“El Consejo de Seguridad recuerda sus resoluciones 2042 (2012) , 2043 (2012) y 2118 (2013) , así como las declaraciones de su Presidencia de 3 de agosto de 2011, 21 de marzo de 2012 y 5 de abril de 2012.
El Consejo de Seguridad reitera su firme compromiso con la soberanía, la independencia, la unidad y la integridad territorial de Siria y de todos los demás Estados afectados por el conflicto sirio, y con los propósitos y principios de la Carta de las Naciones Unidas.
El Consejo de Seguridad exhorta a todas las partes a que respeten los principios rectores de las Naciones Unidas relativos a la asistencia humanitaria de emergencia y destaca la importancia de que esa asistencia se suministre sobre la base de la necesidad, sin que se vea afectada por prejuicios u objetivos políticos.
El Consejo de Seguridad está consternado por el inaceptable nivel de violencia, que aumenta con celeridad, y por el hecho de que hayan muerto en Siria más de 100.000 personas, según informaron el Secretario General y la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos. Asimismo está gravemente alarmado por el considerable y rápido deterioro de la situación humanitaria que se registra en Siria. Observa con grave preocupación que varios millones de sirios, en particular desplazados internos, de los que poco menos de la mitad son niños, necesitan asis tencia humanitaria inmediata y que, si no se intensifica con urgencia la acción humanitaria, sus vidas correrán peligro.
El Consejo de Seguridad condena las vulneraciones generalizadas de los derechos humanos y del derecho intern acional humanitario cometidas por las autoridades sirias, así como todo abuso de los derechos humanos e incumplimiento del derecho internacional humanitario cometido por grupos armados.
El Consejo de Seguridad condena también todos los actos de violencia cometidos en Siria, independientemente de su procedencia, incluidos todos los actos de violencia y abusos sexuales y por razón de género, y recuerda que el derecho internacional prohíbe la violación y las demás formas de violencia sexual.
El Consejo de Seguridad condena ad emás todas las infracciones y abusos graves cometidos contra niños cont raviniendo el derecho internacional aplicable, como su reclutamiento y u tilización, su muerte y mutilación, la violación y todas las demás formas de violencia sexual, los ataques contra escuelas y hospitales, y los arrestos arbitrarios, las detenciones, la tortura, los malos tratos y la utilizaci ón como escudos humanos.
El Consejo de Seguridad condena asimismo el aumento de los atentados terroristas, que causan numerosas víctimas y destrucción, cometidos por organizaciones y personas asociadas con Al-Qaida, y exhorta a todas las partes a que se comprometan a poner fin a los actos terroristas cometidos por esas organizaciones y personas. El Consejo reafirma, a este respecto, que el terrorismo en todas sus formas y manifestaciones constituye una de las amenazas más serias para la paz y la seguridad internacionales, y que todos los actos de terrorismo son criminales e injustificables, cualquiera que sea su motivación y dondequiera y por quienquiera que sean cometidos.
El Consejo de Seguridad recuerda que todas las obligaciones impuestas por el derecho internacional humanitario deben respetarse en todas circunstancias. Recuerda, en particular, la obligación de hacer distinción entre la población civil y los combatientes, y la prohibición de atacar de forma indiscriminada y de atacar a civiles y bienes de carácter civil, así como la prohibición de utilizar armas químicas y emplear armas, proyectiles, materias y métodos de hacer la guerra de tal índole que causen males superfluos o sufrimientos innecesarios. El Consejo insta a todas las partes a que pongan fin de inmediato a todas las infracciones de l derecho internacional humanitario y las vulneraciones y los abusos de los derechos humanos, y exhorta a todas las partes a que respeten plenamente las obligaciones que les incumben en virtud del derecho internacional humanitario y adopten todas las medidas apropiadas para proteger a los civiles, incluso absteniéndose de cometer ataques contra bienes de carácter civil, como centros médicos, escuelas e instalaciones de abastecimiento de agua, y exhorta también a todas las partes a que eviten establecer posiciones militares en zonas pobladas. El Consejo recuerda, a este respecto, que reca e en las autoridades sirias la responsabilidad primordial de proteger a su población.
El Consejo de Seguridad recuerda también que, con arreglo al derecho internacional humanitario, los heridos y enfermos deben recibir, en toda la medida de lo posible y en el plazo más breve, los cuidados médicos que exija su estado, y que el personal, las instalaciones y el transporte sanitario y humanitario deben ser respetados y protegidos. Con tal fin, el Consejo insta a que se proporcione al personal y los suministros sanitarios, incluidos los artículos quirúrgicos y los medicamento s, libre paso a todas las zonas.
El Consejo de Seguridad destaca que la magnitud de la tragedia humanitaria causada por el conflicto de Siria exige una acción inmediata para facilitar el suministro seguro y sin trabas de la asistencia humanitaria en todo el país, incluso en las zonas y los distritos donde es especialmente urgente atender a las necesidades humanitarias. Condena todos los casos de denegación del acceso humanitario y recuerda que privar arbitrariamente a los civiles de los objetos indispensables para su supervivencia, incluido el hecho de obstaculizar intencionalmente los sumini stros de socorro y el acceso a este, puede constituir una violación del derecho internacional humanitario.
El Consejo de Seguridad insta a todas las partes, en particular a las autoridades sirias, a que adopten todas la s medidas apropiadas para facilitar la labor de las Naciones Unidas, sus organismos especializados y todos los agentes humanitarios que participan en actividades de socorro humanitario, proporcionen asistencia humanitaria inmediata a la población afectada de Siria, incluso facilitando con prontitud el acceso humanitario seguro y sin trabas a las poblaciones necesitadas de asistencia en todas las zonas bajo su control y a través de las líneas del conflicto. Tamb ién alienta a que las Naciones Unidas, sus organismos especializados y todas las partes interesadas, incluidas las organizaciones de la sociedad civil siri a, sigan cooperando para facilitar el acceso y el suministro de asistencia en la totalidad del territorio sirio.
