El Presidente ( habla en inglés ) : Doy una cordial bienvenida al Secretario General, al Viceprimer Ministro de Luxemburgo, a los ministros de los países miembros del Consejo de Seguridad y a los demás representantes presentes esta noche en el Salón del Consejo de Seguridad.

El Consejo de Seguridad comenzará ahora el exa men del tema que figura en el orden del día. Los miem bros del Consejo tienen ante sí el documento S/2013/575, que contiene el texto de un proyecto de resolución pre parado durante las consultas previas del Consejo. Señalo que este documento contiene un Anexo I, que es el texto de una decisión aprobada el 27 de sep tiembre por el Consejo Ejecutivo de la Organización para la Prohibición de las Armas Químicas, titulado “Decisión sobre la destrucción de las armas químicas sirias”. Entiendo que el Consejo está dispuesto a proce der a la votación del proyecto de resolución que tiene ante sí. Quisiera dar las gracias a todos los miembros del Consejo por patrocinar el proyecto de resolución, que ahora es un texto de la Presidencia. Someteré ahora a votación el proyecto de resolución.

Se procede a votación ordinaria.

Votos a favor : Argentina, Australia, Azerbaiyán, China, Francia, Guatemala, Luxemburgo, Marruecos, Pakistán, República de Corea, Federación de Rusia, Rwanda, Togo, Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, Estados Unidos de América

El Presidente ( habla en inglés ) : Se han emitido 15 votos a favor. Por consiguiente, el proyecto de resolu ‑ ción ha sido aprobado por unanimidad como resolución 2118 (2013). Tiene ahora la palabra el Secretario General.

El Secretario General ( habla en inglés ) : La histó rica resolución de hoy es la primera noticia esperanza dora sobre Siria en mucho tiempo. Llevo muchos meses diciendo que, de confirmarse el uso de armas químicas en Siria, habría que dar una respuesta unida y firme. Esta noche, la comunidad internacional la ha dado. Fe licito a los miembros del Consejo. Estoy especialmente agradecido por la labor que han llevado a cabo el Minis tro de Relaciones Exteriores de la Federación de Rusia, Sr. Sergey Lavrov, y el Secretario de Estado de los Esta dos Unidos, Sr. John Kerry.

Puesto que la Misión que fue enviada a investi gar las denuncias confirmó el uso de armas químicas en Siria, los autores de este crimen deben ser llevados ante la justicia. Esta semana, la misión dirigida por el Profesor Åke Sellström regresó a Siria para finali zar sus investigaciones, en particular el incidente de Khan al A sal. Espero que el equipo finalice sus acti vidades de determinación de los hechos la próxima se mana. Yo transmitiré rápidamente su informe final al Consejo de Seguridad y a todos los Estados Miembros. Al mismo tiempo, la comunidad internacional tiene la responsabilidad de procurar que estas armas de destruc ción en masa nunca vuelvan a utilizarse como instru mento al servicio de la guerra o el terrorismo.

Dado que las Naciones Unidas son depositarias de la Convención sobre las armas químicas, acojo con sa tisfacción la adhesión de Siria y su declaración de que la aplicará con carácter provisional. La vital decisión que ha tomado hoy el Consejo Ejecutivo de la Organización para la Prohibición de las Armas Químicas (OPAQ) establece unos objetivos ambiciosos pero realistas para verificar la eliminación del programa sirio. Dado el alcance de esta tarea y la persistencia del conflicto en Siria, las Naciones Unidas y la OPAQ tienen un acuerdo preliminar que se definirá plenamente a partir de la resolución y servirá de base para mi propuesta al Consejo. Quisiera dar las gra cias al Director General de la OPAQ, Sr. Ahmet Üzümcü, por su espíritu de colaboración. El martes despacharemos un equipo inicial a Damasco. Los equipos de inspección contarán con el pleno apoyo de todos los departamentos y oficinas pertinentes de las Naciones Unidas.

Con la resolución 2118 (2013) nos aseguraremos de que la eliminación del programa de armas químicas de Siria se haga lo más pronto posible y con la mayor transparencia y responsabilidad. Verificar la destruc ción de armas químicas es una tarea difícil en cualquier circunstancia. En Siria, los inspectores, que son cientí ficos y expertos técnicos, tendrán que enfrentarse a la realidad del conflicto, que no cesa. El éxito de la Misión dependerá de si el Gobierno de Siria cumple exactamen te y sin demora con sus obligaciones. Eso implica, entre otras cosas, garantizar la seguridad y protección de la OPAQ y del personal de las Naciones Unidas.

La cooperación de las fuerzas de la oposición tam bién será importante. Todas las partes comparten el interés común de destruir permanentemente estas armas. El proceso también requerirá la participación activa de la comunidad internacional. Agradezco las promesas de apoyo a las actividades de las Naciones Unidas y de la OPAQ que hemos recibido hoy. En los próximos días, las dos organizaciones estudiarán la manera de facilitar la eliminación del programa de armas químicas de Siria. En su momento proporcionaré mis recomendaciones al Con sejo de Seguridad.

Al celebrar esta importante medida, nunca debe mos olvidar que Siria sigue inmersa en el horror, con bombas y tanques, granadas y armas de fuego. Dar luz roja a un tipo de armas no significa dar luz verde a otras ; no es una licencia para matar con armas convenciona les. Hay que poner fin a todo tipo de violencia. Hay que acallar todas las armas. Debemos aprovechar la nueva unidad del Consejo y centrar nuestra atención en otros dos aspectos del conflicto igualmente fundamentales : la grave situación humanitaria y la crisis política.

Esperamos que los miembros del Consejo exijan con firmeza que el Gobierno de Siria y la oposición res peten sus obligaciones en virtud del derecho internacio nal humanitario, en particular la eliminación de todos los obstáculos al acceso de la asistencia humanitaria. Algunas comunidades sitiadas llevan más de 10 meses sin recibir asistencia. El Consejo ha acordado que la única manera de lograr la paz en Siria es iniciar un proceso político inclusivo y dirigido por Siria basado en el comunicado de Ginebra de 30 de junio de 2012 (S/2012/523, anexo). En la resolución de hoy se insta a convocar una conferencia internacional sobre Siria para aplicar el comunicado de Ginebra lo antes posible.

Ha llegado el momento de hacer que esto suceda tan pronto como sea posible. Las Naciones Unidas han concluido todas las tareas preparatorias. El Presidente Al A ssad ha declarado que está dispuesto a enviar una delegación a Ginebra y la Coalición Nacional Siria ha expresado su voluntad de dialogar.

Las conversaciones que hemos mantenido durante esta última semana se han centrado en el inicio de “Gine bra II”. El miércoles, en el almuerzo de trabajo que tuve con los Ministros de Relaciones Exteriores de los cinco miembros permanentes del Consejo, acordamos procu rar que los participantes sirios vinieran a la conferencia a negociar de buena fe. Hoy, el Representante Especial Conjunto de la Liga de los Estados Árabes y las Naciones Unidas, Sr. Brahimi, y yo hemos continuado este debate con los Estados Miembros. Nuestro objetivo es celebrar la conferencia a mediados de noviembre. Mientras tanto, el Sr. Brahimi pondrá en marcha todos los preparativos necesarios para garantizar su éxito.

No hay nadie que sea tan ingenuo como para no ver los retos que plantea el poner fin al conflicto de manera pacífica. La parte siria debe participar de manera cons tructiva en la creación de un Estado democrático que garantice los derechos humanos de todos los sirios. Los agentes regionales tienen la responsabilidad de desafiar a los que puedan menoscabar el proceso en forma deli berada y a los que no respeten plenamente la soberanía, la unidad y la integridad territorial de Siria. Los miem bros del Consejo de Seguridad, tanto individual como colectivamente, deben desempeñar una función vital a la hora de hacer avanzar el proceso de Ginebra hacia una solución pacífica y duradera.

El Presidente ( habla en inglés ) : Doy las gracias al Secretario General por su declaración. Tienen ahora la palabra los miembros del Consejo.

Sr. Lavrov (Federación de Rusia) ( habla en ruso ) : La resolución 2118 (2013), que acabamos de aprobar, está totalmente en consonancia con los acuerdos ruso e sta dounidenses alcanzados en Ginebra el 14 de septiembre.

Fue fruto de los esfuerzos coordinados de la Fe deración de Rusia y de los Estados Unidos de América, apoyados por todos los miembros del Consejo de Segu ridad y la mayoría de otros Estados.

Con arreglo a la resolución, el papel preponderante en la labor que se ha de realizar a partir de ahora le co rresponderá a la Organización para la Prohibición de las Armas Químicas (OPAQ), y las Naciones Unidas le pro porcionarán asistencia. Consideramos que los expertos de la OPAQ y las Naciones Unidas actuarán de manera profesional e imparcial en Siria, respetando plenamente la soberanía de ese país.

Hay que hacer todo lo posible por garantizar que los arsenales químicos sirios pasen a estar bajo control, de conformidad con la decisión del Consejo Ejecutivo de la OPAQ, de manera oportuna y efectiva y de tal forma que se respeten todas las normas de seguridad. Esperamos que el Secretario General y el Director Ge neral de la OPAQ cooperen estrechamente y velen por una coordinación adecuada con arreglo a la resolución 2118 (2013), que se acaba de aprobar. Esperamos las re comendaciones del Secretario General sobre la organi zación de esta labor, en particular las cuestiones relati vas a la seguridad del personal internacional. Rusia está dispuesta a participar en la próxima operación en Siria en todos sus aspectos.

Una condición importante para el éxito de la labor que se realice a partir de ahora es la disposición a coo perar realmente que Damasco ha demostrado al sumar se a la Convención sobre las armas químicas. Siria ya ha empezado a aplicar sus compromisos proporcionando a la OPAQ una lista detallada de los arsenales químicos que posee. Consideramos que Damasco continuará coo perando de manera constructiva y de buena fe con los inspectores internacionales.

La responsabilidad de aplicar esa resolución no es solo del Gobierno de Siria. Según exige el Consejo de Seguridad, los expertos internacionales también deberán contar con la cooperación de la oposición siria. En ese sentido, los informes que han de presentarse para que el Consejo de Seguridad los examine relativos a la aplica ción de la decisión de la OPAQ y la resolución 2118 (2013) tendrán que ser objetivos y abordar la situación con res pecto a todas las partes en el conflicto sirio. La resolución no se acoge al Capítulo VII de la Carta de las Naciones Unidas y en ella no se contempla ningún uso automático de medidas coercitivas para garantizar el cumplimiento.

En ella se reafirma el acuerdo que se concertó en la reunión ruso e stadounidense celebrada en Ginebra en el sentido de que toda violación de esas condiciones así como el uso de armas químicas por cualquier parte serán investigados por el Consejo de Seguridad, el cual estará dispuesto a adoptar medidas de conformidad con el Capítulo VII de la Carta. Las medidas adoptadas se rán acordes a las violaciones, las cuales deberán quedar demostradas de manera irrebatible.

Quienes apoyan y patrocinan a la oposición tienen una responsabilidad particular ; deben velar por que las armas químicas no acaben en manos de extremistas. Quisiéramos destacar que en la resolución el Consejo de Seguridad se establecen unos requisitos que se aplican a todos los países, especialmente los vecinos de Siria. Deben informar al Consejo de todo intento por parte de agentes no estatales de obtener armas químicas. Sería incluso más inaceptable que apoyaran ese tipo de tenta tivas. El Consejo de Seguridad examinará de inmediato todos los casos de ese tipo con el objetivo de adoptar las medidas pertinentes.

Consideramos que la resolución no solo permitirá resolver el problema de las armas químicas sirias sino que además nos dará un impulso en cuanto a una deci sión sobre la creación en el Oriente Medio de una zona libre de armas de destrucción en masa y sus medios vec tores, de conformidad con las decisiones adoptadas por la comunidad internacional.

Lo que reviste especial importancia en este sentido es que en la resolución se define un marco para una solución política y diplomática de la crisis Siria. En ella, se aprue ba, sin reservas, el comunicado de Ginebra de 30 de junio de 2012 ((S/2012/523, anexo)) como plataforma para una solución. Además se apoya la convocación cuanto antes sobre esa base de una conferencia internacional.

