Tocando la cuerda del anti-atlantismo (anti-OTAN), y hasta del antinorteamericanismo, una de los puntos de ataque de los adversarios del Tratado consiste en afirmar que con la Constitución que se nos propone, Europa caería en un estado total de sumisión a los Estados Unidos. Dicho texto, por tanto, echaría abajo el sueño de una Europa potencia acariciado por el general De Gaulle. En verdad, el Tratado incluye cierto número de innovaciones importantes en cuanto a la defensa de Europa, a pesar de que, en mi criterio, no van demasiado lejos. Deben destacarse cinco grandes innovaciones que reflejan el contexto posterior a la Guerra Fría:
– Las crisis posteriores a la Guerra Fría (los Balcanes, Afganistán, Irak) le han mostrado a Europa la necesidad de contar con una autoridad política capaz de ser la voz y el rostro de Europa. Eso se lograría con la institución de un presidente del Consejo Europeo (Artículo I- 22) y de un ministro de Relaciones Exteriores (Artículo I-28).
– Por primera vez, el principio de un destino de seguridad común se afirma entre los Estados miembros. La Constitución, de hecho, introduce una cláusula de defensa mutua (Artículo I-41 párr. 7) La defensa, que había sido excluida en los inicios de la construcción europea después del fracaso de la CED, se ve ahora, por tanto, nuevamente incluida en el corazón de ésta.
– La Constitución define en su Artículo III-309 los tipos de misiones que la Unión podrá cumplir para promover la paz en nuestro continente y en el mundo. Asimismo, las amplía para incluir, aparte de las misiones tradicionales, las nuevas misiones referentes al desarme, a la prevención de conflictos o a la estabilización posterior al conflicto. Para hacerlo, los Estados miembros se comprometen (Artículo I- 41 párr. 3) a poner a disposición de la Unión las capacidades civiles y militares que respondan a los objetivos definidos por el Consejo Europeo.
– Igualmente, para los Estados miembros que deseen ir más allá en esta cuestión, la Constitución crea la posibilidad de establecer vínculos de cooperación reforzada (Artículo I-44) e, inclusive, de establecer entre ellos una cooperación estructurada permanente (prevista por los Artículos I-41 párr. 6 y III-312), en práctica a partir del núcleo franco-británico.
– Este deseo en materia de defensa europea se apoya en una plataforma industrial que organizará la Agencia Europea de Defensa (Artículo I-41 párr. 3).
En lo adelante, basados en el respeto del principio de autonomía de decisión de la Unión Europea y de cada uno de sus Estados miembros, podremos decidir, según las circunstancias, actuar con nuestros aliados norteamericanos en el marco de la OTAN (lo que será más probable en caso de una crisis importante), sin los norteamericanos pero en el marco de la OTAN o sin los norteamericanos y la OTAN tal como se hizo en la República Democrática del Congo en la operación Artémis.
Dicho esto, debemos tener la lucidez de reconocer que la Constitución está lejos de poder solucionar todos los problemas. No divide el debate entre «euroatlantistas» y «eurogaullistas». En ese sentido todo sigue igual que antes. Tampoco resuelve la incongruencia que representa la neutralidad de algunos Estados miembros, anacronismo heredado de la Guerra Fría. Por último, la desigualdad en el nivel de gastos y de poderío entre las dos orillas del Atlántico permanece intacta. Yo soy de los que exigían que se impusiera en ese texto una tasa mínima de gastos militares. Es ése, en verdad, el meollo de la impotencia europea. Al incentivar los gastos militares, la Constitución Europea incentiva la constitución de una Europa potencia.
Le Figaro (Francia)
Difusión: 350 000 ejemplares. Propiedad de la Socpresse (creada por Robert Hersant, hoy es propiedad del constructor de aviones Serge Dassault). Es el diario de referencia de la derecha francesa.
«L’«Europe puissance» contre la tentation de la neutralité », por Pierre Lellouche, Le Figaro, 17 de mayo de 2005.
Manténgase en contacto
Síganos en las redes sociales
Subscribe to weekly newsletter