de los logros constitucionales de los ingleses; y a quienes dieron una lección perenne de constitucionalismo democrático y antimonárquico.
III. Los autores fueron integrantes del Congreso Constituyente de 1787 y juristas ante todo, afiliados al liberalismo político democrático. Sus ensayos inician siempre con: “Al pueblo del estado de Nueva York”, donde residían, y escribieron para difundir la conquista de un orden jurídico-político que normara las conductas humanas, en sus individualidades, y como una sociedad abierta con las libertades fundamentales, en el contexto de sus derechos y obligaciones para la convivencia pacífica; y para postular la legalidad y legitimidad de gobernados y gobernantes. Este libro debería ser texto para la formación universitaria, y alimenta a De la democracia en América, de Alexis de Tocqueville, genial tratado de la democracia representativa o indirecta que han divorciado de la democracia directa, porque conviene a las elites consultar al pueblo sólo a través de las elecciones y olvidar plebiscitos, referéndums y consultas populares. Es una obra magistral sobre el buen gobierno republicano, con arreglo a la separación de los poderes: Judicial, Legislativo y Ejecutivo-administrativo, con un tribunal constitucional para el control de la Constitución.
Ficha bibliográficas
Autores: Alejandro Hamilton, Juan Jay y Santiago Madison
Título: El federalista
Editorial: Fondo de Cultura Económica
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