En nuestra opinión, compartida por los otros miembros permanentes del Consejo de Seguridad y por el Secretario General, esa conferencia podría celebrarse ya a mediados de noviembre. Esperamos que las fuer zas de oposición sirias, cada vez más diversas, puedan finalmente declararse dispuestas a participar en la con ferencia sin condiciones previas, tal como ha hecho el Gobierno de Siria. Pedimos a quienes patrocinan a la oposición que ejerzan la presión necesaria para que así lo haga. La Federación de Rusia participará de manera activa y directa en la aplicación del proceso de desarme químico y en los preparativos para Ginebra II.

El Presidente ( habla en inglés ) : Tiene ahora la pa labra el Secretario de Estado de los Estados Unidos de América, Excmo. Sr. John Kerry.

Sr. Kerry (Estados Unidos de América) ( habla en inglés ) : Hace cinco semanas, el mundo vio filas y fi las de niños asesinados que yacían en el suelo de un hospital, solos o al lado de sus padres muertos, todos envueltos en mortajas sin rastro de sangre, y quedó con mocionado. Sin embargo, nuestra determinación colec tiva se redobló. Esta noche, con una resolución firme y enérgica que sienta precedentes y en la que se exige a Siria que renuncie a sus armas químicas, el Consejo de Seguridad ha demostrado que la diplomacia puede ser tan potente como para neutralizar pacíficamente las peores armas de guerra.

Así pues, hoy juntos declaramos por primera vez que el uso de armas químicas, que el mundo determinó hace tiempo que rebasa los límites de un comportamien to humano aceptable, es también una amenaza para la paz y la seguridad internacionales, en cualquier lugar en el que se puedan utilizar, en cualquier momento que se puedan utilizar y bajo cualquier circunstancia.

Como comunidad de naciones, reafirmamos nues tra responsabilidad de defender a los indefensos, aquellos cuya vida sigue corriendo riesgo cada día que alguien cree que puede utilizar armas de destrucción en masa con impunidad. De consuno y al unísono, el mundo im pone por primera vez obligaciones vinculantes al régi men de Al A ssad exigiéndole que se deshaga de las ar mas que se han utilizado con efectos devastadores como herramientas de terror. Esta importante resolución refleja lo que el Presidente Obama, el Presidente Putin y colegas de todo el mundo se han propuesto hacer.

Quisiera dar las gracias al Ministro de Relaciones Exteriores Lavrov por sus esfuerzos personales y su cooperación antes de Ginebra y posteriormente, duran te toda esta semana, para que pudiéramos encontrar una posición afín. También quisiera dar las gracias a mis buenos amigos y homólogos, el Secretario de Estado de Relaciones Exteriores Hague y el Ministro de Relacio nes Exteriores Fabius, los cuales han sido nuestros aso ciados en todo el camino.

Nuestro objetivo original era rebajar y frenar la capacidad de Siria en materia de armas químicas. La opción de la fuerza militar que el Presidente Obama ha mantenido sobre la mesa hubiera podido dar resultado en ese sentido, pero, en realidad, con la resolución de esta noche se consigue incluso más. A través de me dios pacíficos, por primera vez se tratará de eliminar por completo la capacidad de una nación en materia de armas químicas y, en este caso específico, la de Siria. Las inspecciones in situ de los lugares en los que se al macenan esas armas empezarán en noviembre y, de con formidad con este acuerdo, esas armas serán eliminadas y destruidas para finales del año que viene.

Nuestro objetivo también era exigir al régimen de Al A ssad que asumiese públicamente la responsa bilidad del espantoso uso de armas químicas contra su propia población el 21 de agosto, y en esta resolución se deja claro que los responsables de ese acto abominable deben rendir cuentas. En la resolución que acabamos de aprobar, es importante que el Consejo haya avalado el comunicado de Ginebra (S/2012/523, anexo), en el que se pide que se transfiera el poder a un órgano de gobier no de transición, preparando así el terreno para la cele bración de elecciones democráticas y un gobierno que pueda ser elegido por el pueblo de Siria para representar al pueblo de Siria.

Nos proponíamos aprobar una resolución jurídica mente vinculante, y eso es lo que el Consejo de Segu ridad ha hecho. Por primera vez desde que empezó la guerra civil en Siria, el Consejo de Seguridad describe detalladamente lo que Siria debe hacer para cumplir con sus obligaciones jurídicas. Siria no puede seleccionar o rechazar a los inspectores. Siria debe brindar a esos inspectores un acceso irrestricto a cualquier lugar y a cualquier persona. Además, queríamos aprobar una re solución que se fuera a aplicar y, también en ese sentido, eso es lo que el Consejo de Seguridad ha hecho.

Estamos aquí porque las acciones tienen conse cuencias y ahora, si el régimen no actúa, habrá conse cuencias. Se informará con frecuencia al Consejo sobre el progreso observado y, en caso de incumplimiento, el Consejo impondrá medidas al amparo del Capítulo VII de la Carta de las Naciones Unidas.

Hace apenas dos semanas, cuando el régimen sirio ni siquiera reconocía las enormes reservas de armas quí micas ni decía que existían, francamente este resultado hubiera sido del todo inconcebible. Sin embargo, gracias a la cooperación entre los cinco miembros permanentes del Consejo de Seguridad y gracias a nuestros amigos y aso ciados de todo el mundo, muchos de los cuales se encuen tran aquí, en este Salón, el Consejo ha demostrado que, cuando dejamos de lado la política en aras del bien común, seguimos siendo capaces de lograr cosas importantes.

Si esta resolución se aplique plenamente, habre mos eliminado uno de los programas más grandes de armas químicas de la Tierra de uno de los lugares más inestables del planeta.

El régimen de Al A ssad tiene sobre sí la carga de cumplir los términos de este acuerdo, y cuando se trata de los que asesinan a sus propios ciudadanos la paciencia del mundo tiene que ser escasa. Pero no se equivoquen : el resto del mundo sigue soportando la carga que supone ha cer lo que debemos hacer para poner fin a los asesinatos en masa por otros medios. Tenemos que trabajar de consuno con la misma determinación y ánimo de cooperación que nos han traído esta noche hasta aquí para poner al conflicto que sigue desgarrando a Siria, incluso en el día de hoy.

Tenemos que seguir prestando la asistencia humani taria que se necesita con desesperación, y ni Al A ssad ni nadie más debe interponerse entre esa asistencia y las per sonas que la necesitan. Solo cuando hagamos esas cosas habremos cumplido nuestra responsabilidad con el pueblo sirio y con nosotros mismos. Solo entonces habremos pro movido nuestros propios intereses, nuestra propia segu ridad y la de nuestros aliados de la región. Solo entonces habremos demostrado que el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas está cumpliendo su responsabilidad de garantizar la paz y la seguridad internacionales.

De modo que estamos aquí unidos esta noche para respaldar nuestra convicción de que las instituciones in ternacionales son importantes, que las normas internacio nales importan. Decimos al unísono que no se tolerarán las atrocidades que se llevan a cabo con las armas más atroces del mundo. Además, cuando instituciones como el Consejo de Seguridad se movilizan para defender los principios y los valores que todos compartimos, y cuando advertimos a los regímenes violentos que el mundo se unirá en su contra, ello no solo dará lugar a una Siria más segura, sino a un mundo más seguro.

Sr. Hague (Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte) ( habla en inglés ) : El ataque con armas químicas perpetrado en Siria el 21 de agosto fue horroroso por su ca rácter y su magnitud, y con razón, el Secretario General lo definió como un crimen de guerra. Por tanto, cabe celebrar que el Consejo de Seguridad haya reconocido el carácter atroz de ese acto y se haya reunido para convenir en dar una respuesta seria y trascendental. Lo hemos hecho hoy al aprobar la primera resolución del Consejo de Seguridad (resolución 2118 (2013) relativa a Siria en 17 meses, y rin do especial homenaje a mis colegas el Secretario Kerry y al Ministro de Relaciones Exteriores, Sr. Lavrov, por toda la labor que han llevado a cabo para hacerlo posible.

Es una resolución innovadora. En primer lugar, en ella se reconoce que todo empleo de armas químicas constituye una amenaza a la paz y la seguridad interna cionales. Ello establece una importante norma interna cional, que es esencial a raíz de los actos atroces que co metió el régimen sirio el 21 de agosto. En la resolución se defiende el principio de la rendición de cuentas por el uso comprobado de armas químicas. Se imponen obli gaciones jurídicamente vinculantes y coercitivas al ré gimen para que cumpla la decisión que la Organización para la Prohibición de las Armas Químicas aprobó esta tarde. Se deja en claro que el Consejo impondrá medidas en virtud del Capítulo VII de la Carta de las Naciones Unidas si no se cumple, y se refrenda el Comunicado de Ginebra de junio de 2012 ((S/2012/523, anexo)).

No debemos tener ninguna duda acerca de los de safíos que tenemos por delante para aplicar esta resolu ción, pero, si se aplica correctamente, y el Consejo debe garantizar que así sea, impedirá que se repitan las atro cidades cometidas el 21 de agosto o cualquier otro uso de armas químicas en Siria. El Reino Unido desempeña rá plenamente su papel al respecto. Puedo anunciar que el Reino Unido está haciendo una contribución inicial de 3 millones de dólares para el Fondo Fiduciario para Si ria de la Organización para la Prohibición de las Armas Químicas. Me hago eco del llamamiento que el Consejo Ejecutivo de la Organización para la Prohibición de las Armas Químicas hizo hoy para que todos los Estados que estén en condiciones de hacerlo aporten contribu ciones voluntarias y conocimientos especializados para cumplir esta tarea tan difícil, pero fundamental.

No debemos olvidar que la actuación de hoy del Consejo se ha producido solo después de dos años y medio de brutalidad sin control y de más de 100.000 muertes y millones de personas desplazadas. El hecho de que el Consejo no haya podido hacer frente a los de litos que se cometen a diario ha dado lugar a una cultura de impunidad, en virtud de la cual régimen brutal consi deró que podría asesinar a sus propios hombres, mujeres y niños con impunidad.

Por tanto, es fundamental que el Consejo aprove che ahora el consenso que hemos alcanzado hoy para avanzar hacia una solución sostenible de la crisis. Con renovado propósito y determinación, debemos lograr una transición política, y por ello acojo con satisfacción el hecho de que, como dijo el Secretario General ante riormente, nos hemos puesto de acuerdo entre los miem bros permanentes del Consejo de Seguridad con miras a determinar una fecha a mediados de noviembre para iniciar “Ginebra II”. Será un proceso difícil, que supone decisiones y fórmulas de avenencia difíciles pero es cru cial que todos nos comprometamos a desplegar nuestros mayores esfuerzos colectivos para que todo funcione. El objetivo es algo en lo que todos estamos de acuerdo : una transición negociada en Siria, que comience con la formación de un órgano de gobierno de transición con plenos poderes ejecutivos establecido sobre la base del consentimiento mutuo.

No obstante, ningún proceso político puede arro jar resultados inmediatos. Entretanto, también tenemos que hacer mayores esfuerzos en el contexto de la crisis humanitaria. La magnitud del sufrimiento es realmen te horrorosa : 100.000 muertos y millones de personas desplazada. Hasta ahora, el Reino Unido ha proporcio nado un total de 800 millones de dólares destinados a la respuesta humanitaria, pero aún no hemos llegado a las personas que están dentro de Siria. Para lograrlo, necesitamos verdaderos progresos en cuanto al acceso humanitario, de modo que creemos que en los próximos días el Consejo debe acordar ejercer su influencia y su autoridad para garantizar el acceso irrestricto e inme diato a las personas que necesitan asistencia en Siria.

La resolución de hoy tiene por objetivo garantizar que los horrores del 21 de agosto no puedan repetirse. La necesidad inmediata es centrarse en los horrores co tidianos de la grave situación humanitaria, y tenemos que reforzar nuestra determinación de trabajar a través del proceso de “Ginebra II” para poner fin al conflicto y garantizar un futuro mejor para Siria.