El Consejo de Seguridad insta también a las autoridades sirias a que adopten medidas de inmediato para facilitar la expansión de las operaciones de socorro humanitario y eliminen los impedimentos burocráticos y otros obstáculos, por medios que incluyen :
a) Acelerar la aprobación de má s organizaciones no gubernamentales nacionales e internacionales para que participen en las actividades de socorro humanitario ;
b) Simplificar y acelerar los procedimientos conducentes a la entrada en funcionamiento de nuevos centros humanitarios, la entrada y circulación de personal y convoyes humanitarios otorgando los visados y permisos exigidos de manera previsible, la importación de bienes y equipo, como instrumentos de comunicación, vehículos blindados de protección y equipo médico y quirúrgico, necesarios para las operaciones humanitarias ;
c) Facilitar prontament e el acceso humanitario seguro y sin trabas a las personas necesitadas por los medios más efectivos, incluso a través de las líneas del conflicto y, cuando corresponda, a través de las fronteras con países vecinos, de conformidad con los principi os rectores de las Naciones Unidas relativos a la asistencia hu manitaria de emergencia ; y
d) Acelerar la aprobación de la ejecución de proyectos humanitarios, incluidos los que figuran en el Plan de Asistencia Humanitaria para Siria.
El Consejo de Seguridad insta también a todas las partes a que :
a) Adopten todas las medidas apropiadas para garantizar la seguridad del personal de las Naciones Unidas y su s organismos especializados y de todo el resto del personal que participa en actividades de socorro humanitario, sin perjuicio de su libertad de circul ación y acceso, y destaca que la responsabilidad primordial a este respecto recae en las autoridades sirias ;
b) Desmilitaricen inmediatamente las instalaciones médicas, las escuelas y las instalaciones de abastecimi ento de agua, se abstengan de atacar bienes de carácter civil y acuerden las modalidades para establecer pausas humanitarias, así como rutas para posibilitar con prontitud —previa notificación por parte de los organismos de socorro— el paso seguro y sin trabas de los convoyes humanitarios por esas rutas con el fin de acceder a las personas necesitadas ; y
c) Designen interlocutores hab ilitados, que tengan la autoridad necesaria para tratar de cuestiones operacionales y relativas a políticas con los agentes humanitarios.
El Consejo de Seguridad expresa su profunda preocupación por las consecuencias de la crisis de refugiados causada por el conflicto de Siria, que tiene efectos desestabilizadores en toda la región. Expresa su agradecimiento por los importantes esfuerzos realizados por los países vecinos y los países de la región, en particular Jordania, el Líbano, Turquía, el Iraq y Egipto, para acoger a los más de dos millones de refugiados que han huido de Siria.
El Consejo de Seguridad reafirma la importancia del principio de no devolución y del derecho de los refugiad os a regresar voluntariamente a Siria, y alienta a los países vecinos de Siria a que protejan a todas las personas que huyen de la violencia existente en ese país, incluidos los palestinos. Insta a todos los Estados Miembros a que, sobre la base de los principios de distribución de la carga, apoyen a esos países en la prestación de asistencia a los refugiados y a las comunidades afectadas. El Consejo subraya la necesidad de que todas las partes respeten y manten gan la seguridad y el carácter civil de los campamentos de refugiados y desplazados internos.
El Consejo de Seguridad insta también a todos los Estados Miembros a que respondan con celeridad a los llamamientos humanitarios de las Naciones Unidas para atender las necesidades, en rápido aumento, de las personas que se encuentran en Siria, en particular los desplazados internos y los refugiados sirios en los países vecinos, y a que aseguren que todas las promesas se cumplan íntegramente. Insta además a todos los Estados Miembros a que, en coordinación con las instituciones financieras internacionales y los organismos de las Naciones Unidas, aumenten su apoyo con el fin de paliar las crecientes repercusiones políticas, socioeconómicas y financieras de la crisis de refugiados para los países de acogida.
El Consejo de Seguridad destaca la necesidad de que se ponga fin a la impunidad por las infracciones del der echo internacional humanitario y las vulneraciones y los abusos de los derechos humanos, y reafirma que debe hacerse comparecer ante la justicia a quienes hayan cometido infracciones y abusos de esa índole en Siria o sean responsables de ellos por otras razones.
El Consejo de Seguridad pone de relieve que la situación humanitaria seguirá deteriorándose mientras no exista una solución política de la crisis, reitera que hace suyo el comunicado de Gi nebra de 30 de junio de 2012 (anexo II de la resolución 2118 (2013) ) y exige que todas las partes trabajen para aplicar de manera inmediata y comple ta el comunicado de Ginebra, cuyo objetivo es lograr el fin inmediato de toda la violencia y las infracciones y abusos del derecho internacional, y facilitar un proceso político dirigido por los sirios conducente a una transición qu e satisfaga las aspiraciones legítimas del pueblo sirio y le permita determinar su propio futuro de manera independiente y democrática. Reitera la necesidad de que se convoque lo antes posible una conferencia internacional pa ra aplicar el comunicado de Ginebra con miras a facilitar un proceso político dirigido por los sirios conducente a una transición que acelere el fin del conflicto de Siria.
El Consejo de Seguridad solicita al Secretario General que lo informe con regularidad sobre la situación humanitaria imperante en Siria y sus repercusiones en los países vecinos, en particular sobre el progreso en la aplicación de las medidas concretas descritas en la presente declaración de la Presidencia.”
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