En medio de las numerosas violaciones a los derechos humanos, hay una que se presenta de manera cotidiana; a veces es imperceptible y otras, escandalosa: la discriminación. La Carta Magna en el artículo primero, conforme a la reforma del 11 de junio de 2011, prohíbe toda discriminaciónmotivada por origen étnico o nacional, género, edad, discapacidad, condición social, de salud, religión, opiniones, preferencia sexual, estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las humanas.
Tanto el concepto de discriminación como los instrumentos internacionales que la prohíben han evolucionado con los años. En 1969, la Convención Internacional sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Racial se centraba en la discriminación por motivos de raza, color, linaje u origen nacional o étnico. Con los aportes de otras convenciones y leyes que protegen a distintos grupos de población –si se añade la reflexión y construcción teórica, académica y de la sociedad civil–, la forma en que conceptualizamos la discriminación se ha transformado. La Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación (2003) toma en cuenta, además, la discriminación por sexo, edad, discapacidad, condición social o económica, de salud, embarazo, lengua, religión, opiniones, preferencia sexual, estado civil o cualquier otra que tenga por efecto impedir o anular el reconocimiento o el ejercicio de derechos e igualdad real de oportunidades. La Ley para Prevenir y Eliminar la Discriminación en el Distrito Federal (2011), amplía aún más el concepto y señala que en la capital del país se prohíbe toda negación, exclusión, distinción, menoscabo, impedimento o restricción de alguno de derechos humanos individuales, grupos y comunidades en situación de discriminación. La discriminación, de acuerdo con esta Ley, es imputable a personas físicas o morales o entes públicos con intención o sin ésta, dolosa o culpable, por acción u omisión. Entre las razones por las que nadie puede ser discriminado, (además de las ya mencionadas) la Ley del Distrito Federal añade el género, identidad indígena, de género, expresión de rol de género, condición jurídica, apariencia física, características genéticas, opiniones políticas, académicas o filosóficas, identidad o filiación política, orientación o preferencia sexual, estado civil, forma de pensar, vestir, actuar, gesticular, tener tatuajes o perforaciones corporales o cualquier otra que tenga por efecto anular o menoscabar el reconocimiento, goce o ejercicio de derechos y libertades fundamentales y la igualdad de las personas.
Si bien este marco legal puede ser un avance, la realidad revela que la discriminación es algo que existe, que muchos conocemos y con la que de una u otra forma nos hemos topado, pero que está tan “naturalizada” que no nos damos cuenta de que discriminamos o somos objeto de la discriminación. En ésta hay relaciones de poder porque generalmente se discrimina a quien por alguna característica o situación se encuentra en desventaja. Es una especie de enemigo invisible, silencioso que nos acecha en todas las etapas de nuestra vida: cuando somos niños porque se nos ve como propiedad de los padres; cuando somos jóvenes porque se nos considera inmaduros o porque en la construcción de nuestra identidad vestimos o hablamos de un modo particular e incluso se nos ve como potenciales criminales; y cuando somos adultos mayores porque en una sociedad de consumo, que privilegia la productividad y eficiencia, resultamos un estorbo.
La discriminación también la vivimos por otras características. Muchos hemos escuchado o vivido historias acerca de maltrato, insulto o negación de un servicio porque nuestra apariencia física no encaja con la concepción de lo “normal” o lo que los estándares de belleza o de la “buena presentación” dictan en la sociedad o en la mentalidad de la persona que nos discrimina. Tener tatuajes o perforaciones es en muchos casos motivo de rechazo. Ser mujer es en sí misma una característica por la que se discrimina en el hogar, escuela, política, laboral y en el acceso a oportunidades de todo tipo. El feminicidio es un ejemplo de violencia extrema que tiene como base la discriminación por género, pero los abusos y maltratos que sufren mujeres como las trabajadoras del hogar demuestran que la discriminación abarca varias características: situación económica-social, origen étnico (un gran número son indígenas) y edad, la mayoría son muy jóvenes, algunas incluso niñas. En México, la discriminación, la intolerancia y la consideración de la diversidad sexual como una amenaza social han alcanzado un nivel vergonzoso que se materializa en crímenes de odio por homofobia. Disfrazados como “crímenes pasionales”, estos crímenes por preferencia u orientación sexual son una expresión de extrema violencia y discriminación que viven día a día el grupo de población conformado por lesbianas, gays, bisexuales, transexuales, transgéneros, travestistas e intersex. Entre 1999 y 2009, se registraron 640 homicidios por homofobia y en 11 entidades de la república, aunque una investigación del Colegio de México, AC (institución pública, de carácter universitario, dedicada a la investigación y enseñanza superior) indica que esas cifras están por debajo de la realidad: recopiló datos de 1 mil 656 crímenes por homofobia.
En cuanto a las personas con alguna discapacidad, el Instituto Nacional de Estadística y Geografía reporta que en México (datos de 2000) hay poco más de 814 mil personas con alguna discapacidad motriz; 290 mil viven con discapacidad mental; y 281 mil con discapacidad auditiva. Entre otros problemas, se enfrentan a la falta de infraestructura para el acceso físico en vías de comunicación e instalaciones públicas, lo que implica una forma de impedir, limitar o negar servicios y derechos. También la insensibilidad, rechazo y violación de sus derechos, por parte de familiares, cuidadores y autoridades, y a la falta de macos legales adecuados que los protejan.
En días pasados, el Estado mexicano presentó su informe de avances y cumplimiento de la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas la Formas de Discriminación Racial ante el Comité de la Organización de las Naciones Unidas contra la Discriminación Racial. Éste expresó su preocupación por la falta de garantías en el debido proceso de personas indígenas, ya que la falta de intérpretes y traductores limita de manera grave su derecho a un juicio justo. Organizaciones civiles de derechos humanos que presentaron informes alternativos ante el Comité, señalaron que la discriminación hacia pueblos y comunidades indígenas se manifiesta también en las condiciones de pobreza y marginación extremas en las que viven, ya que tienen acceso limitado a servicios básicos y a la justicia; sufren ataques al defender sus derechos por parte de militares, caciques o grupos de poder que actúan en la impunidad. También señalaron que los migrantes padecen de discriminación mediante extorsión, malos tratos, secuestro, violación, asesinato y reclutamiento forzoso por bandas delictivas.
Lograr que todas las personas gocen sin distinción de todos los derechos humanos, entre éstos el derecho a la igualdad y la no discriminación es un trabajo y compromiso que enfrenta grandes obstáculos, prejuicios y barreras culturales arraigadas en las prácticas sociales de todo el país. Existen organismos públicos especializados en la materia como el Consejo para Prevenir la Discriminación en la Ciudad de México y el Consejo para Prevenir y Erradicar la Discriminación en el Distrito Federal, a los que será importante acercarnos y dar seguimiento a su trabajo. Como sociedad tenemos también una tarea importante por desarrollar. El cambio cultural a favor de la no discriminación es una labor de todos los días y de resultados en el mediano y largo plazo. El esfuerzo sin duda valdrá la pena.
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