Sr. Asselborn (Luxemburgo) ( habla e n f rancé s ) : La resolución 2118 (2013), que acabamos de aprobar, es un hito histórico. Contiene elementos sólidos y concretos para obligar a Siria a respetar sus obligaciones e im pedir que las armas químicas vuelvan a utilizarse en Siria. El Consejo de Seguridad ha puesto así en marcha un mecanismo sólido, que genera obligaciones jurídica mente vinculantes a través de medidas de verificación rigurosas. El objetivo es claro, y no da lugar a inter pretaciones erróneas. Siria debe cooperar plenamente con la Organización para la Prohibición de las Armas Químicas y las Naciones Unidas con miras a disolver su programa de armas químicas lo más rápido posible.

Si las autoridades sirias respetan plenamente su obligación, esta resolución permitirá eliminar uno de los programas de armas químicas más importantes del mundo, por medios no militares. Hace un mes, todos fuimos testigos de la terrible masacre perpetrada con armas químicas en la periferia de Damasco. Cada uno de nosotros pudo ver con sus propios ojos, en decenas de vídeos, lo que ocurrió el 21 de agosto : imágenes muy penosas de la agonía de las víctimas, y decenas de hile ras de cadáveres de niños. Es importante que esos he chos jamás se repitan.

La resolución de hoy también representa un avan ce trascendental en el plano normativo. Por primera vez, el Consejo de Seguridad ha determinado que el empleo de armas químicas, dondequiera que ocurra, constituye una amenaza a la paz y la seguridad internacionales. Ello autoriza al Consejo a ocuparse automáticamente de esta cuestión en el futuro. Esto constituye un avance impor tante. La resolución también es innovador en cuanto a otro aspecto crucial. Por primera vez, el Consejo de Seguridad logró ponerse de acuerdo para respaldar el Comunicado de Ginebra de 30 de junio de 2012 ((S/2012/523, anexo)), en el que instó a la creación de un órgano de gobierno de transición con plenos poderes ejecutivos en Siria.

La aprobación de la resolución, por importante que sea, no pondrá fin a la guerra, ni tampoco acabará con el enorme sufrimiento del pueblo sirio. A la larga, los pro blemas humanitarios y de seguridad no podrán resolver se, a no ser mediante una solución política negociada de la crisis. Siria debe emprender un proceso de transición política, que responda a las aspiraciones de todos los si rios. Por consiguiente, alentamos a todas las partes inte resadas a que aprovechen la dinámica positiva generada en el ámbito de las armas químicas para avanzar hacia la cesación de las hostilidades, la celebración de “Gine bra II” y la necesaria transición política en Siria. Toda demora solo causará más muertes y más sufrimiento.

Si bien nuestra atención se centra en los últimos ca pítulos de los últimos días respecto de las armas químicas, no podemos ni debemos olvidar la catástrofe humana que sigue desencadenándose en Siria y en los países vecinos, sobre todo en el Líbano y Jordania, y también en el Iraq y Turquía. El Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados, Sr. António Gutérres ha dicho que “Siria se ha convertido en la gran tragedia de este siglo —una terrible calamidad humanitaria tenien do en cuenta el sufrimiento y el desplazamiento sin igual en la historia reciente”.

Los sirios necesitan ayuda, y la necesitan ahora. Tienen el derecho a recibir esa ayuda de conformidad con los criterios más elementales de humanidad consa grados en el derecho internacional humanitario. Es ur gente que Siria responda a las demandas de los agentes humanitarios y que facilite de inmediato, sin obstácu los, libre acceso a las poblaciones afectadas. Es urgente que se eliminen los obstáculos burocráticos para garan tizar los suministros de equipo médico, brindar socorro humanitario, y abrir rutas humanitarias y facilitar el ac ceso a las poblaciones afectadas a través de las fronteras y en las líneas del frente.

Junto con Australia, Luxemburgo desea hacerse eco de las demandas de los agentes humanitarios a las partes en conflicto en Siria a través de un mensaje enviado por todo el Consejo. Esperamos que esos esfuerzos coadyu ven muy pronto a la aprobación de un texto enérgico so bre la situación humanitaria. El Consejo de Seguridad debe también asumir su responsabilidad en ese aspecto. En ese sentido, escuché con sumo interés las palabras del Secretario de Estado de Relaciones Exteriores y Asuntos del Commonwealth del Reino Unido, Sr. William Hague.

Para concluir reitero nuestra convicción de que los responsables de los crímenes perpetrados el 21 de agos to, así como todos los responsables de otras atrocidades cometidas en Siria desde el inicio de las hostilidades, deben ser enjuiciados por sus actos. Ha llegado el mo mento por fin de remitir la situación de Siria a la Corte Penal Internacional.

Sr. Fabius (Francia) ( habla en francés ) : Esta noche, en medio de la crisis siria, el Consejo de Seguridad por fin ha demostrado ser digno de su nombre. El 21 de agos to, el régimen de Bashar al A ssad cometió lo inacep table. Asesinó con gas a casi 1.400 civiles, entre ellos cientos de niños. El uso de las armas químicas, tan abo minable que se ha prohibido durante más de 100 años, es evidente en este caso. Todas las pruebas apuntan al régimen. Nadie puede negarlo de buena fe.

Como resultado de la amenaza de ataques que no fueron una mera estratagema, hemos por fin avanzado. Ejercimos presión en el régimen y sus aliados. Recuerdo que aunque hasta hace poco el régimen denegó la propia existencia de las armas químicas, en solo unos días ha te nido que cambiar radicalmente su postura. Reconoció la existencia de las armas químicas y aceptó su destrucción. Francia, al igual que los demás Estados, sobre todo los Estados Unidos de América, ha asumido sus responsa bilidades. Creemos que nuestra decisión ha tenido éxito.

La resolución 2118 (2013), que acabamos de aprobar, reúne los tres requisitos que el Presidente Hollande y yo presentamos a principios de esta semana, que pasará la historia, se trate de Siria o el Irán, como la semana inter nacional en la que comienza el fin de las armas químicas. En la resolución se identifica el uso de las ar mas químicas como una amenaza a la paz y a la seguridad internaciona les. Por consiguiente, el Consejo de Seguridad puede ac tuar en esta cuestión en cualquier momento en el futuro y será el garante del desarme químico. En la resolución se estipula claramente que los responsables de esos crímenes serán enjuiciados por sus actos y llevados ante la justicia. Se estipula también —conforme acordaron nuestros cole gas de Rusia y los Estados Unidos en Ginebra y trabajaron tanto para lograrlo— en el caso de incumplimiento del régimen sirio en Damasco, se adoptarán medidas en vir tud del Capítulo VII de la Carta de las Naciones Unidas.

La resolución no es nuestro objetivo definitivo, sino sólo la primera etapa. Lamentablemente, no se pue de sencillamente creer en las declaraciones de un régi men que hasta hace muy poco negó incluso poseer esas armas. Las Naciones Unidas y la Organización para la Prohibición de las Armas Químicas deberían enviar de inmediato su misión conjunta. Hay que cumplir el pla zo establecido en la decisión aprobada hoy en La Haya. La cooperación de Siria tiene que ser incondicional y plenamente transparente. El Consejo de Seguridad, que será informado de manera sistemática, será el que juzgue el compromiso de Siria. De ser necesario, im pondrá medidas en virtud del Capítulo VII de la Carta para garantizar que se cumpla el objetivo. En resumen, no basta que aprobemos la resolución ; ahora tenemos que aplicarla. Francia, al igual que los demás miembros del Consejo, velarán porque se cumpla.

Independientemente de los aspectos positivos de la resolución, la catástrofe humanitaria y la represión continúan trágicamente en Siria. Nuestra responsabili dad nos exige actuar para ponerles fin. Francia desea aprovechar la unidad tan buscada del Consejo para im pulsar el proceso político, que es la única manera de po ner fin al enfrentamiento y restaurar la paz en Siria. Es necesario que preparemos la conferencia “Ginebra II”, en el marco definido en el comunicado de Ginebra (S/2012/523, anexo), que, como han señalado otros ora dores, permite el traspaso de todos los poderes ejecuti vos a un órgano de transición. Junto con el Secretario Ge neral y su Enviado Especial, a quienes felicito y agradezco su labor, los cinco miembros permanentes del Consejo de Seguridad tienen la responsabilidad primordial de alcan zar ese objetivo, como lo han demostrado en la cuestión de las armas químicas.

Ayer presidí una reunión, a la que asistieron re presentantes de numerosos Estados, con el Presidente de la Coalición Nacional de Siria, Sr. Al J arba. Él con firmó que está dispuesto a enviar una delegación para negociar en el proceso de Ginebra II. Los partidarios del régimen sirio en Damasco deben, a su vez, asegu rarnos que contraerán un compromiso similar. Sé que el Secretario General y su Enviado Especial harán todo lo posible por avanzar rápidamente en esa dirección, como señalé en la última reunión de los cinco miembros per manentes que arrojó resultados positivos y en la que se estableció una fecha para la celebración de Ginebra II. Sin duda, Francia respaldará esos esfuerzos.

Sabemos que ninguna resolución, por útil que sea, salvará a Siria. Por ello, el Consejo de Seguridad debe asumir sus responsabilidades con ese fin. En las próxi mas semanas, debemos centrarnos en la población si ria y su martirio, que debe llegar a su fin cuanto antes. Esa será la postura firme y consecuente de Francia en pleno apoyo a la paz.

Sr. Mammadyarov (Azerbaiyán) ( habla en in glés ) : Azerbaiyán celebra la aprobación de la resolución 2118 (2013) y espera que la postura unánime y firme demostrada hoy por el Consejo de Seguridad contribuya a encontrar una solución política al conflicto en Siria, que ponga fin al sufrimiento infligido a la población siria y garantice el cumplimiento por las partes en cues tión con sus obligaciones y compromisos en virtud del derecho internacional.

Damos las gracias al jefe y a los miembros de la misión de las Naciones Unidas encargada de investigar las denuncias relativas al empleo de armas químicas en la República Árabe Siria por la labor que han llevado a cabo en condiciones de seguridad y políticas sumamen te difíciles y problemáticas. Es esencial que la misión concluya sus investigaciones sobre todas las denuncias del uso de armas químicas en Siria y que presente su in forme final. A tal fin, es crucial el apoyo a ese proceso por todas las partes afectadas.

Azerbaiyán condena categóricamente el uso de ar mas químicas en Siria, especialmente la matanza de ci viles causada por ese uso. En la resolución 2118 (2013), que se acaba de aprobar, se afirma que el uso de armas químicas constituye una grave violación del derecho in ternacional y también ese acto constituye una amenaza a la paz y la seguridad internacionales. Es importante que el Consejo de Seguridad haya expresado su firme convencimiento de que los responsables del uso de ar mas químicas en Siria deben ser enjuiciados.

Azerbaiyán acoge con agrado el acuerdo que ante riormente alcanzaron la Federación de Rusia y los Es tados Unidos en relación con la salvaguardia y la des trucción de los arsenales de armas químicas que tiene Siria, así como la decisión adoptada hoy con ese fin por el Consejo Ejecutivo de la Organización para la Prohi bición de las Armas Químicas (OPAQ). El objetivo clave es, evidentemente, garantizar el cumplimiento de todos los aspectos de la decisión de la OPAQ y la aplicación plena y de buena fe de la resolución del Consejo.

Ciertamente, si bien se fijan obligaciones jurídica mente vinculantes, la resolución establece un examen periódico de los esfuerzos de aplicación en Siria y que, en caso de incumplimiento, se prevea la imposición de medidas en virtud del Capítulo VII de la Carta de las Naciones Unidas. Al refrendar el comunicado de Ginebra, de 30 de junio de 2012 ((S/2012/523, anexo), y pedir la organización de una conferencia internacio nal sobre Siria, el Consejo de Seguridad ha allanado el camino para lograr la transición pacífica, la estabilidad y la reconciliación.

