Red Voltaire inicia una serie de artículos y notas sobre la elección presidencial francesa prevista para el 24 de abril de 2022. Nuestro objetivo no es hacer propaganda para algún candidato sino velar por el desarrollo democrático de la campaña electoral y publicar informaciones y análisis sobre los temas más importantes.
Sin haberse iniciado todavía oficialmente la campaña electoral con vista a la próxima elección presidencial francesa, el Consejo Superior Audiovisual acaba de falsearla al exigir que comience a contabilizarse el tiempo de intervención en los medios de un editorialista que podría quizás presentarse como candidato a la presidencia de la República. Para conservar su derecho a expresarse en otros medios, este editorialista se ha visto así obligado a renunciar a su empleo en la cadena de televisión para la cual trabajaba porque esta no podía seguir empleándolo sin arriesgarse a verse sometida a la censura del Consejo Superior Audiovisual.
Estamos ante un ataque intolerable contra la democracia y una violación de la ley, concretamente del artículo 3 de la ley modificada 62-1292 del 6 de noviembre de 1962.
En Francia, la libertad se considera una regla (artículo 11 de la Declaración de Derechos del Hombre y del Ciudadano, documento que figura como preámbulo en la Constitución de la República Francesa). Pero no justifica que se cometan delitos, en este caso invasión de la privacidad, injuria y difamación así como llamado al odio.
El Consejo Superior Audiovisual (CSA) es una instancia de regulación de la actividad de los medios audiovisuales que no se creó para hacer el papel de policía en esa actividad –lo cual es una prerrogativa reservada a la justicia– sino para garantizar que todas las opiniones pudieran expresarse a través de la radio y la televisión ya que es limitada la cantidad de frecuencias disponibles para las transmisiones. El CSA tiene también la responsabilidad de garantizar el mismo tiempo de intervención en esos medios a todos los candidatos contabilizando su «tiempo de palabra» a partir del momento en que el Consejo Constitucional publica la lista oficial con los nombres de dichos candidatos [1]
Bajo el mandato de su actual presidente, Dominique Baudis, el Consejo Superior Audiovisual se ha convertido en una autoridad de censura. En 2002, el CSA prohibió a los medios audiovisuales dar la palabra a Thierry Meyssan. En 2005, prohibió a las empresas que garantizan las transmisiones por cable retransmitir los programas de la televisora libanesa Al-Manar y ordenó impedir sus transmisiones interfiriéndolas. En esos casos, el CSA no se basó en decisiones de la justicia sino única y exclusivamente en su propia opinión.
Posteriormente, el CSA intervino ante las estaciones de radio y los canales de televisión para que se abstuviesen de invitar a diversas personalidades. En estos casos sí se justificó invocando condenas judiciales.
El Consejo de Estado es el único órgano habilitado para invalidar las decisiones del Consejo Superior Audiovisual. Pero para llegar a esa invalidación el candidato potencial tendría que presentar el caso al Consejo de Estado. Sin embargo, teniendo en cuenta los estrechos vínculos existentes entre los miembros de ambas instancias es poco probable que el Consejo de Estado obligue el Consejo Superior Audiovisual a respetar la ley que este último está violando.
A la luz del Código Electoral, es posible impedir esta manipulación presentando una querella penal contra los miembros del Consejo Superior Audiovisual que, abusando de su poder, han tomado esta decisión contraria a la democracia.
El actual presidente de la República, en su calidad de guardián de la institucionalidad, y todos los candidatos a convertirse en sucesor del actual presidente están en la obligación de llevar este caso ante el Procurador de la República.
[1] El Artículo I bis de la ley modificada 62-1292 del 6 de noviembre de 1962 estipula:
«Contando a partir de la publicación de la lista de candidatos y hasta el día anterior al inicio de la campaña, los editores de los servicios de comunicación audiovisual respetan, bajo el control del Consejo Superior Audiovisual, el principio de equidad en cuanto a la reproducción y los comentarios de lo que declaren y escriban los candidatos así como en lo tocante a sus presentaciones personales.»
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