Es absolutamente necesario que todas las partes pongan fin a los actos de violencia armada, participen constructivamente en el proceso político y se compro metan con la aplicación del comunicado de Ginebra. Es importante que la resolución que acaba de aprobarse rea firme una vez más el firme compromiso del Consejo con la soberanía, la independencia y la integridad territorial de Siria. Tomando como punto de referencia básico el acuerdo mencionado, Azerbaiyán decidió apoyar y ser uno de los patrocinadores de la resolución 2118 (2013).

Sr. Yun Byung-se (República de Corea) : La Re pública de Corea acoge con agrado la aprobación de la resolución 2118 (2013). La resolución constituye un hito histórico al haber alcanzado finalmente el Consejo de Seguridad una posición unificada sobre la crisis en Siria. Abrigo la sincera esperanza de que el consenso nos impulse a cumplir la responsabilidad de larga data que el Consejo debe al pueblo sirio. A ese respecto, la República de Corea encomia los intensos esfuerzos que en las últimas semanas han desplegado los Estados Uni dos, Rusia y otras partes interesadas, así como el Secre tario General Ban Ki m oon.

La República de Corea condena lo más categóri camente posible el uso de armas químicas y reitera su opinión de que todas las armas químicas —no solo en Siria sino también en todos los demás Estados— deben ser eliminadas por completo. El uso de armas quími cas constituye un grave crimen de guerra y una grave violación del derecho internacional. Más importante aún es hecho de que la resolución de hoy establece que el uso de armas químicas en cualquier sitio constituye una amenaza a la paz y la seguridad internacionales.

Si bien la aprobación de la resolución es un paso importante, solamente su plena aplicación determina rá el valor genuino de nuestro empeño común. El tono enérgico utilizado y la índole vinculante de la resolución reflejan el compromiso firme del Consejo de eliminar to talmente las armas químicas en Siria. Es igualmente im portante que en la resolución se reserven medidas en vir tud del Capítulo VII de la Carta de las Naciones Unidas en caso de incumplimiento. Estimamos que, en efecto, la tarea de la comunidad internacional en su conjunto es fo mentar la aplicación pronta y completa de la resolución.

Si bien la resolución 2118 (2013) se centra en la elimi nación de las armas químicas en Siria, la comunidad inter nacional no puede permitir casos de impunidad. Como se estipula en la resolución, el Consejo debe velar porque los responsables del uso de armas químicas sean enjuiciados.

El Consejo de Seguridad debe permanecer con centrado en lograr su objetivo final de resolver la crisis siria, que ya lleva más de dos años y medio. Quisié ramos subrayar la importancia de las disposiciones de la resolución de hoy que exige la organización de una conferencia internacional sobre Siria a fin de aplicar el comunicado de Ginebra (S/2012/523, anexo). La Repú blica de Corea espera sinceramente que la conferencia se convoque lo antes posible con vistas a poner fin al trágico sufrimiento del pueblo sirio y a la inestabilidad regional que causa la situación en Siria.

Sr. Wang Yi (China) ( habla en chino ) : La cuestión siria es motivo de preocupación para la comunidad inter nacional. En un período de más de dos años, más de 7 mi llones de sirios se han visto desplazados de sus hogares, con pérdidas terribles de vidas y bienes. En numerosas ocasiones, el Consejo ha debatido en este Salón importan tes cuestiones que implican la guerra y la paz. Ni Siria ni la región del Oriente Medio pueden permitirse otra guerra.

Al tratar la cuestión siria, el Consejo debe tener en cuenta los propósitos y principios de la Carta de las Naciones Unidas. Debe mantener un sentido de la res ponsabilidad respecto del pueblo sirio y de la historia del mundo y garantizar que cualquier decisión que se adopte pueda superar con éxito la prueba de la historia.

Hace algunas semanas, las oscuras nubes de la guerra ensombrecieron la cuestión siria. Numerosos países manifestaron su profunda preocupación. China se opone al uso de la fuerza en las relaciones internacio nales. Estimamos que los medios militares no pueden resolver la cuestión siria ; más bien, llevarían a mayores disturbios y calamidades.

Nos alienta la aprobación unánime por el Consejo en el día de hoy de la resolución 2118 (2013), por la que se vuelve a encauzar la situación siria por la senda de la paz y lejos de la amenaza de la guerra, y se presenta una nueva oportunidad para alcanzar una solución política para la cuestión. Es la primera vez que el Consejo ha adoptado en más de un año importantes medidas comu nes sobre la cuestión siria. La resolución se ajusta a la orientación general de la solución política de la cues tión siria y refleja el papel del Consejo y su solidaridad. China acoge con agrado la aprobación de la resolución.

China sufrió profundamente durante la Segunda Guerra Mundial a causa del uso de armas químicas por los invasores japoneses. Nos oponemos con firmeza al uso de armas químicas por cualquier país, grupo o per sona. Quienquiera que utilice las armas químicas debe ser objeto de una condena unánime. China acoge con agrado la reciente adhesión de Siria a la Convención so bre las armas químicas.

En la resolución 2118 (2013) se establece el objeti vo general de la destrucción de las armas químicas en Siria y la hoja de ruta para la labor de seguimiento. Chi na está dispuesta a enviar expertos para que participen en los trabajos pertinentes y presten apoyo financiero al respecto. Esperamos que las partes afectadas manten gan su estrecha cooperación, cumplan con sus responsa bilidades respectivas y apliquen amplia y precisamente la decisión de la Organización para la Prohibición de las Armas Químicas y la resolución del Consejo, con el objetivo primordial de lograr una solución satisfactoria a la cuestión de las armas químicas en Siria.

La situación humanitaria en Siria está deteriorándose. China manifiesta su profunda preocupación. El Gobier no chino ha proporcionado más de 11 millones de dóla res por concepto de asistencia humanitaria a los civiles sirios dentro y fuera de Siria. China ha proporcionado 15 millones de yuan por concepto de asistencia huma nitaria de emergencia y facilitará más de 24 millones de yuan en envíos de efectivo destinados a la asistencia hu manitaria de emergencia para el Programa Mundial de Alimentos y la Organización Mundial de la Salud. Nues tra asistencia se utilizará para ayudar a los desplazados y a los refugiados sirios en el Líbano. Seguiremos facili tando asistencia humanitaria a Siria y sus vecinos y ha ciendo cuanto esté a nuestro alcance.

La única salida para Siria es una solución política. Ese proceso debe tener lugar simultáneamente con el proceso de destrucción de las armas químicas de Siria. En la resolución 2118 (2013) se pide con claridad la apli cación del comunicado de Ginebra (S/2012/523, anexo) y se exige la organización de la conferencia “Ginebra II”. Las partes pertinentes en Siria deben tener en cuen ta los intereses de Siria y de su pueblo, lograr el alto el fuego, poner fin cuanto antes a la crisis a través del diá logo y reconstruir las casas de la población siria.

China espera que la comunidad internacional forje un consenso y promueva la pronta convocación de la con ferencia Ginebra II. China seguirá apoyando los esfuerzos de mediación del Secretario General, Sr. Ban Ki m oon, y del Representante Especial, Sr. Lakhdar Brahimi.

La cuestión en Siria en sumamente compleja. Ni la destrucción de las armas químicas ni el proceso de solu ción política se llevarán a cabo fácilmente Es probable que al avanzar se presenten varios problemas. Esperamos que todas las partes sean pacientes, respeten el princi pio de la solución pacífica de las controversias y se en caminen hacia el logro de una solución política. Como miembro permanente del Consejo de Seguridad, China está dispuesta a trabajar con todas las partes y a realizar esfuerzos incansables para lograr una solución general, justa y duradera para la cuestión en Siria.

Sr. Carrera (Guatemala) : Nuestra delegación lleva 18 meses lamentándose de que el Consejo de Seguri dad se haya mostrado incapaz de salir al paso a uno de los conflictos internos más sangrientos y dolorosos de nuestros tiempos. Me refiero, desde luego, a la situación en Siria y, de paso, a su impacto sobre sus países veci nos, así como su doloroso costo humanitario.

No obstante que en dos ocasiones nos unimos para producir las resoluciones 2042 (2012) y 2043 (2012), posteriormente las divisiones internas que todos cono cemos impidieron mayores avances. Por eso, el hecho de que haya aparecido un punto de encuentro entre la Federación de Rusia y los Estados Unidos de América sobre un aspecto, a saber, el rechazo del uso de armas químicas, debe ser motivo de satisfacción, y felicitamos al Ministro Sergey Lavrov y al Secretario de Estado John Kerry por su iniciativa que dio luz al entendimien to marco del 14 de septiembre.

También agradecemos sus esfuerzos de codificar ese entendimiento para que tanto la Organización para la Prohibición de las Armas Químicas como este Conse jo de Seguridad pudieran actuar el día de hoy. Pensamos que este paso es altamente significativo por su valor in trínseco y porque oxigena el ambiente para renovar es fuerzos tendientes a resolver el problema de fondo : po ner fin a la violencia, resolver la situación humanitaria y atender las demandas de la población siria. Por tal moti vo, hemos respaldado persistentemente el Comunicado Final del Grupo de Acción para Siria (S/2012/523, anexo) de 30 de junio de 2012 y la necesidad de llevar a cabo una conferencia internacional con miras a su aplicación.

Ello explica también por qué mi delegación coaus pició la resolución 2118 (2013) recién aprobada, por me dio de la cual se establece el mecanismo para la verifica ción y la destrucción de las armas químicas, se preserva el principio de rendición de cuentas, se establece la ur gencia de un proceso de transición política y se elabo ra sobre la cuestión del debido cumplimiento por Siria de las condiciones que se establecen en ese acuerdo.

La aprobación de esta resolución resulta de trascen dental importancia, teniendo en cuenta que la última re solución que aprobara este Consejo sobre la situación en Siria (resolución 2043 (2012) fue en abril de 2012. Algo más que deseo destacar es que esta decisión fue tomada por unanimidad por este Consejo, y por eso esta resolu ción no es la victoria de ningún país en particular. Es una gran victoria de las Naciones Unidas y, a través de las Na ciones Unidas, una gran victoria para toda la humanidad.

Dicho lo anterior, quisiéramos hacer hincapié en los siguientes puntos. Primero, aunque entendemos la sensibilidad que existe alrededor de esta situación en particular y la urgencia que la misma demanda, hubié ramos preferido una mayor oportunidad para participar en su elaboración ya que pudimos haber contribuido po sitivamente a esta resolución.

Segundo, es necesario mirar hacia adelante y com prometernos a velar por el estricto cumplimiento de esta resolución recién aprobada. Reconocemos, por lo tanto, la importancia que tendrá la cooperación entre la Orga nización para la Prohibición de la Armas Químicas y las Naciones Unidas, particularmente en cuanto al acceso y la seguridad del personal, la asistencia operacional, los privilegios e inmunidades y los recursos económicos su ficientes para llevar a cabo adecuadamente sus labores.

Tercero, y como consecuencia de lo anterior, es peramos que en el corto plazo se cumpla con la inten ción de que se lleve a cabo en noviembre la conferencia internacional denominada Ginebra II y que se pueda llegar al establecimiento de un gobierno de transición, con plenos poderes ejecutivos, establecido con el con sentimiento mutuo de todas las partes, y que estas se involucren de manera constructiva en la búsqueda de la estabilidad y la reconciliación nacionales. Pensamos que es indispensable que se trate de un gobierno inclu sivo y que se aprovechen los aspectos positivos de la institucionalidad desarrollada a través de decenios de historia por el Estado sirio.

Por último, con todo lo dicho, no queda más que rea firmar nuestro compromiso con los objetivos que se reco gen en la Carta de las Naciones Unidas y el Comunicado Final del Grupo de Acción para Siria (S/2012/523, anexo), de 30 de junio de 2012, y expresar nuestra esperanza de que en el corto plazo se logre finalmente un cese al fuego.

Sr. Aziz (Pakistán) ( habla en inglés ) : La resolución 2118 (2013), aprobada esta noche, es un hito en el con flicto sirio. Al unirse tras la causa común de la paz y la seguridad internacionales, el Consejo de Seguridad ha demostrado una vez más que es sensible y eficaz.

Damos las gracias al secretario de Estado, Sr. John Kerry, y al Ministro de Relaciones Exteriores, Sr. Sergey Lavrov, por interesarse personalmente y por persistir en los esfuerzos destinados a forjar un consenso sobre una difícil cuestión. El patrocinio de la resolución por los 15 Estados miembros constituye una manifestación clara de que el Consejo de Seguridad ha asumido la titula ridad de la aplicación de la decisión que hoy adoptó el Consejo Ejecutivo de la Organización para la Prohibi ción de las Armas Químicas en La Haya.

Desde hace mucho tiempo, la cuestión de las armas químicas goza prácticamente de consenso en la comuni dad internacional. Su uso ha sido condenado de mane ra universal. La Convención sobre las Armas Químicas sigue teniendo la responsabilidad principal de la eli minación de esas armas peligrosas. La decisión que ha adoptado hoy el Consejo de Seguridad tiene por objeto complementar y ampliar la decisión de la Convención. Su incumplimiento podría dar lugar a consecuencias graves.

Esperamos con interés que el espíritu de coopera ción y la nueva unidad del Consejo se mantengan. Este es solo un primer paso. El Consejo tiene que navegar por aguas turbulentas. Debemos centrarnos en la población de Siria ; se debe poner fin a su sufrimiento. En toda medida que adoptemos en este foro el pueblo de Siria debe ser la prioridad.

La eliminación de las armas químicas en el país es importante, pero no es la panacea para todos los demás problemas que asolan a ese desafortunado país. Se debe poner fin a las matanzas ; más de 100.000 personas ya han perdido la vida. La solución política sigue siendo la única opción viable. Ha llegado el momento de volver a Ginebra.

Aprobado en junio de 2012, en el Comunicado de Ginebra (S/2012/523, anexo) se señala con claridad el proceso que se debe seguir para lograr una transición aceptable para el pueblo sirio. Se pide la creación de una autoridad de transición con plenas competencias ejecu tivas. En la resolución aprobada el día de hoy también se esboza un proceso semejante. Todos los ingredientes para la resolución del conflicto ya figuran en el Comu nicado de Ginebra. Por consiguiente, es indispensable que se aplique en letra y en espíritu.

El anuncio relativo a la convocación de la confe rencia “Ginebra II” para mediados de noviembre es otra manifestación de la urgencia de iniciar un proceso polí tico destinado a poner fin al conflicto, lograr la recon ciliación nacional y materializar las aspiraciones legíti mas del pueblo sirio. El camino no será fácil. No existe una solución militar para la situación en Siria ; las armas solo agravarán la violencia y el sufrimiento.

Tenemos que alejarnos de las divergencias en la in terpretación del Comunicado de Ginebra y tratar de lle var a cabo un proceso político con unidad de propósito. Instamos a todas las partes en el conflicto de Siria a que aprovechen plenamente esta oportunidad y trabajen para avanzar hacia el diálogo y la diplomacia. Aunque ya es de masiado tarde para más de 100.000 sirios, todavía es tiem po para millones de personas, cuya seguridad está en peli gro. Eso debe seguir siendo lo que debemos tener presente.

Sr. El Othmani (Marruecos) ( habla en árabe ) : Fi nalmente, el Consejo de Seguridad ha logrado ponerse de acuerdo sobre la resolución 2118 (2013), una resolución muy importante sobre la situación en Siria, que refleja la determinación y la genuina voluntad de poner fin al conflicto en Siria y allanar el camino que conduce hacia un arreglo político de la crisis. Agradecemos enorme mente los esfuerzos desplegados por los cinco miembros permanentes del Consejo a fin de llegar a una solución mediante la cual se puedan ubicar y destruir las armas químicas en Siria y garantizar así que no se vuelvan a utilizar jamás. Agradecemos igualmente los intensos esfuerzos del Secretario de Estado Kerry y del Minis tro de Relaciones Exteriores Lavrov, que facilitaron el acuerdo firmado en Ginebra el 14 de septiembre sobre las armas químicas en Siria. Y rendimos homenaje a las Naciones Unidas, dirigidas por el Secretario General, por responder con tanta prontitud al uso de armas quími cas en Siria a través del establecimiento de una misión de inspección dirigida por el Sr. Åke Sellström, quien, junto con su equipo, ha realizado una labor ingente en un periodo muy breve, a pesar de tener que enfrentar pro blemas de seguridad. En ese contexto, quiero añadir que la Liga de Estados Árabes también ha asumido un papel de liderazgo y ha encabezado iniciativas sobre la situa ción en Siria y el uso de armas químicas, que condenó rotundamente en su decisión de fecha 1 de septiembre.

Desde cualquier punto de vista, la resolución que acaba de aprobarse es verdaderamente histórica. Ade más de presentar las medidas destinadas a tratar la cuestión de las armas químicas en Siria, sobre la base del acuerdo marco entre los Estados Unidos y la Fede ración de Rusia, respalda el comunicado de Ginebra (S/2012/523, anexo), como vía para la convocación de una Conferencia “Ginebra II”, que también destaca que debería celebrarse. La resolución también constituye un precedente jurídico, porque por primera vez reconoce en términos generales que las armas químicas representan una amenaza para la paz y la seguridad internacionales, lo cual hará más fácil que el Consejo de Seguridad tra te la cuestión de esas armas en el futuro. También im pedirá que se repitan las terribles masacres que hemos visto en estos últimos tiempos y eliminará, por medios pacíficos uno de los mayores arsenales de armas quí micas en el Oriente Medio. Y puede considerarse como una medida previa al establecimiento de una zona libre de armas de destrucción en masa en el Oriente Medio.

A la luz de estos hechos, el Reino de Marruecos apoya plenamente la resolución, de la que somos uno de los patrocinadores, y esperamos que este impulso se mantenga con el establecimiento lo antes posible de una fecha para la celebración de la conferencia “Ginebra II”, a fin de trabajar en aras de un arreglo que satisfaga el deseo del pueblo sirio de un Estado democrático, que preserve la soberanía y la integridad de Siria.

Para concluir, deseo recordar, como ya lo han he cho algunos de mis colegas en el Consejo, la importan cia de seguir de cerca la situación humanitaria sobre el terreno. El pueblo sirio está sufriendo una catástrofe, con cientos de miles de refugiados, heridos y desplaza dos internos. Debe hacerse todo lo posible para apoyar a los organismos de las Naciones Unidas en su labor a ese respecto. Merecen nuestro aprecio por lo que han hecho y siguen haciendo para prestar socorro a los civi les que lo necesitan. También debemos prestar atención a los vecinos de Siria, que están sufriendo junto con los refugiados sirios en su territorio. Ellos también se están viendo afectados por las consecuencias humanitarias, políticas y de seguridad de la crisis siria, especialmen te debido al flujo de refugiados sirios que cruzan sus fronteras. Una vez más, valoramos la resolución y es peramos verdaderamente que constituya un primer paso hacia una solución definitiva de la crisis siria.

Sr. Timerman (Argentina) : El espectáculo del ho rror que conmovió al mundo el 21 de agosto no fue un acontecimiento aislado o imprevisible. Desde hacía más de dos años, semana tras semana, y especialmente desde que entráramos al Consejo de Seguridad, en enero de este ano, solo escuchábamos informes que daban cuenta de más muertes, más refugiados, más desplazados, más violencia, más provisión de armas a todas las partes, más escepticismo acerca de la conveniencia y necesi dad de una solución política y una creciente y peligrosa apuesta a la acción militar como estrategia más efectiva.

Por eso es que no podemos nosotros, precisamente nosotros, dar a entender que el drama en Siria existe porque el ataque del 21 de agosto tuvo lugar, pero sí podemos afirmar que dicho horror abre las puertas a una resolución pacífica del conflicto. Mucho depende de los propios sirios, como también de quienes estamos aquí sentados por mandato de las Naciones Unidas. Tal vez lo que sí sucedió el 21 de agosto es que, junto a las más de 1.000 víctimas de ese día, el mundo entero oyó las voces de todas las víctimas, vio con nítida claridad cómo jugaban mezquinos intereses geopolíticos en Siria y la región, más interesados en profundizar el conflicto que en resolverlo, y advirtió la profunda impotencia de este Consejo para poner fin a las masacres cotidianas que se acumulaban como escándalo ético y amenaza cierta a la paz y la seguridad internacionales.

Como país firmemente comprometido con la no proliferación y con la eliminación de las armas de des trucción en masa, y como Estado parte de la Conven ción sobre las armas químicas, la Argentina apoyó de manera decidida la resolución 2118 (2013) y el detalla do y preciso programa de supervisión y destrucción de las armas químicas en Siria aprobado por el Consejo Ejecutivo de la Organización para la Prohibición de las Armas Químicas. Aquí no caben los dobles estándares ni los eufemismos : el uso de armas químicas constituye un crimen de guerra y de lesa humanidad, no pudiendo quedar impunes quienes lo hayan perpetrado. Con esta resolución, el Consejo asume finalmente la responsa bilidad de estabilizar la situación en Siria y contribuir a lograr una paz duradera, reafirmando la vigencia del multilateralismo como piedra angular del sistema de se guridad colectiva establecido por la Carta de las Nacio nes Unidas y única garantía para evitar que el mundo sea rehén de la ley del más fuerte.

Asimismo, coincidimos con aquellos que creen que esta resolución puede sentar los cimientos para avanzar hacia una solución política y negociada para la crisis si ria, que recoja las legítimas aspiraciones y demandas de su pueblo y establezca las bases de una paz duradera, respe tando la soberanía e integridad territorial de Siria. Por ello, celebramos que el Consejo de Seguridad haya hecho propio el Comunicado de Ginebra de junio de 2012 (S/2012/523, anexo), llamando a la pronta celebración de la Conferencia “Ginebra II” para implementarlo.

Esta resolución establece un mecanismo preci so para la eliminación de las armas químicas en Siria, sobre la base del acuerdo marco alcanzado en Gine bra por los Estados Unidos y la Federación de Rusia (S/2013/565, anexo) el pasado 14 de septiembre ; pero es justo señalar que también recoge inquietudes y propues tas que distintos miembros de este Consejo hiciéramos en las reuniones de consultas llevadas a cabo durante estos meses. Este aspecto fue decisivo para que mi país copatrocinara esta resolución.

Conforme al Artículo 25 de la Carta de las Na ciones Unidas, las decisiones del Consejo de Segu ridad son de cumplimiento obligatorio para todos los miembros. Si bien confiamos en que los distintos ac tores que intervienen en el conflicto sirio actuarán de buena fe y cooperarán en la implementación efectiva de esta resolución, queda claro que, en caso de incumpli miento, será facultad exclusiva de este Consejo convo carse para evaluar y tomar las medidas que considere apropiadas en virtud del el Capítulo VII de la Carta.

Para finalizar, mi país quiere reiterar que el horror de la utilización de armas químicas, cuyo uso es un cri men de guerra y de lesa humanidad, no debe ensombre cer la necesidad de recordar que el 99% de las víctimas lo han sido por el uso de armas convencionales. Impera la necesidad de que el Consejo de Seguridad prohíba el su ministro de armas convencionales a las partes en conflic to. Este planteo de la Argentina coincide con lo expresa do por el Secretario General de las Naciones Unidas y por el Enviado Especial Brahimi, y con el anhelo de millones de hombres y mujeres que quieren y trabajan por la paz. Tampoco podemos ignorar las graves violaciones de los derechos humanos y del derecho internacional humanita rio a lo largo y ancho de Siria, la catástrofe humanitaria que padecen millones de sirios y afecta profundamente la estabilidad institucional y las condiciones de vida de los pueblos en los países vecinos, ni la exacerbación de las tensiones sectarias en toda la región.

El paso que se ha dado hoy era necesario e im prescindible, pero hay otros que el Consejo tiene que dar. En este sentido, la Argentina seguirá abogando por una efectiva rendición de cuentas, por la remisión de la situación de Siria a la Corte Penal Internacional, por un acceso sin restricciones de la asistencia humanitaria, por medidas que detengan la transferencia de armas a todas las partes en el conflicto, por el rechazo del uso de la fuerza y la opción por el diálogo y la solución po lítica como cansino legítimo y realista de lograr la paz y evitar más violencias.

Sr. Gasana (Rwanda) ( habla en inglés ) : Mientras el mundo se prepara para conmemorar el vigésimo ani versario del genocidio de los tutsis en Rwanda, que tam bién serviría de recordatorio del memorable fracaso del Consejo de Seguridad a la hora de salvar un millón de vidas humanas, la conciencia de la comunidad interna cional ha quedado otra vez manchada por el conflicto en Siria, que ya se encuentra en su trigésimo mes.

Después de lo sucedido en Rwanda, dijimos “nun ca más”, pero desde 1994 la comunidad internacional ha presenciado impotente horrendas matanzas y depura ciones étnicas en muchos rincones del mundo. Al igual que en 1994, cuando el Consejo de Seguridad no pudo intervenir en Rwanda debido a la realpolitik injustifica da imperante en el Consejo, sobre todo entre los miem bros permanentes, una vez más, el Consejo ha sido inca paz de salvar a más de 100.000 personas en Siria debido a las divisiones siempre presentes entre los miembros con derecho a veto.

El horror de la crisis siria culminó con el ata que con armas químicas perpetrado el 21 de agosto en Ghouta, donde 1.500 personas inocentes perdieron la vida a causa de armas tóxicas prohibidas desde hace un siglo. Creo que todo el mundo quedó conmociona do, seguramente por las dolorosas imágenes de niños dando su último aliento. Hay un dicho en francés que dice que de las desgracias siempre se puede sacar algo bueno. Las imágenes de sufrimiento de esos niños pare ce que nos abrieron los ojos. Por tanto, estoy agradecido a los Estados Unidos de América y a la Federación de Rusia por el marco (S/2013/565, anexo) que han acor dado en relación con la destrucción de los arsenales de armas químicas en Siria, que ha quedado plasmado en la resolución 2118 (2013), que acabamos de aprobar por unanimidad. Nos alienta que en la resolución figuren disposiciones para la destrucción de las armas químicas en Siria, en apoyo de la decisión del Consejo Ejecuti vo de la Organización para la Prohibición de las Armas Químicas (OPAQ). Celebramos en particular la decisión del Consejo de Seguridad de imponer medidas coerciti vas en virtud del Capítulo VII en caso de que las partes sirias no acaten la resolución.

Por otra parte, Rwanda se congratula de que el Consejo de Seguridad haya acordado la necesidad de rendir cuentas y de reactivar el proceso de Ginebra. Si bien hace un mes murieron 1.500 sirios a consecuencia del gas, no podemos perder de vista el hecho de que en los últimos 30 meses más de 100.000 hombres, mujeres y niños han sido asesinados con armas convencionales. Sabemos a ciencia cierta que la solución militar ha fra casado hasta ahora en Siria y que no puede ser una solu ción viable para el país ni para la región. Por eso Rwanda acoge de buen grado la reactivación del comunicado fi nal del Grupo de Acción para Siria (S/2012/523, anexo) y la transición política en Siria.

Quiero aprovechar esta oportunidad para instar al Consejo de Seguridad, en particular a los miembros per manentes que tienen influencia en las partes sirias, a pro curar que la conferencia internacional sobre Siria para aplicar el comunicado de Ginebra se convoque tan pron to como sea posible y que las partes negocien de buena fe y con sentido de responsabilidad, a fin de encontrar una solución duradera y poner fin al calvario del pueblo sirio. Me siento alentado por la noticia de esta noche de que se podría haber llegado a un acuerdo sobre el inicio de la conferencia “Ginebra II” para mediados de noviembre.

No obstante, en vista de los terribles crímenes co metidos en Siria, Rwanda tiene la firme convicción de que toda solución política debe garantizar que todos aquellos que han cometido crímenes en Siria rindan cuentas ante un tribunal de justicia. Por ello, acogemos con satisfac ción las disposiciones de rendición de cuentas que figuran en la resolución aprobada. Rwanda desempeñará el pa pel que le corresponde para garantizar su cumplimiento.

Permítaseme concluir con un mensaje que el Presi dente de Rwanda me ha pedido que transmita al Consejo : “Reitero mi convicción de que la responsa bilidad principal de este organismo mundial es la responsabilidad de proteger. El objetivo acordado de mantener la paz y la seguridad internacionales no tendría sentido si los intereses geoestratégicos prevalecieran sobre la vida de hombres, mujeres y niños inocentes. Por lo tanto, felicito al Consejo de Seguridad por avanzar lentamente con respecto a este tema, y Rwanda, basándose en su experiencia, tanto de 1994 como en el Consejo de Seguridad, está dispuesta a seguir trabajando con otros Estados Miembros para garantizar que la protección de vi das humanas y de la integridad de las mujeres y los niños sea siempre la esencia de nuestras decisiones”.

Sr. Menan (Togo) ( habla en francés ) : El Togo se congratula de la aprobación de la resolución 2118 (2013), en la que figuran numerosas disposiciones eminente mente innovadoras. Celebro el espíritu de compromiso que ha reinado entre los negociadores del texto, a saber, los miembros permanentes, en particular, los Estados Unidos y la Federación de Rusia.

No cabe duda de que el acuerdo marco ruso a meri cano del pasado 14 de septiembre para la eliminación de las armas químicas en Siria (S/2013/565, anexo) allanó el camino que condujo a ese compromiso, y quisiera rei terar nuestra gratitud al Secretario de Estado de los Es tados Unidos y al Ministro de Relaciones Exteriores de Rusia por su afán por lograr un acuerdo. Al copatrocinar y votar a favor del texto, el Togo desea subrayar la nece sidad no solo de destruir las armas químicas sirias sino sobre todo de librar al mundo de ese tipo de armas y de las armas de destrucción en masa de todo tipo.

Esta noche, el Consejo pudo pronunciarse de mane ra unívoca sobre Siria. Esto difunde un claro mensaje a todas las partes del conflicto en ese país. Por lo tanto, la aprobación de la resolución 2118 (2013) supone un paso decisivo en el proceso de solución de la crisis siria. En consecuencia, el Consejo de Seguridad debe intensificar su labor a fin de promover un futuro mejor para Siria no es catimando ningún esfuerzo para convocar lo antes posible la conferencia “Ginebra II”. Celebramos el anuncio hecho al respecto por el Secretario General en el sentido de que la conferencia podría celebrarse a mediados de noviembre.

La unión sagrada entre los miembros permanentes del Consejo que llevó a la aprobación de la resolución debe mantenerse para lograr que todas las partes en Si ria —el Gobierno y la oposición— entablen un diálogo constructivo con el objetivo de poner en marcha una transición política en ese país. En la hoja de ruta que un Gobierno de transición podría adoptar deberían con templarse las tareas urgentes que hay que emprender, en particular garantizar la seguridad de la población, poner en marcha un proceso de reconciliación y reconstruir Siria sobre unos nuevos cimientos.

El Consejo también debería seguir prestando aten ción a los movimientos terroristas que amenazan Siria. Los terroristas demuestran cada vez más determinación y creatividad, haciéndose con el control de más zonas y sembrando el terror entre la población, por lo que forjar una Siria laica y multirreligiosa contribuiría a recons truir la trama social que tan desgarrada ha quedado a raíz del conflicto actual.

Para concluir, aprovecho esta ocasión para expre sar una vez más la preocupación de mi país por el agra vamiento de la situación humanitaria y por las violacio nes de los derechos humanos que siguen produciéndose en Siria. En ese sentido, el Togo suscribe las iniciativas tendientes a lograr que el Consejo apruebe una resolu ción para movilizar a los donantes a fin de ayudar a los refugiados y a los desplazados internos dentro del país.

El Presidente ( habla en inglés ) : A continuación formularé una declaración en calidad de representante de Australia.

La aprobación de la resolución 2118 (2013) esta no che ha sido obviamente un momento histórico para el Consejo y esperamos que suponga un punto de inflexión en el enfoque del Consejo con respecto al conflicto sirio. Demuestra que el Consejo puede adoptar medidas deci didas y unidas y emplear su autoridad para contribuir a forjar un futuro estable y seguro para todos los sirios. Damos las gracias al Ministro de Relaciones Exterio res Lavrov y al Secretario de Estado Kerry, así como a sus equipos, por su perseverancia. Damos las gracias al Secretario General y al Sr. Sellström, así como a sus equipos, por la eficaz labor que han llevado a cabo, a me nudo en circunstancias muy difíciles, para presentar al Consejo una conclusión inequívoca de que el 21 de agos to en Damasco se utilizaron armas químicas.

Como sabemos, la resolución consigue varias co sas importantes. Por primera vez, deja claro que el uso de armas químicas en cualquier lugar constituye una amenaza para la paz y la seguridad internacionales. Esa afirmación del Consejo afianza una norma fundamental de las relaciones internacionales que hemos mantenido desde hace 90 años : que el uso de armas químicas por cualquier parte y bajo cualquier circunstancia es abomi nable y constituye una violación muy grave del derecho internacional. Esta afirmación debe servir de firme di suasión para cualquiera que pudiera contemplar la posi bilidad de utilizar químicas en el futuro.

En la resolución se imponen obligaciones jurídica mente vinculantes a Siria para asegurar y destruir sus armas químicas. A las autoridades sirias les corresponde ahora cooperar incondicionalmente con la Organización para la Prohibición de las Armas Químicas y las Nacio nes Unidas, poner todas las armas químicas y materia les y equipos conexos de Siria a plena disposición para la supervisión y el control internacionales y velar por su destrucción completa, definitiva, verificable y apli cable. El Consejo ha decidido que habrá consecuencias de conformidad con el Capítulo VII si Siria no cum ple. Tenemos la responsabilidad colectiva de estar aten tos para determinar si Siria cumple con la resolución.

Un aspecto importante es que en la resolución tam bién se reafirma que quienes perpetraron esa criminal atrocidad masiva contra sus propios ciudadanos deben rendir cuentas de sus acciones. La valoración de Austra lia es que las pruebas disponibles demuestran que fueron las autoridades sirias las responsables de ese delito, y ese incidente ha corroborado lo que Australia viene diciendo desde hace mucho tiempo : que el Consejo debe remitir la situación en Siria a la Corte Penal Internacional.

La importancia histórica de la resolución de esta noche va mucho más allá de las armas químicas, por su puesto. Han transcurrido 15 meses desde que se acordó el comunicado de Ginebra (S/2012/523, anexo) relativo a la transición política de Siria. Ahora, por primera vez, el Consejo de Seguridad por fin lo ha avalado. Debemos trabajar a partir de aquí con carácter de urgencia. De bemos reunir a las partes sirias de manera que se pue dan poner de acuerdo sobre un alto el fuego y sobre una transición política digna de crédito.

Sin embargo, independientemente de la importancia de la decisión de esta noche, la terrible realidad es que los propios sirios, sus vecinos y la comunidad mundial afron tan una catástrofe humanitaria que se acelera cada vez más : lo que el Secretario General ha denominado esta no che “este catálogo de horrores”. Ya hay más de 2 millones de refugiados sirios, 5 millones de desplazados inter nos y 8 millones de personas que necesitan asistencia, y más de un tercio de las viviendas sirias han quedado destruidas. El Consejo debe abordar esta crisis huma nitaria con más determinación y hacerlo ahora mismo.

Como el Ministro de Relaciones Exteriores Asselborn ha mencionado, Australia y Luxemburgo tienen intención de distribuir en breve un texto en el que se manifestará un firme apoyo a la labor de los organismos humanitarios y se expondrán claramente las medidas concretas que todas las partes de Siria deben adoptar para hacer frente a las necesidades humanitarias del pueblo sirio. Quisiera pedir a todos mis colegas del Consejo que, una vez distribui do, examinen ese proyecto favorablemente, de manera que el Consejo pueda adoptar una decisión a principios de la semana que viene. Cada día que nos demoramos hay 6.000 refugiados sirios más.

Vuelvo a asumir ahora mis funciones como Presi dente del Consejo.

No hay más oradores inscritos en mi lista. La decisión de esta noche ha sido trascendental y espero que le demos continuidad en los próximos días.

Resolución 2118 (2013)

El Consejo de Seguridad,
Recordando
las declaraciones de su Presidencia de 3 de agosto de 2011, 21 de
marzo de 2012 y 5 de abril de 2012, y sus resoluciones
1540 (2004)
,
2042 (2012)
y
2043 (2012)
,

Reafirmando
su firme compromiso con la soberanía, la independencia y la
integridad territorial de la República Árabe Siria,

Reafirmando
que la proliferación de las armas químicas, así como sus sistemas
vectores, constituye una amenaza a la paz y la seguridad internacionales,

Recordando
que la República Árabe Siria, el 22 de noviembre de 1968, se
adhirió al Protocolo Relativo a la Prohibic
ión del Empleo en la Guerra de Gases
Asfixiantes, Gases Tóxicos o Similares y de Medios Bacteriológicos, firmado en
Ginebra el 17 de junio de 1925,
Observando
que el 14 de septiembre de 2013 la República Árabe Siria
depositó en poder del Secretario Genera
l su instrumento de adhesión a la
Convención sobre la Prohibición del Desarrollo, la Producción, el Almacenamiento
y el Empleo de Armas Químicas y sobre su Destrucción (“la Convención”) y declaró
que cumpliría sus disposiciones y las observaría fiel y sinceramente, aplicando la
Convención provisionalmente a la espera de
su entrada en vigor para la República
Árabe Siria,

Acogiendo con beneplácito
el establecimiento por el Secretario General de la
Misión de las Naciones Unidas Encargada de Investigar las Denuncias Relativas al
Empleo de Armas Químicas en la Repúbli
ca Árabe Siria (la Misión) de conformidad
con la resolución
42/37
C (1987) de la Asamblea General, de 30 de noviembre de
1987, reafirmada por la resolución
620 (1988)
del Consejo de Seguridad, de 26 de
agosto de 1988, y
expresando
su reconocimiento por la labor de la Misión,

Reconociendo
el informe de la Misión de 16 de septiembre de 2013
(
S/2013/553
),
recalcando
la necesidad de que la Misión cumpla su mandato y
poniendo de relieve
que las denuncias creíbles que se
formulen en el futuro acerca
del empleo de armas químicas en la República Árabe Siria deberían investigarse,

Profundamente indignado
por el hecho de que se hayan empleado armas
químicas el 21 de agosto de 2013 en Damasco Rural, como se concluyó en el
informe de la Misión,
condenando
la muerte de civiles resultante de ese empleo,
afirmando
que el empleo de armas químicas constituye una grave violación del
derecho internacional, y
destacando
que los responsables de cualquier empleo de
armas químicas deben rendir cuentas de sus actos,

Recordando
la obligación establecida en la resolución
1540 (2004)
de que
todos los Estados se abstengan de suministrar cualquier tipo de apoyo a los agentes
no estatales que traten de desarrollar, adquirir, fabricar, poseer, transportar, transferir
o emplear armas de destrucción en masa, co
mo las armas químicas, y sus sistemas
vectores,

Acogiendo con beneplácito
el Marco para la Eliminación de las Armas
Químicas Sirias de 14 de septiembre de 2
013, acordado en Ginebra entre los Estados
Unidos de América y la Federación de Rusia (
S/2013/565
), con miras a asegurar la
destrucción del programa de armas químicas de la República Árabe Siria a la mayor
brevedad y de la forma más segura, y
expresando
su compromiso con el control
internacional inmediato de las armas químicas y sus componentes en la República
Árabe Siria,

Acogiendo con beneplácito
la decisión adoptada por el Consejo Ejecutivo de la
Organización para la Prohibición de la
s Armas Químicas (OPAQ) de 27 de
septiembre de 2013 por la que se establecen procedimientos especiales para la
rápida destrucción del programa de armas químicas de la República Árabe Siria y su
verificación estricta, y
expresando
su determinación de asegurar la destrucción del
programa de armas químicas de la Repúbli
ca Árabe Siria dentro de los plazos que
figuran en la decisión del Consejo Ejecutivo de la OPAQ de 27 de septiembre de
2013,

Destacando
que la única solución para la actual crisis en la República Árabe
Siria es un proceso político inclusivo de
liderazgo sirio, basado en el Comunicado
de Ginebra de 30 de junio de 2012, y
poniendo de relieve
la necesidad de convocar
la conferencia internacional sobre la República Árabe Siria lo antes posible,

Habiendo determinado
que el empleo de armas químicas en la República
Árabe Siria constituye una amenaza a la paz y la seguridad internacionales,

Recalcando
que los Estados Miembros están obligados en virtud del Artículo
25 de la Carta de las Naciones Unidas
a aceptar y cumplir las decisiones del
Consejo,

1.
Determina
que el empleo de armas químicas en cualquier lugar
constituye una amenaza a la paz y la seguridad internacionales;

2.
Condena
en los términos más enérgicos todo empleo de armas químicas
en la República Árabe Siria, en particular
el ataque perpetrado el 21 de agosto de
2013, en violación del derecho internacional;

3.
Hace suya
la decisión del Consejo Ejecutivo de la OPAQ de 27 de
septiembre de 2013, que establece procedimientos especiales para la rápida
destrucción del programa de armas químicas
de la República Árabe Siria y su
verificación estricta, y
pide
su plena aplicación a la mayor brevedad y de la forma
más segura;

4.
Decide
que la República Árabe Siria no
debe emplear, desarrollar,
producir, adquirir de otro modo, almacenar ni conservar armas químicas, ni
transferir, directa o indirectamente, ar
mas químicas a otros Estados o agentes no
estatales;

5.
Recalca
que ninguna parte en Siria debería emplear, desarrollar, producir,
adquirir, almacenar, conservar ni
transferir armas químicas;

6.
Decide
que la República Árabe Siria debe cumplir todos los aspectos de
la decisión adoptada por el Consejo Ejecu
tivo de la OPAQ de 27 de septiembre de
2013 (Anexo I);

7.
Decide
que la República Árabe Siria debe
cooperar plenamente con la
OPAQ y las Naciones Unidas, entre otra
s cosas cumpliendo sus recomendaciones
pertinentes, aceptando el personal designado por la OPAQ o las Naciones Unidas,
disponiendo y garantizando la seguridad de las actividades que realice ese personal,
proporcionando a ese personal acceso inmediato y sin trabas a todos los sitios y
reconociendo su derecho de inspeccionarlo
s en el desempeño de sus funciones, y
permitiendo el acceso inmediato y sin tr
abas a las personas que la OPAQ tenga
motivos fundados para considerar de im
portancia a los efectos de su mandato, y
decide
que todas las partes en Siria deben cooperar plenamente en ese sentido;

8.
Decide
autorizar un equipo de avanzada de personal de las Naciones
Unidas para que preste asistencia tempra
na a las actividades de la OPAQ en la
República Árabe Siria,
solicita
al Director General de la OPAQ y al Secretario
General que cooperen estrechamente en la
aplicación de la decisión del Consejo
Ejecutivo de 27 de septiembre de 2013 y de la presente resolución, entre otras cosas
por medio de sus actividades oper
acionales sobre el terreno, y
solicita también
al
Secretario General que, en consulta con el
Director General de la OPAQ y, cuando
proceda, la Directora General de la Organi
zación Mundial de la Salud, presente al
Consejo, en un plazo de diez días contados
a partir de la aprobación de la presente
resolución, recomendaciones relativas a la función de las Naciones Unidas en la
eliminación del programa de armas químicas de la República Árabe Siria;

9.
Observa
que la República Árabe Siria es parte en la Convención sobre
Prerrogativas e Inmunidades de las Naciones Unidas,
decide
que el personal
designado por la OPAQ que lleve a cabo actividades de conformidad con la presente
resolución o la decisión adoptada por el Consejo Ejecutivo de la OPAQ de 27 de
septiembre de 2013 gozarán de los privilegi
os y las inmunidades que se enuncian en
el Anexo sobre Verificación, Parte II B), de la Convención sobre las Armas
Químicas, y
exhorta
a la República Árabe Siria a concertar acuerdos sobre
modalidades con las Naciones Unidas y la OPAQ;

10.
Alienta
a los Estados Miembros a prestar apoyo, en forma de personal,
expertos técnicos, información, equipo y recursos y asistencia financieros y de otro
tipo, en coordinación con el Director General de la OPAQ y el Secretario General, a
fin de que la OPAQ y las Naciones Unidas puedan llevar a cabo la eliminación del
programa de armas químicas de la República Árabe Siria, y
decide
autorizar a los
Estados Miembros a adquirir, controlar, transportar, transferir y destruir las armas
químicas designadas por el Director Genera
l de la OPAQ, en consonancia con el
objetivo de la Convención sobre las Armas Químicas, a fin de asegurar la
eliminación del programa de armas químicas de la República Árabe Siria a la mayor
brevedad y de la forma más segura;

11.
Insta
a todas las partes sirias y a los Estados Miembros interesados que
posean las capacidades pertinentes a colaborar estrechamente entre sí y con la
OPAQ y las Naciones Unidas para disponer medidas que garanticen la seguridad de
la misión de vigilancia y destrucción, reconociendo la responsabilidad primordial
del Gobierno de la República Árabe Siria a este respecto;

12.
Decide
examinar periódicamente la aplicación en la República Árabe
Siria de la decisión del Consejo Ejecutivo de
la OPAQ de 27 de septiembre de 2013
y de la presente resolución,
solicita
al Director General de la OPAQ que informe al
Consejo de Seguridad, por conducto del Secretario General, quien incluirá
información pertinente sobre las actividades de las Naciones Unidas relacionadas
con la aplicación de la presente resolución, en un plazo de 30 días y todos los meses
a partir de entonces, y
solicita
también al Director General de la OPAQ y al
Secretario General que informen de ma
nera coordinada, según sea necesario, al
Consejo de Seguridad, del incumplimiento de la presente resolución o de la decisión
adoptada por el Consejo Ejecutivo de la OPAQ de 27 de septiembre de 2013;

13.
Reafirma
su disposición a considerar con prontitud cualquier informe de
la OPAQ de conformidad con el Artículo
VIII de la Convención sobre las Armas
Químicas, que dispone la remisión de casos de incumplimiento al Consejo de
Seguridad de las Naciones Unidas;

14.
Decide
que los Estados Miembros deben informar inmediatamente al
Consejo de Seguridad de cualquier violación de la resolución
1540 (2004)
, incluida
la adquisición por agentes no estatales de
armas químicas, sus sistemas vectores y
materiales conexos, a fin de adoptar las medidas necesarias en consecuencia;

15.
Expresa
su firme convicción de que las personas responsables del empleo
de armas químicas en la República Árabe Siria deben rendir cuentas de sus actos;

16.
Hace suyo
plenamente el Comunicado de Ginebra de 30 de junio de 2012
(Anexo II), en el que se establece una
serie de medidas clave, empezando por el
establecimiento de un órgano de gobierno de transición que ejerza plenos poderes
ejecutivos, órgano que podría incluir a miembros del actual Gobierno y de la
oposición y otros grupos, y deberá formarse sobre la base del consenso;

17.
Pide
que se convoque, tan pronto como sea posible, una conferencia
internacional sobre la República Árabe Siria para aplicar el Comunicado de
Ginebra, y
exhorta
a todas las partes sirias a interactuar seria y constructivamente en
la Conferencia de Ginebra sobre la República Árabe Siria, y
recalca
que esas partes
deben ser plenamente representativas del pueblo sirio y estar comprometidas a
aplicar el Comunicado de Gi
nebra y a lograr la estabi
lidad y la reconciliación;

18.
Reafirma
que todos los Estados Miembros deben abstenerse de
suministrar cualquier tipo de apoyo a los agentes no estatales que traten de
desarrollar, adquirir, fabricar, poseer, tr
ansportar, transferir o emplear armas
nucleares, químicas o biológicas o sus sistemas vectores, y
exhorta
a todos los
Estados Miembros, en particular a los Estados Miembros vecinos de la República
Árabe Siria, a informar inmediatamente al Consejo de Seguridad de cualquier
violación de lo dispuesto en este párrafo;

19.
Exige
que los agentes no estatales no desarrollen, adquieran, fabriquen,
posean, transporten, transfieran ni emplee
n armas nucleares, químicas ni biológicas
ni sus sistemas vectores, y
exhorta
a todos los Estados Miembros, en particular a los
Estados Miembros vecinos de la República Árabe Siria, a informar inmediatamente
al Consejo de Seguridad de cualquier acción que no se ajuste a lo dispuesto en este
párrafo;

20.
Decide
que todos los Estados Miembros deberán prohibir la adquisición
de armas químicas, equipo, bienes o tecnología conexos o asistencia de la República
Árabe Siria por sus nacionales, o utilizando buques o aeronaves de su pabellón,
tengan o no origen en el territorio de la República Árabe Siria;

21.
Decide
que, en caso de incumplimiento de lo dispuesto en la presente
resolución, incluida la transferencia no autorizada de armas químicas, o de cualquier
empleo de armas químicas por cualquier
persona en la República Árabe Siria,
impondrá medidas en virtud del Capítulo VII de la Carta de las Naciones Unidas;

22.
Decide
seguir ocupándose activamente de la cuestión.

Anexo I

Decisión del Consejo Ejecuti
vo de la Organiz
ación para la
Prohibición de la
s Armas Químicas

Decisión sobre la destrucció
n de las armas químicas sirias

El Consejo Ejecutivo
,
Recordando
que tras su trigésima segunda reunión, celebrada el 27 de marzo
de 2013, la Presidenta del Consejo Ejecutivo (en adelante, “el Consejo”) hizo
pública una declaración (EC-M-32/2/Rev.1,
de fecha 27 de marzo de 2013), en la
que se expresaba “profunda preocupación por el hecho de que se puedan haber
empleado armas químicas en la República Árabe Siria” y se subrayaba que “el
empleo de armas químicas por cualquiera en cualesquiera circunstancias sería
reprensible y contravendría completamente las normas y principios jurídicos de la
comunidad internacional”;

Recordando también
que en la Tercera Conferencia de Examen (RC-3/3*, de
fecha 19 de abril de 2013) se expresó “gra
ve preocupación por la posibilidad de que
se hubieran empleado armas químicas en la
República Árabe Siria” y se subrayó que
“el empleo de armas químicas por cualquiera en cualesquiera circunstancias sería
reprobable y contravendría completamente las normas y principios jurídicos de la
comunidad internacional”;

Tomando nota
del informe sobre las denuncias relativas al empleo de armas
químicas en la zona de Ghouta, en Damasco, el 21 de agosto de 2013 (
S/2013/553
,
de 16 de septiembre de 2013) elaborado por la Misión de las Naciones Unidas
Encargada de Investigar las Denuncias Relativas al Empleo de Armas Químicas en
la República Árabe Siria, de fecha 16 de se
ptiembre de 2013, en el que se establece
la conclusión de que “se utilizaron armas químicas en el conflicto en curso entre las
partes en la República Árabe Siria, que ta
mbién afectaron a civiles, incluidos niños,
en relativamente gran escala”;

Condenando
de la forma más rotunda el empleo de las armas químicas;
Acogiendo con satisfacción
el Marco para la Eliminación de las Armas
Químicas Sirias convenido el 14 de septiembre de 2013 entre los Estados Unidos de
América y la Federación de Rusia (EC-M-
33/NAT.1, de fecha 17 de septiembre de
2013);

Tomando nota también
de que el 12 de septiembre de 2013, en la
comunicación que presentó al Secretario General de las Naciones Unidas, la
República Árabe Siria notificó su intenc
ión de aplicar provisionalmente la
Convención sobre la Prohibición del Desarrollo, la Producción, el Almacenamiento
y el Empleo de Armas Químicas y sobre su Destrucción (en adelante, la
“Convención”);

Tomando nota además
de que el 14 de septiembre de 2013 la República Árabe
Siria depositó ante el Secretario General de
las Naciones Unidas su instrumento de
adhesión a la Convención y declaró que cumpliría las disposiciones establecidas en
ella y las observaría de manera fiel
y sincera, aplicando la Convención
provisionalmente en espera de su entrada en vigor para la República Árabe Siria, lo
cual fue notificado a todos los Estados Partes por el depositario ese mismo día
(C.N.592.2013.TREATIES-XXVI.3), y teniendo en cuenta que el depositario no
recibió ninguna comunicación en contrario de los Estados Partes con respecto a esa
declaración;

Tomando nota además
de que la Convención entrará en vigor para la
República Árabe Siria el 14 de octubre de 2013;

Reconociendo
el carácter extraordinario de la situación que plantean las armas
químicas sirias y resuelto a garantizar que las actividades necesarias para la
destrucción del programa sirio de armas quí
micas den comienzo de inmediato, en
espera de la entrada en vigor oficial de la
Convención para la República Árabe Siria,
y se lleven a cabo de la manera más rápida y segura posible;

Reconociendo también
la invitación del Gobierno de la República Árabe Siria
para que se envíe de inmediato a una
delegación técnica de la OPAQ y su
disposición para cooperar con la OPAQ, de
acuerdo con la apli
cación provisional de
la Convención antes de su entrada en
vigor para la República Árabe Siria, y
tomando nota de que la República Árabe Siria
ha notificado a la Secretaría Técnica
(en adelante, “la Secretaría”) la designación de su Autoridad Nacional;

Destacando
que la aplicación provisional de la Convención da efecto
inmediato a las disposiciones de esta en lo que se refiere a la República Árabe Siria;

Tomando nota además
de que la República Árabe Siria presentó el 19 de
septiembre de 2013 información detallada, incluidos los nombres, tipos y cantidades
de sus agentes de armas químicas y los tipos de municiones, así como la ubicación y
el tipo de las instalaciones de almacenamiento, producción e investigación y
desarrollo;

Tomando nota además
de que, en virtud del párrafo 36 del artículo VIII de la
Convención, tras examinar las dudas o pr
eocupaciones sobre el cumplimiento y los
casos de falta de cumplimiento, en los casos de especial gravedad y urgencia, el
Consejo someterá directamente la cuestión o materia, incluidas la información y
conclusiones pertinentes, a la atención de la Asamblea General y el Consejo de
Seguridad de las Naciones Unidas;

Teniendo en cuenta
el Acuerdo sobre la Relación entre las Naciones Unidas y
la Organización para la Prohibición de la
s Armas Químicas, de fecha 17 de octubre
de 2000;

Instando enérgicamente
a todos los demás Estados que aún no sean partes en
la Convención a que la ratifiquen o se adhi
eran a ella con carácter urgente y sin
imponer condiciones, en aras de mejora
r su propia seguridad nacional y de
contribuir a la paz y la seguridad mundiales; y

Recordando
que, con arreglo al párrafo 8 del artículo IV y al párrafo 10 del
artículo V de la Convención, un Estado que se adhiera a la Convención después de
2007 destruirá sus armas químicas y sus instalaciones de producción de armas
químicas lo antes posible y el Consejo de
terminará “el orden de destrucción y el
procedimiento de verificación estricta” de la destrucción;

Por la presente
:

1.
Decide
que la República Árabe Siria:

a) Presente a la Secretaría a más tard
ar siete días después de la adopción de
esta decisión, información adicional, para
complementar la aportada el 19 de
septiembre de 2013, acerca de las armas
químicas definidas en el párrafo 1 del
artículo II de la Convención que sean de propiedad o estén en posesión de la
República Árabe Siria, o estén bajo su
jurisdicción o control, en particular:

i) El nombre químico y la nomencla
tura militar de cada sustancia química
de su arsenal de armas químicas, incluidos los precursores y las toxinas, así
como sus cantidades;

ii) El tipo concreto de municiones, submuniciones y dispositivos de su
arsenal de armas químicas, así como las cantidades específicas de cada tipo
que están cargadas y no cargadas; y

iii) La ubicación de todas sus ar
mas químicas, las instalaciones de
almacenamiento de armas químicas, las
instalaciones de producción de armas
químicas, incluidas las de mezcla y carga, y las instalaciones de investigación
y desarrollo de armas químicas, con sus
coordenadas geográficas específicas;

b) Presente a la Secretaría, a más tardar 30 días después de la adopción de
esta decisión, la declaración prevista en el artículo III de la Convención;

c) Concluya la eliminación de todo el
material y el equipo relacionado con
las armas químicas durante el primer semestre de 2014, de conformidad con los
requisitos detallados, entre otros, los plazos de destrucción intermedios, que habrá
de establecer el Consejo no más tarde del 15 de noviembre de 2013;

d) Concluya lo antes posible, y en ningún caso después del 1 de noviembre
de 2013, la destrucción del equipo de
producción y de mezcla y carga de armas
químicas;

e) Coopere plenamente en relación co
n todos los aspectos de la aplicación
de esta decisión, entre otras cosas, concediendo de inmediato al personal de la
OPAQ el derecho sin restricciones a
inspeccionar todos y cada uno de los
emplazamientos en Siria;

f) Designe a un funcionario como cont
acto principal de la Secretaría y le
otorgue la autoridad necesaria
para garantizar que la pr
esente decisión se aplique
plenamente;

2.
Decide además
que la Secretaría:

a) Proporcione a todos los Estados Partes, en un plazo de cinco días después
de su recepción, cualquier información o
declaración a que se hace referencia en
esta decisión, la cual se deberá tratar de
conformidad con lo dispuesto en el Anexo
sobre la protección de la información confidencial de la Convención;

b) Inicie cuanto antes las inspecciones en la República Árabe Siria, y en
ningún caso más tarde del 1 de octubre de
2013, de conformidad con lo dispuesto en
la presente decisión;

c) Inspeccione todas las instalaciones que figuran en la lista mencionada en
el apartado a) del párrafo 1 en un plazo máximo de 30 días a partir de la adopción de
esta decisión;

d) Inspeccione cuanto antes cualquier otro emplazamiento cuya relación con
el programa sirio de armas químicas haya sido indicada por un Estado Parte, a
menos que el Director General considere que no se justifica, o la cuestión se
resuelva mediante un proceso de consultas y cooperación;

e) Tenga autorización para contratar a corto plazo a inspectores cualificados
y otros expertos técnicos y para volver a contratar a corto plazo a inspectores, otros
expertos técnicos y cualquier otro personal
necesario y cuyo tiempo de servicio haya
terminado recientemente, para asegurar la aplicación eficiente y efectiva de la
presente decisión, de conformidad con
el párrafo 44 del artículo VIII de la
Convención; y

f) Informe al Consejo todos los mese
s sobre la aplicación de la presente
decisión, en particular, sobre los progresos logrados por la República Árabe Siria en
el cumplimiento de las disposiciones de esta decisión y de la Convención, las
actividades realizadas por la Secretaría en relación con la República Árabe Siria y
sus necesidades de recursos complementarios, en particular técnicos y de personal;

3.
Decide además
:

a) Examinar con carácter urgente los mecanismos de financiación de las
actividades que realice la Secretaría en relación con la República Árabe Siria, y
hacer un llamamiento a todos los Estados Partes que estén en situación de hacerlo
para que aporten contribuciones voluntaria
s destinadas a las actividades que se
lleven a cabo en cumplimiento de la presente decisión;

b) Reunirse en un plazo de 24 horas si el Director General informa sobre un
retraso por parte de la República Árabe Siria en el cumplimiento de las
disposiciones de la presente decisión o de la Convención, inclusive, entre otras
cosas, sobre los casos a los que se refiere el
párrafo 7 de la Parte II del Anexo sobre
la aplicación y la verificación de la Conv
ención, o sobre la falta de cooperación en
la República Árabe Siria, o cualquier otro
problema que haya surgido con respecto a
la aplicación de la presente decisión, y en
esa reunión considerar la posibilidad de
señalar la cuestión, incluidas la información y conclusiones pertinentes, a la
atención del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, de conformidad con el
párrafo 36 del artículo VIII de la Convención;

c) Seguir ocupándose de la cuestión; y

d) Reconocer que la presente de
cisión se adopta debido al carácter
extraordinario de la situación planteada por las armas químicas sirias y que no sienta
precedente alguno para el futuro.